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Empleo Público

Acta de Trato Directo en la Negociación Colectiva del Sector Estatal (Ley 31188)

Acta que registra los acuerdos alcanzados en la etapa de trato directo de la negociación colectiva del sector estatal, entre la entidad pública y la organización sindical, al amparo de la Ley N.° 31188 y su Reglamento (D.S. 008-2022-PCM). Word editable.

Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE TRATO DIRECTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR ESTATAL

PLIEGO DE RECLAMOS: PERIODO [PERIODO]
ENTIDAD PÚBLICA: [ENTIDAD]
ORGANIZACIÓN SINDICAL: [SINDICATO]
NIVEL DE NEGOCIACIÓN: [NIVEL_NEGOCIACION]

En la ciudad de [CIUDAD], siendo las [HORA] horas del día [FECHA], en el local institucional de [ENTIDAD], se reunieron las comisiones negociadoras de la entidad empleadora y de la organización sindical, en el marco de la etapa de trato directo prevista en la Ley N.° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 008-2022-PCM, con el objeto de negociar de buena fe el pliego de reclamos correspondiente al periodo [PERIODO].

I. PARTICIPANTES

Por la entidad empleadora [ENTIDAD]:
- [REPRESENTANTE_ENTIDAD_1], en calidad de [CARGO], identificado con DNI N.° [DNI].
- [REPRESENTANTE_ENTIDAD_2], en calidad de [CARGO], identificado con DNI N.° [DNI].

Por la organización sindical [SINDICATO], con registro N.° [REGISTRO_SINDICAL]:
- [DIRIGENTE_1], Secretario General, identificado con DNI N.° [DNI].
- [DIRIGENTE_2], Secretario de Defensa, identificado con DNI N.° [DNI].

II. ANTECEDENTES

2.1. Con fecha [FECHA_PRESENTACION] la organización sindical presentó ante la entidad el pliego de reclamos correspondiente al periodo [PERIODO], conforme al procedimiento de la Ley N.° 31188.
2.2. Las partes acordaron dar inicio a la etapa de trato directo a fin de negociar directamente las materias contenidas en el pliego, dentro del ámbito de negociación [NIVEL_NEGOCIACION], teniendo en cuenta el Informe Económico Financiero y las reglas de gestión fiscal de los recursos humanos del Decreto Legislativo N.° 1442.

III. DESARROLLO Y ACUERDOS

Luego del debate de los puntos del pliego, las partes ACUERDAN lo siguiente:
3.1. Sobre condiciones de trabajo: [ACUERDO_CONDICIONES].
3.2. Sobre compensaciones económicas y demás beneficios: [ACUERDO_ECONOMICO].
3.3. Puntos sobre los que no se llegó a acuerdo y que quedan pendientes para la etapa de solución del conflicto: [PUNTOS_PENDIENTES].

IV. VIGENCIA

Los acuerdos arribados tendrán una vigencia de [VIGENCIA] y forman parte del convenio colectivo, sin perjuicio de su posterior registro conforme a ley.

V. CIERRE

No habiendo otro punto que tratar, se da por concluida la presente reunión de trato directo, firmando las partes en señal de conformidad, a las [HORA_CIERRE] horas del día [FECHA].

_______________________________
[REPRESENTANTE_ENTIDAD_1]
Por la entidad [ENTIDAD]

_______________________________
[DIRIGENTE_1]
Secretario General - [SINDICATO]

Cuándo usar este modelo

Usa esta acta cuando la entidad pública y la organización sindical han negociado directamente el pliego de reclamos y necesitan dejar constancia escrita de lo acordado y de lo que queda pendiente. La etapa de trato directo es la primera fase de solución del pliego en la Ley N.° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.° 008-2022-PCM. El acta es el documento que da fe de los acuerdos y sirve de base para el convenio colectivo o para pasar a la conciliación, mediación o arbitraje.

Qué datos necesitas

  • Nombre de la entidad pública y de la organización sindical con su número de registro.
  • Periodo del pliego de reclamos y el nivel de negociación (centralizado o descentralizado).
  • Nombres, cargos y DNI de los integrantes de ambas comisiones negociadoras.
  • Fecha de presentación del pliego y fechas de las reuniones de trato directo.
  • Los acuerdos sobre condiciones de trabajo y sobre compensaciones económicas.
  • Los puntos no acordados y la vigencia pactada.

Paso a paso

  1. Consigna el lugar, la fecha y la hora de la reunión y la identificación del pliego.
  2. Registra a los representantes de la entidad y del sindicato con sus cargos y DNI.
  3. Resume los antecedentes: presentación del pliego e inicio del trato directo.
  4. Detalla cada acuerdo, distinguiendo condiciones de trabajo de compensaciones económicas.
  5. Ten en cuenta el Informe Económico Financiero y las reglas del Decreto Legislativo N.° 1442.
  6. Anota expresamente los puntos que quedan sin acuerdo para la siguiente etapa.
  7. Fija la vigencia y haz firmar el acta por ambas partes en señal de conformidad.

Errores comunes

  • No precisar qué puntos quedaron pendientes, lo que dificulta pasar a conciliación o arbitraje.
  • Acordar beneficios económicos sin la sustentación ni el respaldo presupuestal exigido.
  • Omitir el número de registro del sindicato o los cargos de los representantes.
  • No indicar el nivel de negociación ni la vigencia de los acuerdos.
  • Dejar el acta sin la firma de ambas comisiones negociadoras.

Preguntas frecuentes

¿El acta de trato directo es lo mismo que el convenio colectivo? Cuando el trato directo termina con acuerdo total, el acta recoge esos acuerdos y da lugar al convenio colectivo, que luego se registra. Si el acuerdo es parcial o no hay acuerdo, el acta deja constancia de lo pendiente.

¿Qué pasa si no hay acuerdo en el trato directo? Cualquiera de las partes puede solicitar el inicio de la conciliación o mediación y, de persistir el desacuerdo, el sometimiento a arbitraje, conforme a la Ley N.° 31188.

¿Se puede negociar cualquier tema? La negociación abarca condiciones de trabajo y compensaciones económicas, siempre dentro del marco de la gestión fiscal de los recursos humanos y del Informe Económico Financiero del sector público.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de trato directo en la negociación colectiva del sector estatal (ley 31188)

¿El modelo de acta de trato directo en la negociación colectiva del sector estatal (ley 31188) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-trato-directo-en-la-negociacion-colectiva-del-sector-estatal-ley-31188/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de trato directo en la negociación colectiva del sector estatal (ley 31188) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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