Acta de Reactivación de Sociedad
Acta de junta general que acuerda dejar sin efecto la disolución y reactivar la sociedad mientras no se haya iniciado el reparto del haber social, conforme al Art. 437 de la Ley 26887.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACTA DE JUNTA GENERAL DE REACTIVACIÓN DE SOCIEDAD En [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del [DIA] de [MES] de [ANIO], se reunió la Junta General de Accionistas de [DENOMINACION_SOCIAL] en liquidación, con RUC [RUC_SOCIEDAD], inscrita en la Partida [PARTIDA_REGISTRAL] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL]. QUÓRUM Presentes accionistas que representan el [PORCENTAJE_QUORUM] por ciento del capital con derecho a voto, se cumple el quórum calificado del Artículo 126 de la Ley General de Sociedades 26887. EXPOSICIÓN El Presidente informa que con fecha [FECHA_DISOLUCION] se acordo la disolución de la sociedad por la causal de [CAUSAL_DISOLUCION], encontrándose actualmente en proceso de liquidación. Habiendo desaparecido la causal que motivo la disolución, corresponde evaluar la reactivación conforme al Artículo 437 de la Ley 26887. ACUERDOS PRIMERO. De conformidad con el Artículo 437 de la Ley 26887, se acuerda dejar sin efecto el acuerdo de disolución y reactivar la sociedad, dado que se ha superado la causal que la motivo y no se ha iniciado el reparto del haber social entre los accionistas. SEGUNDO. El liquidador [NOMBRE_LIQUIDADOR], con DNI [DNI_LIQUIDADOR], declara bajo responsabilidad que a la fecha no se ha iniciado el reparto del haber social, requisito exigido por el Artículo 437 de la Ley 26887 para la reactivación. TERCERO. Como consecuencia de la reactivación cesa el estado de liquidación, concluyen las funciones del liquidador y se restablecen los órganos de administración, designándose como Gerente General a [NOMBRE_GERENTE]. CUARTO. Se faculta a [NOMBRE_APODERADO], con DNI [DNI_APODERADO], a elevar a escritura pública e inscribir el acuerdo de reactivación en SUNARP. No habiendo más asuntos, se cierra la sesión a las [HORA_CIERRE] horas. _______________________________ [NOMBRE_PRESIDENTE] Presidente _______________________________ [NOMBRE_SECRETARIO] Secretario
El acta de reactivación de sociedad es el documento que recoge el acuerdo de la junta general para devolver a la vida activa a una sociedad que ya estaba disuelta, siempre que aún no se haya iniciado el reparto del haber social a los socios. Reactivar significa dejar sin efecto la disolución y retomar las actividades normales de la empresa, en lugar de continuar con la liquidación y extinción. Es una segunda oportunidad para la sociedad cuando la causa que motivó su disolución ha desaparecido.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo aprueba la junta general de socios o accionistas y lo suscriben el presidente y el gerente o liquidador. Conviene usarlo cuando la sociedad fue disuelta (por vencimiento de plazo, por acuerdo, por pérdidas u otra causal) pero la causa ya se superó y los socios quieren seguir operando. Solo es posible mientras no haya empezado el pago del haber social a los socios, es decir, mientras todavía haya patrimonio que distribuir o, mejor aún, antes de cualquier reparto.
Base legal peruana 2026
La reactivación está regulada en el artículo 413 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887), incorporado por la Ley 27610. Este artículo permite que la junta general acuerde la reactivación de la sociedad disuelta mientras no se haya iniciado el reparto del haber social entre los socios, exigiendo que se haya extinguido la causa de disolución. El acuerdo se adopta con los requisitos de la modificación de estatuto (quórum y mayoría calificados de los artículos 126 y 127), se publica y se inscribe en el Registro. El acreedor de la sociedad puede oponerse a la reactivación en resguardo de sus derechos, conforme al mismo artículo 413.
Qué datos y documentos necesitas
- Razón social, RUC y partida registral donde consta la disolución inscrita.
- Indicación de la causal de disolución y la prueba de que ya se superó.
- Estado del proceso de liquidación y confirmación de que no se ha iniciado el reparto del haber social.
- Balance que acredite la situación patrimonial de la sociedad.
- Datos del liquidador, del gerente que reasumirá funciones y de los socios asistentes.
- Texto del aviso de publicación del acuerdo.
Cómo presentarlo paso a paso
- Confirma que la causa de disolución se ha extinguido y que no se ha iniciado el reparto del haber social.
- Convoca a junta general con la agenda de reactivación de la sociedad.
- Aprueba el acuerdo con el quórum y la mayoría calificados de los artículos 126 y 127.
- Redacta el acta indicando la causal superada, el cese de la liquidación y el retorno a la vida activa.
- Pública el aviso del acuerdo conforme al artículo 413 para abrir el plazo de oposición de acreedores.
- Eleva el acuerdo a escritura pública e inscríbelo en el Registro de Sociedades de SUNARP.
Errores comunes a evitar
- Intentar reactivar cuando ya se inició el reparto del haber social, supuesto en que la reactivación ya no procede.
- No acreditar que la causa de disolución desapareció realmente.
- Omitir la publicación del acuerdo, impidiendo el derecho de oposición de los acreedores.
- No inscribir la reactivación, dejando vigente la disolución en la partida registral.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo puedo reactivar la sociedad?
Mientras no se haya iniciado el reparto del haber social entre los socios, según el artículo 413 de la Ley 26887. Una vez empezado ese reparto, la sociedad camina hacia su extinción y la reactivación deja de ser viable.
¿Qué diferencia hay entre prórroga y reactivación?
La prórroga (artículo 19) se acuerda antes de que venza el plazo, evitando la disolución. La reactivación (artículo 413) se acuerda cuando la sociedad ya está disuelta, para revivirla antes del reparto del haber social.
¿Los acreedores pueden oponerse?
Sí. El artículo 413 reconoce el derecho de los acreedores a oponerse a la reactivación en defensa de sus créditos, por lo que la publicación del acuerdo es un paso indispensable del trámite.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de reactivación de sociedad
¿El modelo de acta de reactivación de sociedad es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-reactivacion-de-sociedad/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acta de reactivación de sociedad sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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