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Notarial

Acta Notarial de Entrega de Documentos

Acta notarial extraprotocolar que deja constancia de la entrega de documentos a una persona, conforme a los Arts. 94 y 98 del D.Leg. 1049.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE ACTA NOTARIAL DE ENTREGA DE DOCUMENTOS

SEÑOR NOTARIO:

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], a quien se denominará EL SOLICITANTE, solicito a usted que levante ACTA NOTARIAL DE ENTREGA DE DOCUMENTOS, conforme a los artículos 94 y 98 del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, en los términos siguientes:

PRIMERO: EL SOLICITANTE requiere que usted, señor Notario, deje constancia de la entrega de los siguientes documentos a favor de [NOMBRE_DESTINATARIO], identificado con DNI N° [DNI_DESTINATARIO], con domicilio en [DOMICILIO_DESTINATARIO]:

1. [DOCUMENTO_1]
2. [DOCUMENTO_2]
3. [DOCUMENTO_3]

SEGUNDO: La entrega tiene por finalidad [FINALIDAD_DE_LA_ENTREGA] y se efectúa en la dirección indicada el día de la diligencia.

TERCERO: Solicito que en el acta se deje constancia de la fecha, hora y lugar de la entrega, de la identidad de la persona que recibe los documentos, y de cualquier manifestación que esta formule en el acto.

CUARTO: En caso el destinatario se niegue a recibir los documentos o a firmar el cargo, solicito que usted deje constancia expresa de tal negativa, surtiendo el acta plenos efectos de notificación.

QUINTO: El acta notarial que se levante constituye instrumento público extraprotocolar y da fe de los hechos que el notario presencia, conforme al artículo 24 del Decreto Legislativo 1049.

Agradeciendo su atención, suscribo la presente.

[CIUDAD], [FECHA].


____________________________
EL SOLICITANTE
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
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El acta notarial de entrega de documentos es el instrumento por el cual el notario deja constancia de que una persona entregó a otra determinados documentos, en una fecha cierta y con un contenido descrito. Sirve como prueba imparcial de que la entrega ocurrió, qué se entregó y cuándo. Es muy útil cuando necesitas demostrar que cumpliste con remitir información, expedientes, llaves, originales o cualquier documento, y quieres evitar que luego la otra parte niegue haberlos recibido.

Cuándo usarla

La usas cuando entregas documentos importantes y quieres una prueba sólida: devolución de un expediente a un cliente, entrega de originales en una negociación, traspaso de documentación de una gestión a otra, o cumplimiento de una obligación contractual de entregar papeles. Al intervenir el notario, la entrega gana fecha cierta y un tercero fe pública que la respalda.

Base legal en el Perú

El acta se sustenta en el Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado, que faculta al notario a extender actas extraprotocolares y a dar fe de los hechos que presencia, entre ellos la entrega de bienes y documentos. La fe pública notarial otorga al acta valor probatorio frente a terceros, y la fecha cierta se sustenta en el artículo 245 del Código Procesal Civil.

Cómo gestionarla bien

  • Identifica con DNI a quien entrega y a quien recibe los documentos.
  • Describe cada documento entregado: tipo, número de folios, fechas y rasgos que lo identifiquen.
  • Indica el motivo de la entrega y, de existir, la obligación que se cumple.
  • Deja que el notario verifique y enumere físicamente lo entregado.
  • Conserva tu copia del acta como prueba de la entrega realizada.

Errores frecuentes

  • Describir los documentos de forma vaga, lo que resta valor a la prueba.
  • No precisar el número de folios o copias, generando luego discusión sobre lo entregado.
  • Confundirla con una carta notarial: el acta constata la entrega, la carta comunica una voluntad.
  • Entregar sin acta y luego no poder probar que cumpliste.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia de una carta notarial?

La carta notarial comunica una declaración o requerimiento. El acta de entrega constata un hecho: que entregaste documentos concretos en cierta fecha.

¿Sirve si el otro se niega a recibir?

El notario puede dejar constancia de la negativa a recibir, lo que también te protege porque acredita que ofreciste la entrega.

¿Qué valor tiene frente a un juez?

Al gozar de fe pública y fecha cierta, es una prueba de gran fuerza para acreditar que la entrega ocurrió tal como consta en el acta.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta notarial de entrega de documentos

¿El modelo de acta notarial de entrega de documentos es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-notarial-de-entrega-de-documentos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta notarial de entrega de documentos sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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Solicitud al notario para que constate y deje constancia de hechos, situaciones o circunstancias mediante acta extraprotocolar (Art. 94 del D.Leg. 1049, Ley del Notariado).

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