Acuerdo de Mutuo Disenso de Contrato (Resolución por Mutuo Acuerdo)
Acuerdo por el cual las partes dejan sin efecto un contrato por mutuo disenso, regulando la restitución de prestaciones, conforme a los artículos 1313 y 1371 del Código Civil.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ACUERDO DE MUTUO DISENSO DE CONTRATO (RESOLUCIÓN POR MUTUO ACUERDO) Conste por el presente documento el acuerdo de mutuo disenso que celebran: LA PRIMERA PARTE: [NOMBRE_PARTE_1], identificada con [DOC_PARTE_1] [NUMERO_DOC_PARTE_1], con domicilio en [DOMICILIO_PARTE_1]. LA SEGUNDA PARTE: [NOMBRE_PARTE_2], identificada con [DOC_PARTE_2] [NUMERO_DOC_PARTE_2], con domicilio en [DOMICILIO_PARTE_2]. En los términos siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES Las partes celebraron el contrato de [TIPO_CONTRATO] de fecha [FECHA_CONTRATO_ORIGINAL] (en adelante, el Contrato), cuyo objeto fue [OBJETO_CONTRATO]. SEGUNDA: MUTUO DISENSO Conforme al artículo 1313 del Código Civil, por el mutuo disenso las partes que han celebrado un contrato acuerdan dejarlo sin efecto. En ejercicio de su autonomía privada, las partes acuerdan dejar sin efecto el Contrato a partir de la fecha de este acuerdo. TERCERA: EFECTO RESOLUTORIO Conforme al artículo 1371 del Código Civil, la resolución deja sin efecto un contrato válido por causal sobreviniente a su celebración. Las partes convienen que el Contrato queda resuelto por mutuo disenso, cesando para ambas las obligaciones pendientes de ejecución. CUARTA: RESTITUCIÓN DE PRESTACIONES Las partes se restituyen las prestaciones ejecutadas de la siguiente manera: 1. LA PRIMERA PARTE restituye a LA SEGUNDA: [PRESTACION_A_RESTITUIR_1]. 2. LA SEGUNDA PARTE restituye a LA PRIMERA: [PRESTACION_A_RESTITUIR_2]. 3. Saldos o compensaciones: [SALDOS_O_COMPENSACIONES]. La restitución se realiza a más tardar el [FECHA_RESTITUCION]. QUINTA: LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO Cumplida la restitución, las partes declaran no tener reclamo, deuda ni acción pendiente entre sí derivada del Contrato resuelto, otorgándose el más amplio finiquito, salvo lo expresamente reservado en [RESERVAS]. SEXTA: DERECHOS DE TERCEROS El mutuo disenso no perjudica los derechos adquiridos por terceros de buena fe con anterioridad a este acuerdo. SÉPTIMA: GASTOS Y COMPETENCIA Los gastos de este acuerdo son asumidos por [PARTE_GASTOS]. Cualquier controversia se somete a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL], renunciando al fuero de sus domicilios. En señal de conformidad, las partes firman el presente acuerdo en dos ejemplares. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ LA PRIMERA PARTE [NOMBRE_PARTE_1] _______________________ LA SEGUNDA PARTE [NOMBRE_PARTE_2]
El acuerdo de mutuo disenso es aquel por el cual las dos partes que celebraron un contrato deciden, de común acuerdo, dejarlo sin efecto. Es el contrato que deshace otro contrato: así como ambas voluntades crearon el vínculo, ahora ambas voluntades lo extinguen. Se le llama también resolución por mutuo acuerdo o distracto. A diferencia de la resolución por incumplimiento (donde una parte falla y la otra resuelve) o de la nulidad (donde el contrato tenía un vicio), aquí no hay culpables ni vicios: simplemente las dos partes coinciden en que ya no quieren continuar y acuerdan terminar limpiamente la relación.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo firman las mismas partes que celebraron el contrato original. Conviene cuando ambas quieren poner fin a un contrato vigente sin pleitos: un arrendamiento que ya no les sirve, una compraventa que prefieren deshacer, un contrato de servicios que dejó de tener sentido para ambos. Es la salida más ordenada y económica, porque evita demandas y permite acordar cómo se liquidan las prestaciones ya ejecutadas (devolución de adelantos, entrega del bien, ajuste de cuentas). Requiere que ambas partes tengan libre disposición de sus bienes y que no se perjudique a terceros.
Base legal
- Artículo 1313 del Código Civil: por el mutuo disenso las partes que han celebrado un acto jurídico acuerdan dejarlo sin efecto; si perjudica el derecho de tercero se tiene por no efectuado.
- Artículo 1351 del Código Civil: el contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial; el mutuo disenso es precisamente un contrato extintivo.
- Artículo 1361 del Código Civil: los contratos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos, lo que ampara que las partes definan los efectos de la extinción.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos completos de ambas partes (nombres, DNI o RUC, domicilio).
- Identificación del contrato que se deja sin efecto (tipo, fecha, objeto, partidas si las hay).
- Estado de cumplimiento: qué prestaciones ya se ejecutaron y cuáles quedan pendientes.
- Acuerdo sobre la liquidación: devolución de adelantos, entrega de bienes, pagos pendientes.
- Fecha desde la cual el contrato queda sin efecto y constancia de que no se perjudica a terceros.
Cómo presentarlo paso a paso
- Identifiquen con precisión el contrato que dejarán sin efecto y revisen qué prestaciones ya se cumplieron.
- Acuerden cómo se liquidan las prestaciones ejecutadas (devoluciones, entregas, pagos) y la fecha de extinción.
- Verifiquen que la extinción no perjudique derechos de terceros (artículo 1313).
- Redacten y firmen el acuerdo; si el contrato original constaba en escritura pública o estaba inscrito, eleven también el mutuo disenso a escritura pública.
- Si el contrato estaba inscrito en SUNARP (por ejemplo, una compraventa o un arrendamiento inscrito), inscriban la extinción para que surta efectos frente a terceros.
Errores comunes a evitar
- No liquidar las prestaciones ya ejecutadas, dejando pendientes devoluciones o pagos que después generan conflicto.
- Pretender deshacer el contrato perjudicando a un tercero, lo que vuelve ineficaz el mutuo disenso (artículo 1313).
- No formalizar la extinción con la misma solemnidad del contrato original (escritura, inscripción).
- Confundir el mutuo disenso con la resolución por incumplimiento; aquí no hay parte culpable, es un acuerdo de ambas.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo que resolver un contrato por incumplimiento?
No. La resolución por incumplimiento la activa una parte porque la otra falló. El mutuo disenso (artículo 1313 del Código Civil) es un acuerdo de ambas partes para dejar sin efecto el contrato, sin que haya culpables. Es una extinción consensuada y pacífica, no una sanción al que incumplió.
¿Desde cuándo deja de tener efecto el contrato?
Por regla general, el mutuo disenso opera hacia el futuro desde la fecha que acuerden las partes, salvo que pacten efectos retroactivos. Lo importante es definirlo en el acuerdo: si quieren que sea como si el contrato nunca hubiera existido, deben pactar expresamente la restitución de lo entregado.
¿Puede afectar a un tercero?
No. El artículo 1313 es claro: si el mutuo disenso perjudica el derecho de un tercero, se tiene por no efectuado respecto de él. Por ejemplo, no puedes deshacer una venta para perjudicar a un acreedor que ya tenía un derecho sobre el bien. Verifica siempre que no haya terceros afectados.
¿Necesita la misma formalidad que el contrato original?
Es lo recomendable. Si el contrato original constaba en escritura pública o estaba inscrito en SUNARP, conviene que el mutuo disenso también se eleve a escritura pública e inscriba, para que la extinción quede registrada y sea oponible a terceros. Un acuerdo privado puede no bastar para cancelar lo ya inscrito.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de mutuo disenso de contrato (resolución por mutuo acuerdo)
¿El modelo de acuerdo de mutuo disenso de contrato (resolución por mutuo acuerdo) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-mutuo-disenso-de-contrato-resolucion-por-mutuo-acuerdo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de mutuo disenso de contrato (resolución por mutuo acuerdo) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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