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Notarial

Acta Notarial de Sorteo o Rifa Pública

Acta mediante la cual el notario da fe del desarrollo y resultado de un sorteo, rifa o promoción, dejando constancia de los ganadores. Se ampara en el Decreto Legislativo 1049 y en la Ley 29571.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA NOTARIAL DE SORTEO

En [LUGAR], siendo las [HORA] del día [FECHA], a solicitud de [NOMBRE_ORGANIZADOR], con Registro Único de Contribuyentes N° [RUC_ORGANIZADOR], representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE] identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], el Notario Público de [DISTRITO_NOTARIAL] se constituyó en [DIRECCION_SORTEO] para dar fe del sorteo que se detalla.

I. OBJETO
El solicitante organiza el sorteo denominado "[NOMBRE_SORTEO]", correspondiente a la promoción [DESCRIPCION_PROMOCION], cuyas bases han sido puestas a disposición del público. Los premios en juego son: [DETALLE_PREMIOS].

II. DESARROLLO DEL SORTEO
El Notario deja constancia de que el sorteo se realizó mediante [MECANISMO_SORTEO], en presencia de [PERSONAS_PRESENTES], verificándose que participaron [NUMERO_PARTICIPANTES] participantes o cupones habilitados.

III. RESULTADO
Efectuado el sorteo, resultaron ganadores: [RELACION_GANADORES]. El Notario deja constancia objetiva del procedimiento y del resultado observado.

IV. DEJO CONSTANCIA
El Notario da fe únicamente del desarrollo y resultado apreciados directamente, sin pronunciarse sobre el cumplimiento de las bases ni la entrega posterior de los premios.

FUNDAMENTOS
La presente acta se extiende conforme al Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado, sobre actas de constatación, y sirve como respaldo en el marco de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, respecto de promociones y sorteos.

Se extiende la presente acta a solicitud de parte, en [LUGAR], a los [FECHA].


_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
DNI N° [DNI_REPRESENTANTE]
Por: [NOMBRE_ORGANIZADOR]

_______________________________
NOTARIO PÚBLICO
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¿Qué es y para qué sirve?

Es un acta en la que el notario presencia un sorteo, rifa o promoción y da fe de cómo se desarrolló y quiénes resultaron ganadores. Sirve para dar transparencia al evento, respaldar el cumplimiento de las bases ante los participantes y prevenir reclamos de los consumidores.

¿Quién lo presenta y cuándo?

La solicita el organizador del sorteo o promoción: una empresa, institución o comerciante. Se realiza el día y hora del sorteo, para que la constancia refleje el procedimiento efectivamente ejecutado.

Base legal

Se ampara en el Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado, sobre actas de constatación, y sirve de respaldo en el marco de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, respecto de promociones y sorteos ofrecidos al público.

¿Qué datos necesitas?

  • Razón social y RUC del organizador
  • Representante y su DNI
  • Nombre y descripción del sorteo o promoción
  • Detalle de los premios
  • Mecanismo y participantes del sorteo
  • Fecha, hora y lugar del evento

¿Cómo presentarlo paso a paso?

  1. Define las bases del sorteo y los premios.
  2. Completa la plantilla con los datos del organizador y del evento.
  3. Coordina la presencia del notario en la fecha del sorteo.
  4. Reúne a los participantes o cupones habilitados.
  5. Permite que el notario presencie el mecanismo del sorteo.
  6. Recibe el acta con la relación de ganadores.
  7. Pública los resultados conforme a las bases.

Errores comunes

  • Realizar el sorteo antes de que llegue el notario.
  • No tener bases claras y a disposición del público.
  • Omitir el detalle de los premios en el acta.
  • Pedir al notario que valide el cumplimiento de las bases.

¿El notario garantiza la entrega del premio?

No; solo da fe del desarrollo y resultado del sorteo, no de la entrega posterior.

¿Es obligatorio contar con notario?

Depende del tipo de sorteo; contar con acta aporta transparencia y respaldo frente a reclamos.

¿Debe haber bases del sorteo?

Sí; las bases deben estar a disposición del público y regir el desarrollo del evento.

¿Sirve para sorteos por redes sociales?

Sí; el notario puede constatar el mecanismo utilizado, incluido el desarrollado en plataformas digitales.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta notarial de sorteo o rifa pública

¿El modelo de acta notarial de sorteo o rifa pública es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-notarial-de-sorteo-o-rifa-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta notarial de sorteo o rifa pública sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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