Contrato de Locación de Servicios
Contrato de locación de servicios genérico para profesionales independientes y consultores. Art. 1764 al 1770 del Código Civil. Sin vínculo laboral ni subordinación.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS que celebran de una parte:
EL COMITENTE:
Nombre/Razón Social : [NOMBRE_COMITENTE]
DNI/RUC : [DNI_RUC_COMITENTE]
Domicilio : [DOMICILIO_COMITENTE]
Y de la otra parte:
EL LOCADOR:
Nombre : [NOMBRE_LOCADOR]
DNI : [DNI_LOCADOR]
RUC : [RUC_LOCADOR]
Profesión / Oficio : [PROFESION]
Domicilio : [DOMICILIO_LOCADOR]
En los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES Y NATURALEZA DEL CONTRATO
EL COMITENTE requiere los servicios profesionales / técnicos de un tercero independiente para [DESCRIPCION_GENERAL_DEL_SERVICIO]. EL LOCADOR cuenta con la experiencia, idoneidad y los medios propios necesarios para prestarlos sin sujeción a horario fijo, sin subordinación ni exclusividad respecto de EL COMITENTE.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato, EL LOCADOR se obliga a prestar a EL COMITENTE los siguientes servicios:
a) [SERVICIO_1]
b) [SERVICIO_2]
c) [SERVICIO_3]
Los entregables específicos, criterios de aceptación y cronograma se detallan en el Anexo A que forma parte integral de este contrato.
CLÁUSULA TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO
3.1 EL COMITENTE pagará a EL LOCADOR la suma de S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_EN_LETRAS] y 00/100 Soles) más IGV de corresponder, como contraprestación total por los servicios.
3.2 La forma de pago será:
- [PORCENTAJE_INICIAL]% a la firma del contrato: S/ [MONTO_INICIAL]
- [PORCENTAJE_RESTANTE]% contra entrega de [HITO_O_FECHA]: S/ [MONTO_RESTANTE]
3.3 EL LOCADOR emitirá Recibo por Honorarios Electrónico (RHE) por cada pago, conforme a la R.S. 182-2008/SUNAT y normas complementarias. EL COMITENTE actuará como agente de retención del 8% del impuesto a la renta de cuarta categoría cuando corresponda.
CLÁUSULA CUARTA.- PLAZO Y VIGENCIA
El plazo de ejecución será de [PLAZO] contado desde el [FECHA_INICIO] hasta el [FECHA_FIN]. Las partes podrán acordar por escrito una prórroga.
CLÁUSULA QUINTA.- INDEPENDENCIA Y NO LABORALIDAD
5.1 Las partes declaran expresamente que el presente contrato es de NATURALEZA CIVIL conforme al Art. 1764 del Código Civil, y NO genera vínculo laboral, subordinación, dependencia ni exclusividad alguna entre ellas.
5.2 EL LOCADOR ejecuta los servicios con autonomía técnica y económica, utilizando sus propios recursos, sin sujeción a horario, lugar de trabajo fijo ni instrucciones diarias del COMITENTE. Las directrices generales sobre el alcance del servicio no constituyen subordinación.
5.3 EL LOCADOR es responsable del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social como trabajador independiente.
CLÁUSULA SEXTA.- CONFIDENCIALIDAD
EL LOCADOR se obliga a mantener en estricta reserva toda información confidencial, comercial, técnica o de clientes a la que acceda con motivo del servicio. Esta obligación subsiste por TRES (03) AÑOS posteriores al término del contrato.
CLÁUSULA SÉTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL
Los entregables resultantes del servicio (informes, diseños, código, documentos, materiales) son de propiedad de EL COMITENTE desde su entrega. EL LOCADOR cede los derechos patrimoniales correspondientes y conserva los derechos morales irrenunciables previstos en el D.Leg. 822.
CLÁUSULA OCTAVA.- RESOLUCIÓN
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato por incumplimiento de la otra, conforme al Art. 1428 del Código Civil, previa carta notarial otorgando un plazo no menor de QUINCE (15) días para subsanar (Art. 1429 CC). El COMITENTE pagará proporcionalmente los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de resolución.
CLÁUSULA NOVENA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por la legislación peruana. Las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales del distrito judicial de [DISTRITO_JUDICIAL], renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
En señal de conformidad, firman las partes en dos ejemplares de igual tenor, en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [AÑO].
_____________________________ _____________________________
EL COMITENTE EL LOCADOR
[NOMBRE_COMITENTE] [NOMBRE_LOCADOR]
DNI N° [DNI_RUC_COMITENTE] DNI N° [DNI_LOCADOR]
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando contratas a un profesional o técnico independiente para que realice un servicio sin relación de dependencia. La locación de servicios se rige por los Arts. 1764 al 1770 del Código Civil: el locador se obliga a prestar sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución, sin estar subordinado al comitente. Es la figura adecuada para honorarios profesionales, consultorías, servicios técnicos y trabajos puntuales. Lo que no debe esconder es una verdadera relación laboral.
Diferencia clave con el contrato laboral
La diferencia esencial es la subordinación. En la locación de servicios el locador trabaja con autonomía: decide cómo, cuándo y dónde hacer el trabajo, no cumple horario impuesto, no está sujeto a órdenes ni sanciones del comitente. Si en los hechos hay horario fijo, órdenes, exclusividad y control disciplinario, opera el principio de primacía de la realidad y un juez puede declarar que existe una relación laboral encubierta, con todos los beneficios sociales que ello implica. Por eso el contrato debe reflejar autonomía real.
Cláusulas que debe incluir
- Identificación de las partes (comitente y locador).
- Descripción precisa del servicio o trabajo a realizar.
- Plazo o duración (por tiempo o por obra determinada).
- Retribución y forma de pago (contra entregables, por hito o mensual).
- Emisión de recibo por honorarios electrónico por el locador.
- Autonomía del locador y ausencia de subordinación.
- Confidencialidad y propiedad de los resultados, si aplica.
Tributación del locador
El locador persona natural emite recibo por honorarios electrónico y genera renta de cuarta categoría. El comitente, si es agente de retención, retiene 8% del recibo por honorarios cuando supera el monto mínimo, salvo que el locador tenga suspensión de retenciones vigente. El locador puede deducir gastos y debe regularizar su Impuesto a la Renta anual. No genera derechos laborales: ni CTS, ni gratificaciones, ni vacaciones.
Base legal citada literal
- Art. 1764 CC: definición de la locación de servicios.
- Art. 1765 CC: objeto (servicios materiales e intelectuales).
- Art. 1768 CC: plazo máximo (6 años para servicios profesionales, 3 para otros).
- Art. 4 LPCL: presunción de laboralidad cuando hay subordinación.
Errores frecuentes
- Usar locación de servicios para encubrir trabajo subordinado. El riesgo de demanda por desnaturalización es alto.
- Imponer horario fijo y control disciplinario al locador.
- No exigir recibo por honorarios, lo que genera contingencia tributaria.
Si encubre una relación laboral
Si en los hechos eres trabajador subordinado y te contrataron como locador, puedes reclamar el reconocimiento de la relación laboral y los beneficios sociales con la demanda de desnaturalización. Para servicios profesionales específicos revisa el contrato freelance.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de locación de servicios
¿El modelo de contrato de locación de servicios es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-locacion-de-servicios/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de locación de servicios sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Locación de Servicios Legales
Modelo de contrato de locación de servicios legales conforme al Artículo 1764 del Código Civil peruano. Acuerdo entre cliente y abogado para asesoría, representación procesal o consultoría, sin relación de dependencia.
Contrato de Locación de Servicios Profesionales de Arquitecto
Modelo de contrato de locación de servicios profesionales de arquitecto para proyecto, expediente técnico o supervisión, conforme a los artículos 1764 a 1770 del Código Civil. Word editable.
Contrato de Locación de Servicios de Ingeniería
Modelo de contrato de locación de servicios profesionales de ingeniería para estudios, proyectos o supervisión técnica, conforme a los artículos 1764 a 1770 del Código Civil. Word editable.
Contrato de Locación de Servicios Médicos de Consulta Externa
Contrato para la prestación de servicios profesionales de un médico a un paciente o clínica, sin relación laboral, al amparo del Código Civil sobre locación de servicios.
Contrato de Servicios de Consultoría
Contrato para la prestación de servicios especializados de consultoría profesional. Art. 1764 CC.
Contrato de Prestación de Servicios de Mantenimiento
Modelo de contrato de locación de servicios de mantenimiento (preventivo y correctivo) regido por el Art. 1764 del Código Civil, con cronograma, tarifas y responsabilidad del locador.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras