Carta Notarial de Resolución de Contrato
Carta notarial para resolver un contrato por incumplimiento de la contraparte. Art. 1430 del Código Civil (cláusula resolutoria expresa).
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA NOTARIAL DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO [CIUDAD], [FECHA] Señor(es): [NOMBRE_DESTINATARIO] [CARGO / RAZÓN SOCIAL] [DOMICILIO_DESTINATARIO] Presente.- Ref.: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE [TIPO_CONTRATO] DE FECHA [FECHA_CONTRATO] De nuestra consideración: Mediante la presente carta, que se cursa por intermedio del Notario Público [NOMBRE_NOTARIO] de [CIUDAD], yo/nosotros, [NOMBRE_REMITENTE], identificado(a) con [DNI / RUC] N.° [NÚMERO], en mi calidad de [CONTRATANTE / ARRENDADOR / VENDEDOR / PROVEEDOR], nos dirigimos a ustedes en relación al [CONTRATO DE TIPO: arrendamiento / compraventa / servicios / suministro / obra] suscrito con fecha [FECHA_CONTRATO], para comunicarles lo siguiente: PRIMERO: Con fecha [FECHA_CONTRATO] suscribimos el contrato de [TIPO], por el cual usted(es) se comprometió(eron) a [DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL DEL DESTINATARIO]. SEGUNDO: No obstante, desde el [FECHA_INCUMPLIMIENTO], usted(es) ha(n) incumplido con [DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO ESPECÍFICO: pagar la renta de los meses ___ / entregar la mercadería pactada / ejecutar las obras en el plazo convenido / etc.], pese a los requerimientos verbales y escritos efectuados. TERCERO: Dicho incumplimiento configura la causal de resolución prevista en la [CLÁUSULA [NÚMERO] del contrato / artículo 1430° del Código Civil], que faculta a la parte perjudicada a resolver el contrato de pleno derecho mediante comunicación notarial. EN CONSECUENCIA: Por medio de la presente carta, COMUNICAMOS FORMALMENTE la RESOLUCIÓN del contrato de [TIPO] de fecha [FECHA_CONTRATO], con efecto inmediato a partir de la recepción de la presente comunicación. CUARTO — EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN: A) Usted(es) queda(n) obligado(a)(s) a: - [RESTITUIR el inmueble en el plazo de ___ días]. - [DEVOLVER el pago adelantado de S/ ___]. - [ENTREGAR los bienes / documentos ___]. B) Se mantiene vigente la penalidad pactada en la cláusula [___] del contrato, equivalente a S/ [MONTO_PENALIDAD]. C) La resolución no nos exime de exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados, que ascienden a S/ [MONTO_ESTIMADO], sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Le otorgamos un plazo improrrogable de [DÍAS] días calendarios, contados desde la recepción de la presente, para cumplir con las obligaciones de restitución mencionadas. Vencido dicho plazo sin cumplimiento, procederemos a iniciar las acciones legales correspondientes. Atentamente, _________________________ [NOMBRE_REMITENTE] DNI/RUC: [NÚMERO] _________________________ Abogado - CAL N.°: [NÚMERO_CAL]
La carta notarial de resolución de contrato es la comunicación mediante la cual una parte le informa formalmente a la otra que da por terminado el contrato debido a un incumplimiento, usando una cláusula resolutoria expresa pactada en el propio contrato. Su efecto es potente: una vez recibida, el contrato queda resuelto de pleno derecho, sin necesidad de ir primero a un juez. Por eso se envía siempre por conducto notarial, que es lo que le da fecha cierta y prueba de entrega.
Cuando usarla
La usas cuando la otra parte incumplió una obligación del contrato (no pago, no entrego, no ejecuto la obra) y en el contrato existe una cláusula resolutoria expresa que identifica esa obligación. Es el mecanismo más rápido para liberarte del contrato sin demanda previa. También sirve cuando, sin cláusula expresa, requieres el cumplimiento en un plazo bajo apercibimiento de resolución.
Base legal peruana
- Artículo 1430 del Código Civil: regula la cláusula resolutoria expresa. El contrato se resuelve de pleno derecho cuando la parte interesada comunica a la otra que quiere valerse de dicha cláusula.
- Artículo 1429 del Código Civil: si no hay cláusula expresa, la parte perjudicada puede requerir el cumplimiento en un plazo no menor de quince días, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto.
- Artículo 1428 del Código Civil: en los contratos con prestaciones recíprocas, la parte fiel puede optar entre exigir el cumplimiento o resolver el contrato.
- Artículo 1372 del Código Civil: la resolución se invoca por causal sobreviniente y deja sin efecto el contrato hacia el futuro, salvo pacto distinto.
Como rellenarla bien
Identifica a las partes y el contrato resuelto (fecha, objeto, número si lo tiene). Cita textualmente la cláusula resolutoria expresa que invocas y describe con precisión la obligación incumplida. Declara de forma clara que, en virtud del artículo 1430 del Código Civil, das por resuelto el contrato de pleno derecho a partir de la recepción de la carta. Si no tienes cláusula expresa, en lugar de resolver de inmediato concede el plazo de quince días del artículo 1429 bajo apercibimiento. Pide la devolución de lo entregado y reserva tu derecho a indemnización. Tramítala por notario.
Errores comunes
- Invocar el artículo 1430 sin que exista una cláusula resolutoria expresa en el contrato. Sin esa cláusula, la resolución automática no opera y debes usar la vía del artículo 1429.
- No describir la obligación incumplida ni la cláusula aplicada. Una carta genErica puede ser cuestionada y dejar el contrato vigente.
- Enviarla por un medio sin fecha cierta. La resolución produce efecto desde que la comunicación llega al destinatario, así que necesitas prueba notarial de la recepción.
Preguntas frecuentes
Necesito ir al juez para resolver el contrato? No, si tienes una cláusula resolutoria expresa. El artículo 1430 permite resolver de pleno derecho con la sola comunicación. El juicio solo sería necesario si la otra parte discute la resolución.
Cual es la diferencia entre el artículo 1429 y el 1430? El 1430 exige una cláusula expresa y resuelve de inmediato. El 1429 se usa cuando no hay esa cláusula: primero requieres el cumplimiento en quince días y, si no cumple, recién queda resuelto.
Puedo pedir indemnización además de resolver? Sí. La resolución no impide reclamar los daños y perjuicios causados por el incumplimiento. Conviene reservar ese derecho en la propia carta.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de resolución de contrato
¿El modelo de carta notarial de resolución de contrato es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-resolucion-de-contrato/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de resolución de contrato sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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