Cómo registrar tu empresa en SUNAT 2026: del RUC a la planilla
Publicado el 2026-06-07 · Modelo.pe
Datos rápidos
| RUC | Obligatorio para operar |
| Regímenes | NRUS, RER, RMT, General |
| Clave SOL | Acceso a SUNAT en línea |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
Persona natural o persona jurídica
El primer paso es decidir la forma de tu negocio. Si serás persona natural con negocio, vas directo a sacar el RUC. Si necesitas una persona jurídica (SAC, EIRL, SRL), primero debes constituirla con una minuta, elevarla a escritura pública e inscribirla en SUNARP, y recién después tramitar el RUC de la empresa. Para esto sirve la minuta de constitución de SAC o el estatuto de EIRL.
Obtener el RUC y la Clave SOL
El RUC (Registro Único de Contribuyentes) es tu identificación tributaria. Lo obtienes en SUNAT presentando tu DNI y documentos del negocio (domicilio fiscal, partida registral si eres empresa). Junto con el RUC activa tu Clave SOL, que te da acceso a SUNAT Operaciones en Línea para declarar y emitir comprobantes.
Elegir el régimen tributario
Al inscribirte eliges régimen, y esto define cuánto y cómo pagas:
- NRUS: el más simple, para pequeños negocios; cuota fija mensual, sin contabilidad.
- RER: 1.5% de los ingresos netos mensuales; con límites de ingresos y giro.
- RMT: 10% de renta sobre las primeras 15 UIT; hasta 1,700 UIT de ingresos.
- Régimen General: sin límites, contabilidad completa.
Compara las opciones en NRUS, RER, RMT y General.
Comprobantes y planilla
Activa la emisión electrónica de comprobantes (factura, boleta) según tu régimen. Si vas a contratar personal, debes registrarlos en la planilla electrónica (T-Registro y PLAME) y formalizar el vínculo con un contrato de trabajo. Mantén al día tus declaraciones para evitar multas.
Preguntas frecuentes
¿Necesito SUNARP antes que SUNAT?
Solo si constituyes una persona jurídica (SAC, EIRL, SRL): primero la inscribes en SUNARP y luego sacas el RUC. Como persona natural con negocio vas directo al RUC.
¿El RUC tiene costo?
La inscripción al RUC en SUNAT es gratuita. Los costos surgen de la constitución de la empresa (notaría, registros) si eres persona jurídica.
¿Qué régimen me conviene al empezar?
Depende de tus ingresos y giro. Negocios muy pequeños suelen iniciar en NRUS o RER; los que crecen migran al RMT o General.
¿Puedo cambiar de régimen después?
Sí. Puedes cambiar de régimen en los plazos que fija SUNAT, normalmente con la declaración de enero o al superar límites.
¿Cuándo debo registrar a mis trabajadores?
En el T-Registro el mismo día que inician o antes. La PLAME se declara mensualmente según el cronograma por dígito de RUC.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Minuta de Constitución de SAC
Constitución de Sociedad Anónima Cerrada. Ley 26887 LGS Art. 234-248. Incluye estatutos, capital, órganos sociales.
EmpresarialEstatuto de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
Estatuto de EIRL con titular único, patrimonio propio y gerencia, conforme al Decreto Ley 21621 (Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada).
LaboralContrato de Trabajo a Plazo Indeterminado
Contrato de trabajo en modalidad ordinaria sin límite de tiempo. D.Leg. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
TributarioSolicitud de Modificación de Datos en el RUC
Solicitud para modificar datos del Registro Único de Contribuyentes mediante Formulario 2127, conforme al D.Leg. 943 y la R.S. 210-2004/SUNAT.