Ir al contenido principal
Derecho Tributario

Retención de cuarta categoría 2026: cuándo te aplican el 8%

Publicado el 2026-06-07 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe

Datos rápidos

Tasa de retención8%
Umbral por reciboMás de S/ 1,500
Quién retieneAgentes de retención (empresas)
UIT 2026S/ 5,500
Retención de cuarta categoría 2026: cuándo te aplican el 8%, guía legal tributario Perú 2026

Cuándo te aplican el 8% en tus recibos

Te retienen el 8% de cuarta categoría cuando emites un recibo por honorarios mayor a S/ 1,500 a un cliente que es agente de retención (empresas y entidades del Régimen General o RMT). Si se cumplen esas dos condiciones a la vez, el cliente descuenta el 8% del monto bruto y lo entrega a SUNAT a tu nombre como pago a cuenta de tu impuesto a la renta.

La retención no es un impuesto extra: es un adelanto. Al final del año, cuando regularizas tu renta, todo lo retenido se descuenta de lo que debes; si te retuvieron de más, SUNAT te lo devuelve.

Publicidad

Qué es la retención de cuarta categoría

Cuando trabajas como independiente y emites recibos por honorarios, el impuesto a la renta no espera al cierre del ejercicio: se adelanta con pagos a cuenta. La retención es una de esas formas de adelanto. En vez de pagarte el 100% del recibo, el cliente te paga el 92% y deposita el 8% restante en SUNAT vinculado a tu RUC.

Esto aplica a la renta de cuarta categoría, que es la que genera el trabajo independiente prestado sin relación de dependencia: consultores, abogados, contadores, médicos, diseñadores y todo profesional o técnico que factura por honorarios bajo un contrato de locación de servicios.

El límite de S/ 1,500 por recibo

Los recibos por honorarios de hasta S/ 1,500 no sufren retención, aunque el cliente sea agente de retención. Por eso muchos independientes emiten varios recibos menores en el mes. Ten cuidado: lo que define tus obligaciones anuales es el total de tus ingresos del año, no el monto de cada recibo aislado.

Situación¿Retienen 8%?
Recibo de S/ 1,500 o menosNo
Recibo mayor a S/ 1,500 a empresa
Recibo a persona natural sin negocioNo (pero puede tocarte pago directo)
Con suspensión de retenciones vigenteNo, todo el año

Si emites a una persona natural

Cuando el que te paga es una persona natural que no es agente de retención, no te retienen el 8%. Pero eso no significa que estés libre: si tus ingresos del mes superan el monto que fija SUNAT, tú mismo debes hacer el pago a cuenta directo del 8% mediante el Formulario Virtual 616 dentro del cronograma de vencimientos. No hacerlo genera intereses moratorios y una eventual multa.

Publicidad

Cómo evitar la retención todo el año

Si proyectas que tus ingresos anuales no superarán el tope de SUNAT, puedes pedir la suspensión de retenciones y pagos a cuenta presentando la solicitud desde el 1 de enero por SUNAT Virtual. Aprobada, tus clientes dejan de retenerte el 8% y tú dejas de hacer pagos directos durante el resto del ejercicio.

Para calcular cuánto te tocaría pagar o cuánto te van a retener en el año usa la calculadora de renta de cuarta y quinta categoría. Y si ya te retuvieron de más, revisa cómo pedir la devolución de pagos en exceso ante SUNAT.

Errores frecuentes que te cuestan plata

  • No pedir la suspensión a tiempo: si tus ingresos son bajos, cada mes te retienen un 8% que recién recuperarás al año siguiente. Es tu dinero inmovilizado sin razón.
  • Fraccionar recibos de forma artificial: emitir dos recibos de S/ 1,000 el mismo día al mismo cliente por el mismo servicio puede ser observado por SUNAT como elusión.
  • Olvidar el pago directo: cuando facturas a personas naturales y superas el tope, la obligación de declarar y pagar es tuya, no del cliente.
  • No archivar tus recibos: los necesitas para sustentar la devolución o la declaración anual.

Si tu actividad es en realidad un empleo disfrazado de honorarios, revisa la diferencia entre contrato de trabajo y locación de servicios, porque podría corresponderte quinta categoría y beneficios laborales.

Casos frecuentes en la vida real

Caso 1: recién empiezas como independiente. Facturas S/ 2,000 a una empresa. Como supera S/ 1,500 y el cliente es agente de retención, te retienen S/ 160 (8%). Si sabes que este año ganarás poco, pide la suspensión desde enero y cobrarás los S/ 2,000 completos.

Caso 2: emites a varios clientes. En el mes facturas S/ 900, S/ 1,200 y S/ 1,800. Solo el recibo de S/ 1,800 sufre retención, porque los otros dos están por debajo del umbral. Aun así, todos tus ingresos suman para tu proyección anual.

Caso 3: facturas a una persona natural. Le emites S/ 3,000 a un cliente particular sin RUC de empresa. No te retienen, pero si superas el tope mensual de SUNAT debes hacer tú el pago a cuenta del 8% con el Formulario 616. Ese olvido es la causa más común de deudas al cierre del año.

Publicidad

Preguntas frecuentes

¿Desde qué monto me retienen cuarta categoría?

Desde recibos mayores a S/ 1,500, siempre que el pagador sea agente de retención. Hasta S/ 1,500 no hay retención.

¿Cuál es la tasa de retención?

8% del monto bruto del recibo, como pago a cuenta del impuesto a la renta de cuarta categoría.

¿Si emito a una persona natural me retienen?

Por lo general no, porque no es agente de retención. Pero podrías tener que efectuar tú mismo el pago a cuenta si superas los límites.

¿Cómo dejo de pagar el 8% durante el año?

Solicitando la suspensión de retenciones con el Formulario 1609 cuando tus ingresos proyectados no superen los topes que fija SUNAT.

¿La retención es un impuesto adicional?

No. Es un adelanto del impuesto anual. Al regularizar tu renta, lo retenido se descuenta de lo que debes o se devuelve si hay exceso.

¿Cómo hago el pago a cuenta si no me retienen?

Con el Formulario Virtual 616 en SUNAT Virtual, pagando el 8% de tus ingresos del mes dentro del cronograma de vencimientos según el último dígito de tu RUC.

¿La suspensión de retenciones dura para siempre?

No. Rige por el ejercicio en curso. Cada año, si mantienes ingresos bajos, debes volver a solicitarla desde enero para seguir sin retención.

¿Puedo dividir un servicio grande en varios recibos chicos?

Puedes emitir varios recibos, pero fraccionar de forma artificial una misma operación para no llegar a S/ 1,500 puede ser cuestionado por SUNAT. Emite según servicios reales.

Modelos relacionados (descarga gratis)

Sigue leyendo

🚀 Google AI Pro por 18 meses

S/ 60

Lo principal

🧠

Gemini Pro

La versión avanzada de la inteligencia artificial de Google. Le escribes lo que necesitas y te responde: redacta textos, resume documentos largos, traduce, explica temas, corrige tu trabajo y programa. Es como ChatGPT, pero de Google y en su versión de paga.

Incluye también Omni Flash, la versión rápida.
🍌

Nano Banana Pro

El creador de imágenes de Google. Describes con palabras la imagen que quieres y te la genera; también edita fotos que ya tienes (cambiarle el fondo, quitar algo, mejorarla). Sirve para banners, publicaciones y catálogos sin pagar diseñador.

Es el mismo con el que puedes hacer tus propios anuncios.

✨ Y además incluye

¿Cómo funciona?

Hay una empresa que recibe los 18 meses gratis y me rota los links de activación por cierto precio. Yo te paso esos links y activas tu cuenta con Google AI Pro.

Garantía

Si tu cuenta deja de funcionar antes de los 18 meses, te devuelvo parte de lo que pagaste según el tiempo que alcanzaste a usar:

Se cae duranteTe devuelvo
Mes 1S/ 50
Meses 2 a 6S/ 40
Meses 7 a 12S/ 25
Meses 13 a 17S/ 10
Mes 18ya se cumplió

No es devolución completa porque el servicio ya se usó. Al precio normal de Google, un solo mes cuesta unos US$ 20 (≈ S/ 75), más de lo que pagaste por los 18.

El plazo se cuenta desde el día que activas el link, no desde que pagas.

Lo quiero. Escríbeme por WhatsApp