Descanso médico y CITT en Perú: quién paga y subsidio 2026
Publicado el 2026-06-07 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Primeros 20 días | Los paga el empleador al 100% |
| Desde el día 21 | Subsidio de EsSalud |
| Tope de cobertura | 340 días en 36 meses |
| Documento clave | CITT |

Quién paga tu descanso médico: empleador y EsSalud
Si te dan descanso médico, los primeros 20 días del año los paga tu empleador al 100% de tu remuneración, como si trabajaras. A partir del día 21, el subsidio por incapacidad temporal lo asume EsSalud, normalmente vía reembolso a la empresa. El conteo de esos 20 días es acumulativo dentro del año calendario, no por cada descanso.
El documento que valida todo esto ante EsSalud es el CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo). Sin CITT, EsSalud no paga el subsidio desde el día 21, aunque tengas certificados médicos particulares.
Qué es el CITT y cómo obtenerlo
El CITT es el certificado oficial que acredita tu incapacidad temporal y habilita el pago del subsidio. Lo obtienes de tres formas:
- En el centro asistencial de EsSalud donde te atendiste.
- Canjeando el certificado de una clínica afiliada por EPS por el CITT correspondiente.
- En la plataforma digital de EsSalud, ya que desde 2022 el CITT electrónico tiene la misma validez legal que el físico.
Gestiona el CITT cuanto antes: es el requisito que separa cobrar el subsidio de perderlo.
Certificado médico particular vs. CITT
Un certificado de una clínica particular justifica tu inasistencia ante el empleador, pero no basta para cobrar el subsidio de EsSalud: hay que canjearlo por el CITT. Esta es la confusión más frecuente y la que hace que muchos trabajadores pierdan el subsidio del día 21 en adelante.
| Documento | Justifica la falta | Habilita subsidio EsSalud |
|---|---|---|
| Certificado médico particular | Sí | No (debe canjearse por CITT) |
| CITT de EsSalud | Sí | Sí |
Cuánto cubre EsSalud y hasta cuándo
El subsidio por incapacidad temporal cubre hasta 11 meses y 10 días (340 días) dentro de un periodo de 36 meses. El monto equivale al promedio de tus remuneraciones de los últimos meses, sujeto a los topes de EsSalud. Para acceder debes cumplir los requisitos de afiliación y aportes:
- Estar afiliado como asegurado regular.
- Contar con al menos 3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos en los 6 meses previos a la contingencia.
- Tener vínculo laboral vigente al inicio del descanso.
Si tu empleador no paga o no reconoce el descanso
Si tu empleador no te abona los primeros 20 días o descuenta indebidamente tu remuneración durante el descanso, puedes reclamarlo y, de ser necesario, presentar una denuncia administrativa ante SUNAFIL o una solicitud de actuación inspectiva. Si el problema es con tu EPS o seguro, usa la carta de reclamo a la EPS. Para gestionar el subsidio a veces piden tu historial clínico; puedes obtenerlo con una solicitud de copia de historia clínica.
Descanso médico y estabilidad laboral
El descanso médico es una causa de suspensión del contrato, no de despido. Despedirte por estar enfermo o con discapacidad puede configurar un despido nulo. Si te presionan a renunciar o te despiden aprovechando tu descanso, revisa la demanda de nulidad de despido. Además, el tiempo de descanso médico, dentro de ciertos límites, incide en tu récord vacacional, así que revisa cómo queda tu caso con planilla.
Casos frecuentes con el descanso médico
Me atendí en una clínica particular y me dieron 15 días de descanso. Ese certificado justifica tu falta ante el empleador, pero para cobrar el subsidio desde el día 21 debes canjearlo por el CITT en EsSalud o, si tienes EPS, gestionar el canje por el centro correspondiente. No dejes pasar el trámite: sin CITT no hay subsidio.
Mi descanso pasó de los 20 días y el empleador dejó de pagarme. Es correcto que desde el día 21 el pago lo asuma EsSalud vía subsidio, siempre que cumplas los aportes mínimos y exista el CITT. El empleador suele adelantar y luego pedir el reembolso; si no te tramitan el subsidio, reclama y, de ser necesario, acude a una denuncia ante SUNAFIL.
Tengo descansos cortos y repetidos en el año. Los 20 días de cargo del empleador se cuentan de forma acumulativa en el año calendario. Si ya sumaste 20 días entre varios descansos, el siguiente entra al régimen de subsidio de EsSalud desde el primer día del nuevo periodo, siempre con CITT.
Me negaron el subsidio por falta de aportes. Verifica en tu récord de EsSalud que cumples los 3 meses consecutivos o 4 no consecutivos en los 6 meses previos. Si el problema es que el empleador no declaró o no pagó tus aportes, esa omisión es responsabilidad suya y puede denunciarse; pide tu historia clínica y tus constancias para sustentar el reclamo.
Preguntas frecuentes
¿Los primeros 20 días de descanso médico quién los paga?
El empleador, al 100% de tu remuneración. Recién desde el día 21 el subsidio lo asume EsSalud.
¿Sirve cualquier certificado médico?
Para justificar la falta sí, pero para cobrar el subsidio de EsSalud necesitas el CITT. Un certificado particular debe canjearse por el CITT.
¿Cuántos días de subsidio cubre EsSalud?
Hasta 340 días (11 meses y 10 días) dentro de un periodo de 36 meses.
¿El descanso médico cuenta para mis vacaciones?
El descanso por enfermedad común, dentro de ciertos límites, puede afectar el récord vacacional. Conviene revisar tu caso con planilla.
¿Pueden despedirme por estar con descanso médico?
Un despido motivado por tu enfermedad o discapacidad puede ser nulo. El descanso médico es una causa de suspensión del contrato, no de despido.
¿El CITT electrónico tiene la misma validez que el físico?
Sí. Desde 2022 el CITT electrónico emitido por EsSalud tiene plena validez legal, igual que el certificado físico, y puede consultarse en línea.
¿Cuántos aportes necesito para cobrar el subsidio?
Por regla general, al menos 3 meses consecutivos o 4 no consecutivos de aportación dentro de los 6 meses anteriores al inicio de la incapacidad, además de vínculo laboral vigente.
¿El descanso médico se puede tomar por partes o debe ser continuo?
Depende de lo que indique el médico tratante. El descanso puede ser continuo o fraccionado según tu evolución. Cada tramo debe estar respaldado por su certificado y, para el subsidio, por el CITT correspondiente.
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