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Derecho Administrativo

Licencia de funcionamiento municipal 2026: cómo obtenerla paso a paso

Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaTUO Ley 28976 (D.S. 163-2020-PCM)
Riesgo bajo y medioAprobación automática (D.L. 1497)
VigenciaIndeterminada
Costo en LimaS/ 178.70 a S/ 202.50
Vigencia certificado ITSE2 años

Qué es y por qué es obligatoria

La licencia de funcionamiento es la autorización que da la municipalidad para abrir y operar un establecimiento comercial, industrial, profesional o de servicios en su jurisdicción. Está regulada por el Texto Único Ordenado de la Ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, aprobado por el D.S. 163-2020-PCM.

Operar sin licencia expone tu negocio a multas y a la clausura del local. Por eso es el primer permiso que debes gestionar antes de abrir al público.

Clasificación por nivel de riesgo

El trámite depende del nivel de riesgo de tu local, según el D.S. 002-2018-PCM y normas complementarias:

  • Riesgo bajo y medio: aprobación automática con la sola presentación de la solicitud completa (D.L. 1497). Puedes iniciar actividades de inmediato y la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) se hace después.
  • Riesgo alto y muy alto: requieren ITSE previa obligatoria antes de otorgar la licencia.

Los giros y aforos de cada nivel están estandarizados a nivel nacional, así que el municipio debe respetar esa clasificación.

Requisitos generales

  • Formulario de solicitud que entrega la municipalidad, con datos del solicitante, del establecimiento, giro y área del local.
  • Documento de identidad vigente del titular (persona natural) o del representante legal (persona jurídica).
  • Vigencia de poder del representante legal, cuando sea persona jurídica.
  • Declaración jurada de cumplimiento de condiciones de seguridad (para riesgo bajo y medio).

Si tu local es alquilado, conviene tener un contrato firmado y vigente. Revisa el modelo de contrato de arrendamiento de local comercial antes de presentar la solicitud.

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Costos y plazos en 2026

El costo varía por municipalidad. En Lima suele ubicarse entre S/ 178.70 y S/ 202.50. Para riesgo bajo y medio, la sola presentación de la solicitud completa autoriza iniciar actividades y el plazo de emisión formal del documento es de 2 días hábiles.

La ITSE para riesgo bajo y medio se tramita después de emitida la licencia: el inspector visita en un máximo de 7 días hábiles y tienes hasta un mes para tramitarla. El certificado ITSE tiene una vigencia de 2 años, mientras que la licencia en sí es de vigencia indeterminada.

Paso a paso para obtenerla

  1. Identifica el nivel de riesgo de tu giro y aforo en tu municipalidad.
  2. Reúne los requisitos y llena el formulario único.
  3. Paga la tasa municipal correspondiente.
  4. Presenta la solicitud. Si es riesgo bajo o medio, ya puedes abrir.
  5. Espera la ITSE (después para riesgo bajo y medio, antes para riesgo alto).
  6. Recibe tu licencia de funcionamiento.

Si tienes negocio formal, recuerda mantener al día tu inscripción en el RUC con la inscripción en el RUC (persona natural con negocio).

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la licencia de funcionamiento en 2026?

Depende de cada municipalidad. En Lima suele estar entre S/ 178.70 y S/ 202.50. Cada municipio fija su tasa según su TUPA.

¿Puedo abrir mi negocio el mismo día?

Sí, para negocios de riesgo bajo y medio hay aprobación automática con la sola presentación de la solicitud completa (D.L. 1497). Puedes iniciar actividades de inmediato.

¿La licencia se renueva cada año?

No. La licencia de funcionamiento tiene vigencia indeterminada. Solo es temporal (1 año) si tú lo solicitas expresamente.

¿Cuándo necesito la ITSE antes de la licencia?

Para negocios de riesgo alto y muy alto, la ITSE previa es obligatoria. Para riesgo bajo y medio se hace después de emitida la licencia.

¿Cuánto dura el certificado ITSE?

El certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones tiene una vigencia de 2 años.

¿Qué pasa si opero sin licencia?

Te arriesgas a multas municipales y a la clausura del local. La licencia es obligatoria conforme al TUO de la Ley 28976.

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