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Contratos

Carta Notarial de Resolución de Contrato por Incumplimiento

Comunicación notarial para resolver extrajudicialmente un contrato por incumplimiento. Art. 1428 y 1429 CC.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA NOTARIAL DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO

[CIUDAD], [FECHA]

Señores:
[NOMBRE_DESTINATARIO]
[DOMICILIO_DESTINATARIO]
Presente.-

De mi mayor consideración:

Por medio de la presente carta notarial, [NOMBRE_REMITENTE], identificado con DNI N.° [DNI] / [RAZÓN_SOCIAL], con RUC N.° [RUC], me dirijo a ustedes para comunicarles formalmente lo siguiente:

I. ANTECEDENTES
Con fecha [FECHA_CONTRATO] celebramos el [CONTRATO DE COMPRAVENTA / CONTRATO DE SERVICIOS / CONTRATO DE ARRENDAMIENTO / OTRO] que obra en [ESCRITURA PÚBLICA / DOCUMENTO PRIVADO] de fecha [FECHA], cuyo objeto es [DESCRIBIR OBJETO DEL CONTRATO].

II. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
A pesar de haber transcurrido el plazo pactado y de los requerimientos previos realizados, ustedes han incumplido con [DESCRIBIR INCUMPLIMIENTO ESPECÍFICO]:
- [OBLIGACIÓN INCUMPLIDA 1]
- [OBLIGACIÓN INCUMPLIDA 2]
- [INDICAR MONTO ADEUDADO O PRESTACIÓN INCUMPLIDA]

Mediante [carta de fecha / comunicación de fecha] [FECHA_REQUERIMIENTO_PREVIO] ya les notifiqué el incumplimiento, sin que hayan procedido a su subsanación.

III. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La jurisprudencia civil es constante en exigir que el requerimiento previo del artículo 1429° del Código Civil sea claro y concreto, identifique la obligación incumplida y otorgue un plazo no menor de quince días para la subsanación. RESUELVO el contrato celebrado entre las partes con fecha [FECHA_CONTRATO], con efectos inmediatos a partir de la recepción de la presente comunicación.

IV. CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN
En virtud de la resolución comúnicada, les requiero:
1. [RESTITUCIÓN DEL BIEN / DEVOLUCIÓN DE LO PAGADO / PAGO DE PENALIDAD].
2. El pago de la suma de S/ [MONTO] por concepto de [DAÑOS Y PERJUICIOS / PENALIDAD CONTRACTUAL / RESTITUCIÓN], en un plazo máximo de [N°] días hábiles.
3. [OTRAS PRESTACIONES QUE SE DERIVAN DE LA RESOLUCIÓN].

V. ADVERTENCIA LEGAL
De no atenderse los requerimientos formulados en el plazo indicado, me reservo el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes, incluyendo demanda judicial por daños y perjuicios y/o enriquecimiento indebido, con las costas y costos a cargo de su representada.

Atentamente,

_________________________
[NOMBRE_REMITENTE]
DNI: [DNI] / RUC: [RUC]

AUTORIZADO POR NOTARÍA: ____________________
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Cuándo usar este modelo

Usa esta carta cuando la otra parte de un contrato incumple alguna de sus obligaciones esenciales y quieres terminar el vínculo sin pasar por juicio. Es la herramienta del Art. 1429 CC: requerimiento por carta notarial otorgando plazo no menor a 15 días para que la parte cumpla, con apercibimiento de resolución de pleno derecho. Aplica a contratos civiles, comerciales y empresariales: arrendamientos, compraventas, mutuos, suministros, locaciones de servicios, distribuciones, franquicias.

Resolución por cláusula expresa vs Art. 1429 CC

El Código Civil regula dos vías de resolución extrajudicial. Cláusula resolutoria expresa (Art. 1430 CC): si tu contrato pactó que el incumplimiento de obligación específica produce resolución automática, basta con notificar la decisión por carta notarial. No necesitas otorgar plazo adicional. Resolución por intimación (Art. 1429 CC): si no hay cláusula expresa, debes otorgar plazo no menor a 15 días para cumplir. Si vence sin cumplimiento, la resolución opera de pleno derecho desde ese momento.

Contenido obligatorio de la carta

  • Datos completos del remitente y destinatario.
  • Identificación del contrato: tipo, fecha, partes, objeto.
  • Descripción precisa del incumplimiento (cuál cláusula, cuáles hechos).
  • Plazo otorgado para cumplir (mínimo 15 días en Art. 1429 CC, salvo cláusula resolutoria expresa).
  • Apercibimiento expreso de resolución de pleno derecho si no cumple.
  • Reserva de acciones por daños y perjuicios.
  • Reserva de cobro de penalidad si fue pactada.
  • Firma y fecha.

Efectos de la resolución

La resolución deja sin efecto el contrato desde el momento del incumplimiento y obliga a las partes a restituir lo recibido (Art. 1372 CC). Si las prestaciones son irrestituibles, se compensa con dinero. La parte que sufrió el incumplimiento puede demandar daños y perjuicios bajo el Art. 1321 CC, además de cobrar la penalidad pactada si la hubo. La resolución NO afecta derechos de terceros que actuaron de buena fe (Art. 1372 CC tercer párrafo).

Base legal citada literal

  • Art. 1428 CC: resolución por incumplimiento (vía judicial general).
  • Art. 1429 CC: resolución por intimación notarial (mínimo 15 días).
  • Art. 1430 CC: cláusula resolutoria expresa.
  • Art. 1371 CC: definición de resolución.
  • Art. 1372 CC: efectos de la resolución (restitución).
  • Art. 1321 CC: responsabilidad por daños del incumplidor.

Errores frecuentes

  • Otorgar plazo menor a 15 días sin tener cláusula resolutoria expresa. La resolución queda sin efecto y la parte incumplidora puede alegar formalidad violada.
  • No describir con precisión el incumplimiento. La resolución se discute en juicio si hay disputa.
  • No reservar el cobro de daños y perjuicios. Después es difícil demandarlos.
  • Enviar por correo simple o WhatsApp en lugar de carta notarial. Sin fecha cierta, no acreditas el cómputo del plazo.

Después de la resolución

Si la otra parte cumple dentro del plazo, el contrato continúa y solo cabe cobrar daños por la mora. Si no cumple, el contrato queda resuelto al vencer el plazo. Conserva la copia notarial. Para cobrar daños o devolución de prestaciones, presenta demanda civil en proceso de conocimiento, abreviado o sumarísimo según cuantía. Si tu contrato es un alquiler con falta de pago y tiene cláusula de allanamiento futuro, la mejor vía es el desalojo notarial express de la Ley 30933.

Casos reales: cuándo usar este documento

Ejemplo 1, incumplimiento de pago de alquiler: Gabriel Ochante arrienda un local comercial en Los Olivos y su inquilino dejó de pagar la renta durante tres meses, acumulando una deuda de S/ 4,500. Tras un requerimiento previo sin respuesta, Gabriel envía la carta notarial resolviendo el contrato y exigiendo la devolución del local y el pago de lo adeudado.

Ejemplo 2, incumplimiento de entrega en una compraventa: Katherine Farfán pagó S/ 15,000 como adelanto por un vehículo usado que el vendedor, Elmer Guillén, se comprometió a entregar en diez días y nunca entregó. Katherine envía la carta notarial resolviendo el contrato y exigiendo la devolución íntegra del dinero adelantado.

Cuándo NO te sirve: si el contrato aún está dentro del plazo pactado y no ha habido incumplimiento real, esta carta es prematura: corresponde primero un requerimiento simple. Y si lo que buscas es que la otra parte cumpla en vez de terminar el contrato, no necesitas esta carta sino una carta de requerimiento de pago o de cumplimiento.

El error más frecuente es resolver el contrato sin haber otorgado antes el plazo mínimo de requerimiento a la otra parte para que subsane su incumplimiento, salvo que exista cláusula resolutoria expresa en el contrato. Sin ese requerimiento previo, según cómo esté redactado el contrato, la resolución puede ser cuestionada después ante un juez.

Requisitos y anexos: qué necesitas para presentarlo

Esta carta no la envías tú directamente por correo: la presentas en la oficina de una notaría pública para que sea el notario quien la curse (diligencie) al destinatario, dejando constancia fehaciente de la fecha de envío y de recepción. Puedes acudir a cualquier notaría de tu localidad, de forma presencial.

Documentos que debes adjuntar

  • Copia de tu DNI o vigencia de poder si actúas en representación de una empresa.
  • Copia del contrato que sustenta la relación (compraventa, arrendamiento, servicios u otro).
  • Documentación que acredite el incumplimiento (correos, comunicaciones previas, reportes de pago pendiente).
  • Dirección exacta y completa del destinatario, para que el notario pueda diligenciar la carta correctamente.
  • El texto de la carta redactado y firmado, en el número de ejemplares que la notaría te indique (usualmente cargo y original).

Antes de presentarlo, revisa

  • Que hayas requerido previamente al deudor de forma verificable, porque un requerimiento previo documentado refuerza tu posición antes de resolver directamente.
  • Que cites correctamente los artículos 1428 y 1429 del Código Civil, que regulan la resolución de contrato por incumplimiento.
  • Que la dirección del destinatario sea la correcta, porque una notificación mal dirigida puede no surtir efecto.
  • Que guardes el cargo de la notaría con la constancia de entrega, porque es tu prueba de haber notificado.

El costo varía según la notaría y la cantidad de destinatarios; confírmalo directamente con la notaría antes de ir. Una vez entregada, el contrato queda resuelto desde la fecha de recepción que certifica el notario, y si el destinatario no cumple con lo requerido, puedes iniciar la acción judicial correspondiente.

Jurisprudencia y criterios aplicables

OPCIÓN A (el contrato tiene cláusula resolutoria expresa): De conformidad con el artículo 1430° del Código Civil y con la cláusula [N°] del contrato, comunico a ustedes que me valgo de dicha cláusula resolutoria expresa, quedando el contrato RESUELTO de pleno derecho desde la recepción de la presente. OPCIÓN B (el contrato no tiene cláusula resolutoria expresa): De conformidad con el artículo 1429° del Código Civil, les requiero cumplir con [PRESTACIÓN INCUMPLIDA] dentro del plazo de quince (15) días calendario contados desde la recepción de esta carta, bajo apercibimiento de que, vencido dicho plazo sin cumplimiento, el contrato quedará RESUELTO de pleno derecho sin necesidad de declaración judicial. razonable para la subsanación, conforme al artículo 1429° del Código Civil; una carta notarial ambigua, que no identifica con precisión la obligación incumplida ni el plazo de subsanación, puede ser cuestionada judicialmente como ineficaz para producir la resolución de pleno derecho.

Es criterio reiterado de la Corte Suprema que, cuando el contrato contiene una cláusula resolutoria expresa (artículo 1430° del Código Civil), la resolución opera de pleno derecho desde que la parte interesada comunica a la otra que quiere valerse de dicha cláusula, sin necesidad de fijar un nuevo plazo; distinguir si se invoca el artículo 1429° (con requerimiento y plazo) o el artículo 1430° (cláusula resolutoria expresa) es determinante para la validez de la carta.

El error más frecuente que hace perder fuerza a la carta notarial es no acreditar el requerimiento previo ni su fecha de recepción, o reclamar penalidades y daños sin haber pactado la cláusula penal correspondiente, lo que obliga a probarlos por la vía ordinaria.

Asimismo, conviene conservar el cargo de recepción notarial con la fecha exacta de entrega, pues dicho documento será clave para computar el plazo de subsanación y sustentar, en su caso, la demanda judicial posterior.

Ejemplo con datos de muestra

Así se ve el documento ya llenado (datos ficticios):

CARTA NOTARIAL DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Lima, 08 de agosto de 2026 Señores: DISTRIBUIDORA COMERCIAL ANDINA E.I.R.L. Av. Colonial 2340, Cercado de Lima Presente.- De mi mayor consideración: Por medio de la presente carta notarial, JAVIER ALONSO PAREDES SILVA, identificado con DNI N.° 45678912, me dirijo a ustedes para comunicarles formalmente lo siguiente: I. ANTECEDENTES Con fecha 12 de enero de 2026 celebramos el contrato de compraventa que obra en documento privado de fecha 12 de enero de 2026, cuyo objeto es la venta de mercadería textil por un valor de S/ 18,500.00. (Ejemplo referencial con datos ficticios).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de resolución de contrato por incumplimiento

¿El modelo de carta notarial de resolución de contrato por incumplimiento es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-resolucion-de-contrato-por-incumplimiento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de resolución de contrato por incumplimiento sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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