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Extranjero

Autorización de Viaje de Menor desde el Extranjero hacia el Perú

Autorización consular de viaje de menor hacia el Perú, otorgada por el padre o madre en el exterior. Conforme al Reglamento Consular (D.S. 076-2005-RE) y la Ley 29269. Vigencia de 90 días.

Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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AUTORIZACIÓN DE VIAJE DE MENOR DESDE EL EXTRANJERO HACIA EL PERÚ

(Para tramitar ante el Consulado del Perú o legalizar por apostilla)

Yo, [NOMBRE_OTORGANTE], de nacionalidad [NACIONALIDAD_OTORGANTE], identificado con [DOC_OTORGANTE] N° [NUM_DOC_OTORGANTE], en mi calidad de [PARENTESCO] del menor, con domicilio en [DIRECCION_EXTRANJERO], ciudad de [CIUDAD_EXTRANJERO], país de [PAIS_RESIDENCIA], por el presente documento DECLARO Y AUTORIZO lo siguiente:

PRIMERO: AUTORIZO el viaje de mi menor hijo(a) [NOMBRE_MENOR], identificado(a) con [DOC_MENOR] N° [NUM_DOC_MENOR], nacido(a) el [FECHA_NACIMIENTO_MENOR], desde la ciudad de [CIUDAD_ORIGEN] ([PAIS_RESIDENCIA]) hacia la ciudad de [CIUDAD_DESTINO_PERU], República del Perú.

SEGUNDO: El viaje se realizará entre el [FECHA_SALIDA] y el [FECHA_RETORNO], por vía aérea, en la aerolínea [AEROLINEA], vuelo de referencia [NUM_VUELO].

TERCERO: Durante el viaje y la estadía en el Perú, el(la) menor estará bajo la responsabilidad de [NOMBRE_RESPONSABLE], identificado(a) con [DOC_RESPONSABLE] N° [NUM_DOC_RESPONSABLE], con domicilio en [DIRECCION_RESPONSABLE_PERU], quien asume su cuidado.

CUARTO: El(la) menor viaja [MODALIDAD_VIAJE] (solo, acompañado por el suscrito, o acompañado por el tercero antes señalado).

QUINTO: Esta autorización se otorga conforme a la Ley 29269 y al Reglamento Consular del Perú aprobado por D.S. 076-2005-RE. Tiene una vigencia de noventa (90) días calendario contados desde su emisión y permite un solo uso, según las disposiciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones.

NOTA SOBRE LEGALIZACIÓN: Si esta autorización se tramita ante el Consulado del Perú, debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores antes de su uso en el control migratorio. Si se otorga ante notario extranjero, debe contar con la Apostilla de La Haya y traducción oficial si está en otro idioma.

En señal de conformidad, firmo en la ciudad de [CIUDAD_EXTRANJERO], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[NOMBRE_OTORGANTE]
[DOC_OTORGANTE] N° [NUM_DOC_OTORGANTE]

La autorización de viaje de menor desde el extranjero hacia el Perú es el documento con el que el padre, la madre o quien ejerce la patria potestad permite, desde el exterior, que su hijo menor de edad viaje al Perú solo o acompañado por un tercero. Sirve para que la aerolínea acepte al menor en el counter y para que el control migratorio peruano lo deje ingresar y, sobre todo, salir nuevamente del país sin problemas. Es el papel que evita que tu hijo quede varado en el aeropuerto por falta de un permiso firmado por ti.

Quién la otorga y cuándo conviene usarla

La otorga el padre o la madre que se queda en el extranjero. Si ambos ejercen la patria potestad, lo ideal es que firmen los dos, pero basta la firma del que autoriza cuando el otro viaja con el menor o cuando uno solo tiene la tenencia. Conviene usarla siempre que el menor viaje sin alguno de sus padres: para pasar vacaciones con los abuelos en Lima, para estudiar, por un tema de salud o para mudarse al Perú. Ten presente que Migraciones exige esta autorización principalmente para la salida del menor del territorio peruano cuando este es peruano residente en el exterior o cuando permanece en el Perú más de 183 días, así que tramítala pensando también en el viaje de regreso.

Base legal

El marco lo da el artículo 52 del Decreto Legislativo 1350, Ley de Migraciones, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 007-2017-IN, que regulan el ingreso y salida de menores. La Ley 29269 incorporó la autorización notarial y consular de viaje, y el Reglamento Consular del Perú, Decreto Supremo 076-2005-RE, regula su otorgamiento ante los consulados peruanos en el exterior. La patria potestad y la representación del menor se rigen por los artículos 418 y siguientes del Código Civil. La autorización notarial o consular tiene una vigencia de noventa (90) días calendario desde su emisión y permite un solo uso.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombres completos, nacionalidad y documento de identidad del padre o madre que autoriza.
  • Nombres, documento y fecha de nacimiento del menor que viaja.
  • Partida de nacimiento del menor para acreditar el vínculo.
  • Ciudad y país de origen, ciudad de destino en el Perú y fechas exactas de salida y retorno.
  • Nombres y documento del tercero o familiar que acompañará o recibirá al menor en el Perú.
  • Aerolínea y número de vuelo de referencia, si ya los tienes.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Llena el modelo con tus datos, los del menor y los del responsable en el Perú.
  2. Acude al Consulado del Perú de tu jurisdicción con tu documento y la partida del menor, o fírmala ante un notario del país donde resides.
  3. Si la firmas ante notario extranjero, gestiona la Apostilla de La Haya y, de estar en otro idioma, una traducción oficial al español.
  4. Si la tramitas en el consulado, este la legaliza; al llegar al Perú normalmente requiere el visado del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  5. Entrega el original al acompañante del menor o envíalo a quien lo recibirá, dentro de los 90 días de vigencia.
  6. Presenta el documento en el counter de la aerolínea y en el control de Migraciones al viajar.

Errores comunes a evitar

  • Olvidar la apostilla cuando el documento se firma ante notario extranjero.
  • Dejar pasar los 90 días de vigencia: si caduca, hay que rehacerla.
  • No incluir los datos del responsable que recibe al menor en el Perú.
  • Poner fechas de viaje genéricas; deben coincidir con los pasajes.

Preguntas frecuentes

¿Necesito que firmen los dos padres?

Si ambos ejercen la patria potestad, lo recomendable es la firma de los dos. Cuando uno solo la ejerce o el otro acompaña al menor, basta su firma acreditando esa condición, conforme a los artículos 418 y siguientes del Código Civil.

¿Por cuánto tiempo vale la autorización?

Tiene una vigencia de noventa (90) días calendario desde su emisión y sirve para un solo viaje, según el Reglamento Consular (D.S. 076-2005-RE) y las disposiciones de Migraciones.

¿La firmo en el consulado o ante un notario del país donde vivo?

Puedes hacer cualquiera de las dos. La consular se ampara en la Ley 29269 y el Reglamento Consular; la notarial extranjera necesita Apostilla de La Haya para tener validez en el Perú.

¿Sirve para que el menor entre y salga del Perú?

Migraciones exige la autorización sobre todo para la salida del menor del territorio peruano (artículo 52 del D.L. 1350). Por eso conviene que cubra tanto el ingreso como el retorno del menor.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de autorización de viaje de menor desde el extranjero hacia el perú

¿El modelo de autorización de viaje de menor desde el extranjero hacia el perú es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/autorizacion-de-viaje-de-menor-desde-el-extranjero-hacia-el-peru/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de autorización de viaje de menor desde el extranjero hacia el perú sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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