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Derecho Laboral

¿A qué edad puede trabajar un menor en el Perú y qué permisos necesita?

Publicado el 2026-07-18 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaArt. 51 y ss. de la Ley 27337 (Código del Niño y Adolescente)
Edad mínima general14 años
AutorizaDEMUNA o sector competente
Jornada 12 a 14 añosMáximo 4 horas diarias / 24 semanales
Jornada 15 a 17 añosMáximo 6 horas diarias / 36 semanales
Trabajo nocturnoProhibido (19:00 a 07:00)
RMV 2026S/ 1,130
¿A qué edad puede trabajar un menor en el Perú y qué permisos necesita? — guía legal laboral Perú 2026

La respuesta directa

La edad mínima general para trabajar es 14 años. Lo fija el Art. 51 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337). Por debajo de esa edad, solo por excepción y desde los 12 años se puede autorizar labores ligeras que no dañen la salud ni interfieran con la escuela. Para que el trabajo sea legal, el adolescente requiere autorización de la DEMUNA (o del sector competente), con la conformidad de sus padres o responsables.

Además, la ley impone límites de jornada (4 a 6 horas según la edad), prohíbe el trabajo nocturno y ciertas labores peligrosas. Y algo clave: el adolescente que trabaja tiene los mismos derechos laborales que un adulto.

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Edades mínimas por tipo de trabajo

La regla general es 14 años, pero para labores específicas la ley eleva la edad mínima:

Tipo de trabajoEdad mínima
Labores en general14 años
Trabajo agrícola no industrial15 años
Trabajo industrial, comercial o minero16 años
Pesca industrial17 años
Labores ligeras (excepción)12 años

Cuando el trabajo se formaliza, se usa el contrato de trabajo del adolescente autorizado.

Qué permisos necesita paso a paso

  1. Autorización de los padres. El padre, la madre o el responsable dan su conformidad mediante la autorización de los padres para el trabajo del adolescente.
  2. Autorización de la DEMUNA o del sector. La DEMUNA autoriza el trabajo por cuenta ajena, doméstico o por cuenta propia; el sector correspondiente cuando aplica.
  3. Certificado médico que acredite que está apto para la labor.
  4. Inscripción en el registro del adolescente trabajador, con datos del empleador y la labor.
  5. Constancia de escolaridad, porque el trabajo no puede impedir su asistencia a clases.

Si el adolescente manejará sus ingresos, conviene la autorización para abrir su cuenta de ahorros.

Jornada máxima y trabajo nocturno

La jornada está topada según la edad y no puede afectar la escuela:

  • De 12 a 14 años: máximo 4 horas diarias y 24 horas semanales.
  • De 15 a 17 años: máximo 6 horas diarias y 36 horas semanales.

El trabajo nocturno está prohibido: se considera nocturno el realizado entre las 19:00 y las 07:00 horas. Solo por excepción un juez puede autorizarlo para adolescentes de 15 a 17 años, y por no más de cuatro horas.

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Derechos del adolescente trabajador

Trabajar siendo menor no significa cobrar menos ni perder beneficios. El adolescente autorizado tiene derecho a: remuneración no menor que la de un adulto por labor equivalente (referencia mínima: RMV S/ 1,130 en 2026, proporcional a la jornada), gratificaciones, CTS, vacaciones y afiliación a la seguridad social. Si trabaja pocas horas, puede encajar en un contrato a tiempo parcial. Verifica el monto vigente en cuánto es el sueldo mínimo (RMV) en 2026.

Trabajos prohibidos y errores comunes

Están prohibidos los trabajos peligrosos o que dañen la salud, la moral o la seguridad del adolescente: labores en subsuelo, con sustancias tóxicas, en alturas peligrosas, en bares o expendio de alcohol, entre otros de la lista oficial de trabajos peligrosos. Errores frecuentes del empleador: contratar sin autorización de la DEMUNA, imponer jornadas de adulto, hacerlo trabajar de noche o no pagar sus beneficios. Cualquiera de ellos expone a sanciones de SUNAFIL y no libera del pago de derechos laborales.

Qué pasa si contratan a un menor sin autorización

Contratar a un adolescente sin cumplir la ley no elimina sus derechos; al contrario, expone al empleador a sanciones y al pago íntegro de beneficios. Esto es lo que ocurre en la práctica cuando falta la autorización o se incumplen los límites:

  • El trabajo sigue generando derechos. Aunque no se haya tramitado la autorización, el adolescente que trabajó tiene derecho a su remuneración y beneficios sociales por el tiempo laborado.
  • Multas de SUNAFIL. Emplear a un menor sin autorización, en labores peligrosas o en jornada nocturna es una infracción grave o muy grave, con multas en UIT (la UIT 2026 es S/ 5,500).
  • Responsabilidad por daños. Si el menor sufre un accidente en una labor prohibida, la responsabilidad del empleador se agrava.
  • Protección reforzada. La autoridad puede disponer el cese inmediato del trabajo cuando pone en riesgo la salud, la educación o la seguridad del adolescente.

La regla de oro es simple: primero la autorización de los padres y de la DEMUNA, luego el contrato. Un menor puede trabajar y formarse laboralmente, pero siempre bajo condiciones que protejan su desarrollo y su escolaridad. Cumplir los pasos no solo evita multas: garantiza que el adolescente reciba lo que legalmente le corresponde y que el empleo sea una experiencia positiva y no un abuso.

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Preguntas frecuentes

¿Puede trabajar un niño de 12 años?

Solo por excepción y con autorización, para labores ligeras que no dañen su salud ni interfieran con su escolaridad. La edad mínima general sigue siendo 14 años.

¿Cuántas horas puede trabajar un adolescente de 16 años?

Hasta 6 horas diarias y 36 semanales, sin trabajo nocturno. Además, la actividad no debe impedir su asistencia al colegio.

¿Quién autoriza el trabajo de un menor?

La DEMUNA autoriza el trabajo por cuenta ajena, doméstico o por cuenta propia; el sector competente cuando corresponde. Siempre con la conformidad de los padres o responsables.

¿Un adolescente cobra el sueldo mínimo?

Tiene derecho a una remuneración no menor que la de un adulto por labor equivalente, proporcional a su jornada, además de gratificaciones, CTS, vacaciones y seguridad social.

¿Un adolescente puede firmar solo su contrato de trabajo?

Necesita la autorización de sus padres o responsables y la de la DEMUNA o el sector. Con esas autorizaciones puede celebrar el contrato de trabajo del adolescente autorizado y ejercer sus derechos laborales, pero no puede prescindir del consentimiento de sus representantes.

¿El trabajo del adolescente afecta su matrícula escolar?

No debe. La ley exige que la actividad laboral no impida la asistencia regular a clases ni el rendimiento escolar. Por eso se pide constancia de escolaridad y se limita la jornada. Si el trabajo empieza a perjudicar sus estudios, la autoridad puede revocar la autorización.

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