Retención de cuarta categoría 2026: cuándo te aplican el 8%
Publicado el 2026-06-07 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Tasa de retención | 8% |
| Umbral por recibo | Más de S/ 1,500 |
| Quién retiene | Agentes de retención (empresas) |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
¿Qué es la retención de cuarta categoría?
Cuando trabajas como independiente y emites recibos por honorarios, el impuesto a la renta no espera al final del año: se adelanta mediante pagos a cuenta. Una de las formas es la retención: el cliente descuenta un porcentaje y lo entrega a SUNAT a tu nombre. La tasa es del 8%.
Cuándo te aplican el 8%
La retención del 8% procede cuando se cumplen dos condiciones a la vez:
- El recibo por honorarios es mayor a S/ 1,500.
- Quien te paga es agente de retención (por lo general, empresas y entidades del Régimen General o RMT).
Si emites a una persona natural que no es agente de retención, no te retienen, pero podrías tener que hacer tú el pago a cuenta directo.
Recibos pequeños no sufren retención
Los recibos por honorarios de hasta S/ 1,500 no tienen retención. Por eso muchos independientes emiten varios recibos menores; pero ojo: lo que importa para tus obligaciones es el total anual de tus ingresos, no el monto de cada recibo aislado.
Cómo evitar la retención todo el año
Si proyectas que tus ingresos del año no superarán los límites de SUNAT, puedes pedir la suspensión de retenciones con el Formulario 1609 a partir del 1 de enero. Aprobada, tus clientes ya no te retienen el 8% por el resto del año. Conoce el procedimiento en la guía de suspensión de cuarta categoría 2026 y para emitir correctamente revisa cómo emitir tu recibo por honorarios.
Preguntas frecuentes
¿Desde qué monto me retienen cuarta categoría?
Desde recibos mayores a S/ 1,500, siempre que el pagador sea agente de retención. Hasta S/ 1,500 no hay retención.
¿Cuál es la tasa de retención?
8% del monto bruto del recibo, como pago a cuenta del impuesto a la renta de cuarta categoría.
¿Si emito a una persona natural me retienen?
Por lo general no, porque no es agente de retención. Pero podrías tener que efectuar tú mismo el pago a cuenta si superas los límites.
¿Cómo dejo de pagar el 8% durante el año?
Solicitando la suspensión de retenciones con el Formulario 1609 cuando tus ingresos proyectados no superen los topes que fija SUNAT.
¿La retención es un impuesto adicional?
No. Es un adelanto del impuesto anual. Al regularizar tu renta, lo retenido se descuenta de lo que debes o se devuelve si hay exceso.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Recibo por Honorarios (Formato Referencial)
Formato referencial de RHE. El documento oficial debe emitirse vía SUNAT Virtual con Clave SOL. Incluye cálculo de retención 8% IR.
ContratosContrato de Locación de Servicios
Contrato de locación de servicios genérico para profesionales independientes y consultores. Art. 1764 al 1770 del Código Civil. Sin vínculo laboral ni subordinación.
TributarioSolicitud de Devolución de Pagos en Exceso ante SUNAT
Solicitud de devolución de tributos pagados en exceso o indebidamente. Art. 38-39 del Código Tributario. Formulario Virtual N.° 4949.