Acta de Asamblea Comunal con Fe del Juez de Paz
Acta de asamblea de comunidad campesina, comunidad nativa, ronda campesina u otra organización social en la que el juez de paz da fe de los acuerdos, con la norma que corresponde a cada tipo de organización.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL CON FE DEL JUEZ DE PAZ ORGANIZACIÓN: [NOMBRE_DE_LA_ORGANIZACION] TIPO DE ORGANIZACIÓN: [TIPO_DE_ORGANIZACION] JUZGADO DE PAZ DEL CENTRO POBLADO DE [NOMBRE_CENTRO_POBLADO] Libro Notarial, folio N° [NUMERO_FOLIO] Acta N° [NUMERO_ACTA]-[AÑO] INSTRUCCIÓN: MARCA EL TIPO DE ORGANIZACIÓN Y USA SOLO SU NORMA Cada organización se rige por una norma distinta. Marca con una X la que corresponde, borra las demás antes de imprimir y traslada la norma marcada al rubro VII. ( ) COMUNIDAD CAMPESINA. Se rige por la Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-91-TR. ( ) COMUNIDAD NATIVA. Se rige por el Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva, y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-79-AA. La Ley N° 24656 queda descartada, porque es de comunidades campesinas. ( ) RONDA CAMPESINA. Se rige por la Ley N° 27908, Ley de Rondas Campesinas, y por su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2003-JUS. ( ) JUNTA DE USUARIOS DE AGUA U OTRA ORGANIZACIÓN DE USUARIOS DE AGUA. Se rige por la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI. ( ) COMITÉ DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE. Se rige por la Ley N° 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche. ( ) ASOCIACIÓN CIVIL, ASOCIACIÓN DE VIVIENDA U OTRA ORGANIZACIÓN SOCIAL SIN NORMA ESPECIAL. Se rige por su estatuto y por las normas del Código Civil sobre asociaciones. En el centro poblado de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], siendo las [HORA_INICIO] horas del día [DIA] de [MES] de [AÑO], en el local de [LUGAR_DE_LA_ASAMBLEA], se reunieron los integrantes de [NOMBRE_DE_LA_ORGANIZACION] en asamblea general [ORDINARIA_O_EXTRAORDINARIA], con la presencia del suscrito [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ], juez de paz de este centro poblado, quien concurre a dar fe del acto conforme al artículo 17, numeral 1, de la Ley N° 29824. I. CONVOCATORIA (rubro obligatorio) 1.1. Órgano o persona que convocó: [ORGANO_O_PERSONA_QUE_CONVOCO], conforme al artículo [ARTICULO_DEL_ESTATUTO_SOBRE_CONVOCATORIA] del estatuto de la organización. 1.2. Forma de convocatoria empleada: [MEDIO_DE_CONVOCATORIA: citación escrita con cargo de recepción, aviso fijado en la puerta del local comunal, anuncio por altoparlante, aviso por radio [NOMBRE_DE_LA_RADIO], publicación en [NOMBRE_DEL_MEDIO]]. 1.3. Fecha de la convocatoria: [FECHA_DE_CONVOCATORIA]. Días de anticipación respecto de la asamblea: [DIAS_DE_ANTICIPACION]. El estatuto exige [DIAS_DE_ANTICIPACION_EXIGIDOS_POR_EL_ESTATUTO] días. 1.4. Agenda comunicada en la convocatoria: [AGENDA_DE_LA_CONVOCATORIA]. 1.5. Documento que acredita la convocatoria y que se adjunta a la presente acta: [DOCUMENTO_DE_CONVOCATORIA]. II. QUÓRUM Y PADRÓN DE ASISTENTES (rubro obligatorio) 2.1. Padrón vigente de la organización: [NUMERO_TOTAL_DE_EMPADRONADOS] integrantes empadronados, según padrón aprobado el [FECHA_DE_APROBACION_DEL_PADRON]. 2.2. Quórum exigido por el estatuto para esta asamblea: [QUORUM_EXIGIDO_POR_EL_ESTATUTO], previsto en el artículo [ARTICULO_DEL_ESTATUTO_SOBRE_QUORUM] del estatuto. 2.3. Asistentes verificados en lista: [NUMERO_DE_ASISTENTES] integrantes, equivalentes al [PORCENTAJE_DE_ASISTENCIA] por ciento del padrón. 2.4. La lista de asistencia, con nombres, números de DNI y firma o huella digital de cada asistente, se anexa a la presente acta y forma parte integrante de ella. 2.5. Verificado lo anterior, la mesa directiva declaró [INSTALADA_O_NO_INSTALADA] la asamblea. III. MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA Presidió la asamblea [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], identificado con DNI N° [DNI_DEL_PRESIDENTE], en su calidad de [CARGO_DEL_PRESIDENTE]. Actuó como secretario [NOMBRE_DEL_SECRETARIO], identificado con DNI N° [DNI_DEL_SECRETARIO]. IV. AGENDA TRATADA 1. [PUNTO_DE_AGENDA_1] 2. [PUNTO_DE_AGENDA_2] 3. [PUNTO_DE_AGENDA_3] 4. [PUNTO_DE_AGENDA_4] V. DESARROLLO Y ACUERDOS 5.1. Sobre el primer punto, el presidente informó que [INFORME_PUNTO_1]. Luego del debate, en el que intervinieron [NOMBRES_DE_LOS_QUE_INTERVINIERON], se sometió a votación y se adoptó el siguiente ACUERDO: [TEXTO_DEL_ACUERDO_1], con [VOTOS_A_FAVOR_1] votos a favor, [VOTOS_EN_CONTRA_1] en contra y [ABSTENCIONES_1] abstenciones. 5.2. Sobre el segundo punto, se expuso [INFORME_PUNTO_2] y se adoptó el siguiente ACUERDO: [TEXTO_DEL_ACUERDO_2], con [VOTOS_A_FAVOR_2] votos a favor, [VOTOS_EN_CONTRA_2] en contra y [ABSTENCIONES_2] abstenciones. 5.3. Sobre el tercer punto, se adoptó el siguiente ACUERDO: [TEXTO_DEL_ACUERDO_3], por [MODALIDAD_DE_VOTACION: unanimidad o mayoría]. 5.4. Sobre el cuarto punto, se adoptó el siguiente ACUERDO: [TEXTO_DEL_ACUERDO_4]. VI. FE DEL JUEZ DE PAZ Y SUS LÍMITES 6.1. El suscrito, [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ], juez de paz del centro poblado de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO], DA FE de que la asamblea se desarrolló en el lugar, día y hora indicados, de que estuvieron presentes las personas consignadas en la lista de asistencia y de que los acuerdos transcritos corresponden a lo efectivamente decidido por los asistentes en su presencia. 6.2. LÍMITES DE ESTA FE. La fe que otorga el juez de paz conforme al artículo 17, numeral 1, de la Ley N° 29824 certifica lo ocurrido en la asamblea. No convalida una convocatoria ni un quórum contrarios al estatuto o a la norma que rige a la organización, no subsana defectos de forma o de fondo de los acuerdos adoptados y no garantiza por sí sola la inscripción registral de la junta directiva ni de ningún acuerdo ante la SUNARP. La verificación del cumplimiento de los requisitos estatutarios de convocatoria y quórum es responsabilidad de la mesa directiva de la organización. La inscripción registral se rige por la normativa registral y por los requisitos que esta exija. VII. NORMA APLICABLE A ESTA ORGANIZACIÓN La organización marcada en el encabezado se rige por [NORMA_MARCADA_EN_EL_ENCABEZADO] y por su estatuto vigente, aprobado o inscrito el [FECHA_DEL_ESTATUTO]. VIII. CIERRE Siendo las [HORA_FIN] horas se levantó la sesión. Leída el acta ante los asistentes, la aprobaron y firmaron los miembros de la mesa directiva y los delegados designados. El acto queda registrado en el Libro Notarial de este juzgado, a que se refiere el artículo 42 de la Ley N° 29824, bajo el folio indicado en el encabezado. ________________________ ________________________ [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE] [NOMBRE_DEL_SECRETARIO] DNI N° [DNI_DEL_PRESIDENTE] DNI N° [DNI_DEL_SECRETARIO] ________________________ ________________________ [NOMBRE_DELEGADO_1] [NOMBRE_DELEGADO_2] DNI N° [DNI_DELEGADO_1] DNI N° [DNI_DELEGADO_2] ________________________ [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ] Juez de Paz de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO] Sello del Juzgado BASE LEGAL - Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz: artículos 17 numeral 1 y 42. - Reglamento de la Ley N° 29824, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS. - Reglamento para el Otorgamiento de Certificaciones y Constancias Notariales por Jueces de Paz, aprobado por Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ. - Comunidades campesinas: Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-91-TR. - Comunidades nativas: Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-79-AA. - Rondas campesinas: Ley N° 27908, Ley de Rondas Campesinas, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2003-JUS. - Organizaciones de usuarios de agua: Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI. - Programa del Vaso de Leche: Ley N° 27470. - Asociaciones civiles sin norma especial: Código Civil, normas sobre asociaciones. - Constitución Política del Perú: artículos 89 y 149.
Para qué sirve
La asamblea eligió junta directiva, todos firmaron y meses después el acta no sirve, porque una comunidad nativa quedó registrada con la ley de comunidades campesinas. Ese error de norma es el que más actas comunales hace devolver, y se corrige antes de escribir, marcando el tipo de organización que corresponde.
El juez de paz da fe de la asamblea y de sus acuerdos en la jurisdicción donde no hay notario. Su intervención respalda el quórum, la identidad de los asistentes y lo que se aprobó, con el asiento en el libro notarial del juzgado. Cada organización se rige por su propia norma, y el acta debe citar solo la que le toca.
Cuándo conviene usarlo
- Una comunidad campesina, una comunidad nativa o una ronda campesina va a elegir directiva o aprobar un acuerdo importante.
- Una junta de usuarios de agua, un comité del vaso de leche o una asociación necesita respaldo formal del acuerdo.
- El acta se presentará ante una entidad pública y debe sostener quórum, votación y representación.
- En la localidad no hay notario y la asamblea se realiza en el centro poblado.
Cómo llenarlo
- Marca el tipo de organización y borra las demás opciones antes de imprimir. La comunidad nativa se rige por el Decreto Ley N° 22175 y la campesina por la Ley N° 24656, y mezclar ambas arruina el trámite.
- Adjunta el padrón y anota cuántos figuran y cuántos asistieron. El quórum es lo primero que revisa cualquier entidad al recibir un acta de asamblea.
- Transcribe cada acuerdo con su votación, con votos a favor, en contra y abstenciones. Un acta que dice se aprobó por unanimidad sin detalle se cuestiona con facilidad.
- Recoge firmas y huellas de los asistentes en la lista anexa, con nombre y documento. Sin esa lista, el acta queda sostenida solo por la mesa directiva.
- Pide al juez de paz que consigne la fe del acto y el folio del libro notarial, y guarda un ejemplar en el archivo de la organización.
Base legal
La fe del juez de paz sobre actos de su jurisdicción se apoya en el artículo 17 de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, con el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS y la Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ. Cada organización responde a su propia norma, con la Ley N° 24656 y el Decreto Supremo N° 008-91-TR para comunidades campesinas, el Decreto Ley N° 22175 y el Decreto Supremo N° 003-79-AA para comunidades nativas, la Ley N° 27908 y el Decreto Supremo N° 025-2003-JUS para rondas campesinas, la Ley N° 30157 y el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI para organizaciones de usuarios de agua, y la Ley N° 27470 para el comité del vaso de leche. Las asociaciones sin norma especial se rigen por su estatuto y por el Código Civil.
¿El acta con fe del juez de paz se inscribe en la SUNARP?
La inscripción depende de los requisitos que el registro exige para cada tipo de organización, y suele pedirse formalidad notarial. Consulta en la oficina registral antes de la asamblea, porque rehacerla completa cuesta mucho más que preguntar.
¿Qué pasa si asisten menos comuneros de los que exige el estatuto?
El acuerdo queda expuesto a ser declarado nulo por falta de quórum. Conviene dejar constancia de la primera convocatoria fallida y de la segunda, respetando lo que dispone la norma de la organización y su propio estatuto.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de asamblea comunal con fe del juez de paz
¿El modelo de acta de asamblea comunal con fe del juez de paz es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-asamblea-comunal-con-fe-del-juez-de-paz/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de asamblea comunal con fe del juez de paz sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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