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Justicia de Paz

Acta de Constatación de Hechos del Juez de Paz

Acta con la que el juez de paz deja constancia de hechos que verifica personalmente en el lugar, con testigos y descripción detallada.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE CONSTATACIÓN DE HECHOS

JUZGADO DE PAZ DEL CENTRO POBLADO DE [NOMBRE_CENTRO_POBLADO]
Acta N° [NUMERO_ACTA]-[AÑO]-JP-[NOMBRE_CENTRO_POBLADO]
Libro Único de Actuaciones Judiciales, folio N° [NUMERO_FOLIO]

En el centro poblado de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], siendo las [HORA_DE_LA_DILIGENCIA] horas del día [DIA] de [MES] de [AÑO], el suscrito [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ], juez de paz de este centro poblado, se constituyó en [DIRECCION_O_REFERENCIA_DEL_LUGAR] a solicitud de [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DIRECCION_SOLICITANTE], con la finalidad de constatar los hechos que a continuación se describen.

I. PERSONAS PRESENTES EN LA DILIGENCIA
1.1. Solicitante: [NOMBRE_SOLICITANTE], DNI N° [DNI_SOLICITANTE].
1.2. Persona a quien se refiere la constatación: [NOMBRE_DE_LA_OTRA_PERSONA], DNI N° [DNI_DE_LA_OTRA_PERSONA], quien [ESTUVO_O_NO_ESTUVO_PRESENTE].
1.3. Testigos: [NOMBRE_TESTIGO_1], DNI N° [DNI_TESTIGO_1]; [NOMBRE_TESTIGO_2], DNI N° [DNI_TESTIGO_2].
1.4. Autoridad de apoyo: [NOMBRE_AUTORIDAD_DE_APOYO], en su calidad de [CARGO: teniente gobernador, presidente de ronda campesina, agente municipal].

II. MOTIVO DE LA CONSTATACIÓN
El solicitante manifiesta que requiere dejar constancia de [MOTIVO_DE_LA_SOLICITUD: daños ocasionados a su vivienda o cultivo, abandono del hogar, estado de una obra o cerco, retiro de bienes del inmueble, corte de un servicio, incumplimiento de un acuerdo].

III. HECHOS CONSTATADOS
Encontrándome en el lugar y previa verificación directa, dejo constancia de lo siguiente:
3.1. Descripción del lugar: [DESCRIPCION_DEL_LUGAR: ubicación, linderos referenciales, tipo de construcción o cultivo, extensión aproximada].
3.2. Situación observada: [DESCRIPCION_DETALLADA_DE_LO_OBSERVADO].
3.3. Bienes o elementos advertidos: [DETALLE_DE_BIENES_Y_SU_ESTADO].
3.4. Manifestación de los presentes: el solicitante expresó que [MANIFESTACION_DEL_SOLICITANTE]; la otra persona expresó que [MANIFESTACION_DE_LA_OTRA_PERSONA]; los testigos declararon que [DECLARACION_DE_LOS_TESTIGOS].
3.5. Registro gráfico: se tomaron [NUMERO_DE_FOTOGRAFIAS] fotografías que se anexan a la presente acta y forman parte de ella.

IV. ALCANCE DE LA CONSTATACIÓN
El presente documento da fe únicamente de lo que el suscrito verificó de manera directa en el lugar, en la fecha y hora indicadas. La calificación jurídica de los hechos, la determinación de responsabilidades y la definición de derechos de propiedad corresponden a la autoridad competente en cada materia.

V. CIERRE
Siendo las [HORA_FIN] horas se dio por concluida la diligencia. Leída el acta ante los presentes, la firman en señal de conformidad. Se entrega copia al solicitante y se registra la actuación en el Libro Único de Actuaciones Judiciales. Se deja constancia de que [NOMBRE_DE_QUIEN_SE_NEGO_A_FIRMAR] se negó a suscribir el acta, hecho que se consigna con la firma de los testigos.

________________________          ________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]              [NOMBRE_DE_LA_OTRA_PERSONA]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]          DNI N° [DNI_DE_LA_OTRA_PERSONA]
Huella digital                    Huella digital

________________________          ________________________
[NOMBRE_TESTIGO_1]                [NOMBRE_TESTIGO_2]
DNI N° [DNI_TESTIGO_1]            DNI N° [DNI_TESTIGO_2]

________________________
[NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ]
Juez de Paz de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO]
Sello del Juzgado

BASE LEGAL
- Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz: artículos 6, 17 numeral 5, 18, 24 y 42.
- Reglamento de la Ley N° 29824, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS: artículos 24, 57, 58 y 59.
- Reglamento para el Otorgamiento de Certificaciones y Constancias Notariales por Jueces de Paz, aprobado por Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ.
- Constitución Política del Perú: artículo 152.
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Para qué sirve

El cerco amaneció tumbado y en dos días el vecino lo va a levantar de nuevo como si nada hubiera pasado. Cuando el problema llegue a discutirse, la única versión será la suya. La constatación del juez de paz congela lo que se ve hoy, con fecha, testigos y descripción escrita.

El acta registra lo que el juez verifica en persona en el lugar. No califica culpas ni declara derechos, y ese límite es justamente lo que le da fuerza como prueba después, ante el propio juzgado, ante otra autoridad o en un proceso posterior. Sirve para daños, para el estado de una obra, para el retiro de bienes de una casa o para el incumplimiento de un acuerdo.

Cuándo conviene usarlo

  • Un daño reciente puede desaparecer o repararse antes de que alguien lo revise.
  • Necesitas dejar constancia del estado de una vivienda, un cultivo, un cerco o una obra en una fecha cierta.
  • Alguien retiró bienes del inmueble y conviene registrar qué quedó y qué falta.
  • Un acuerdo se incumplió y quieres documentarlo antes de pedir la ejecución.

Cómo llenarlo

  1. Pide la constatación apenas ocurre el hecho. Cada día que pasa el estado del lugar cambia, y una diligencia tardía se defiende mal frente a la otra parte.
  2. Acompaña al juez con dos testigos del sector y, de ser posible, con la autoridad del lugar, con el teniente gobernador, el agente municipal o el presidente de la ronda.
  3. Describe con medidas, cantidades y referencias, en lugar de adjetivos. Anotar tres metros de cerco caído y quince surcos pisados vale más que hablar de mucho daño.
  4. Deja que la otra persona diga su versión si está presente, y regístrala. Un acta que solo recoge una parte se cuestiona apenas llega a otra autoridad.
  5. Pide que el acta se asiente en el libro con su número y folio, y guarda tu copia firmada por el juez y los testigos.

Base legal

La facultad del juez de paz para verificar hechos y dejar constancia de ellos se ampara en la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial complementa esa regulación con la Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ. El valor probatorio del acta frente a hechos y bienes se aprecia con las reglas del Código Civil y con lo que resuelva la autoridad que conozca el caso, dentro de las garantías de la Constitución Política del Perú.

¿La constatación sirve para desalojar a alguien?

No otorga esa facultad. El acta describe lo que existe en el lugar, y la salida de una persona de un inmueble se decide en la vía judicial correspondiente. Usarla como si fuera una orden expone a quien lo intenta.

¿Puedo pedirla contra alguien que no vive en la jurisdicción?

La constatación recae sobre un lugar, así que lo determinante es que el predio o el bien esté dentro de la jurisdicción del juzgado. El acta se levanta igual aunque la otra persona no aparezca, dejando constancia de su ausencia.

¿Reemplaza a una pericia?

Cumple otra función. El juez de paz anota lo que observa, mientras que la valorización técnica de un daño mayor la hace un perito. Para los montos pequeños del pueblo, el acta con testigos suele bastar.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de constatación de hechos del juez de paz

¿El modelo de acta de constatación de hechos del juez de paz es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-constatacion-de-hechos-del-juez-de-paz/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de constatación de hechos del juez de paz sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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