Recibo por Honorarios (Formato Referencial)
Formato referencial de RHE. El documento oficial debe emitirse vía SUNAT Virtual con Clave SOL. Incluye cálculo de retención 8% IR.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECIBO POR HONORARIOS ELECTRÓNICOS (RHE)
FORMATO REFERENCIAL - BORRADOR
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IMPORTANTE: Este es un formato referencial. El RHE oficial
DEBE emitirse electrónicamente vía SUNAT Virtual
(www.sunat.gob.pe) con su Clave SOL, conforme a la R.S.
No. 182-2008/SUNAT y modificatorias.
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RHE No. : E001-[NÚMERO_CORRELATIVO]
Fecha de emisión : [DÍA] de [MES] de [AÑO]
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DATOS DEL PRESTADOR DEL SERVICIO (LOCADOR)
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Apellidos y Nombres : [NOMBRE_ABOGADO]
RUC : [RUC_ABOGADO]
Dirección : [DIRECCIÓN_ESTUDIO]
Distrito : [DISTRITO], Lima
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DATOS DEL USUARIO DEL SERVICIO (COMITENTE)
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Nombre/Razón Social : [NOMBRE_CLIENTE]
RUC/DNI : [RUC_DNI_CLIENTE]
Dirección : [DIRECCIÓN_CLIENTE]
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DETALLE DEL SERVICIO
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Descripción:
[DESCRIPCIÓN_SERVICIO]
Ej: "Servicios de asesoría legal y patrocinio en el proceso
judicial Exp. No. [NÚMERO_EXPEDIENTE], período [MES_SERVICIO]
de [AÑO_SERVICIO]."
Tipo de renta : Cuarta Categoría
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DETALLE DEL PAGO
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Monto bruto del servicio : S/ [MONTO_BRUTO]
Retención del Impuesto a la
Renta (8%) : S/ -[MONTO_RETENCIÓN]
(Aplica cuando el monto bruto
supera S/ 1,500.00 y el
prestador no tiene suspensión
de retenciones)
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MONTO NETO A PAGAR : S/ [MONTO_NETO]
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INFORMACIÓN ADICIONAL
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Forma de pago : [EFECTIVO / TRANSFERENCIA / DEPÓSITO]
Banco : [BANCO]
Cuenta : [NÚMERO_CUENTA]
CCI : [CCI]
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NOTAS IMPORTANTES:
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1. El RHE debe emitirse obligatoriamente de forma electrónica
vía SUNAT Operaciones en Línea (SOL) o el APP SUNAT.
2. Si el monto supera S/ 1,500.00, el pagador debe retener
el 8% del IR de Cuarta Categoría.
3. Si sus ingresos anuales no superan S/ 43,313 (2026), puede
solicitar SUSPENSIÓN DE RETENCIONES (Formulario Virtual 1609).
4. Los RHE deben declararse en el PDT 616 o Declara Fácil.
5. Llevar Libro de Ingresos y Gastos registrando todos los RHE.
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[NOMBRE_ABOGADO]
RUC: [RUC_ABOGADO]
Ref. Legal: Art. 33 Ley del IR (D.S. 179-2004-EF);
R.S. 182-2008/SUNAT; R.S. 043-2017/SUNAT.
Qué es y para qué sirve
Este es un formato referencial de recibo por honorarios para que entiendas qué datos lleva un comprobante por servicios profesionales independientes. Importante: el recibo por honorarios válido para efectos tributarios en el Perú es el recibo por honorarios electrónico (RHE) que se emite desde SUNAT Operaciones en Línea con tu Clave SOL. Un documento en Word o impreso no reemplaza al RHE y no sirve para deducir gasto ni para sustentar tus ingresos ante SUNAT. Usa este modelo solo como guía interna, como detalle de servicio anexo o cuando quieras dejar constancia de un pago entre particulares.
Quién emite recibo por honorarios
Lo emite la persona natural que presta servicios bajo renta de cuarta categoría: abogados, contadores, médicos, ingenieros, gasfiteros, consultores, profesores particulares y cualquier trabajador independiente. No lo usa la empresa ni quien tiene contrato de trabajo en planilla. Si tu actividad es habitual y de tipo comercial, no corresponde recibo por honorarios sino factura o boleta de venta de cuarta o tercera categoría según el caso.
Datos que no pueden faltar
- Nombre completo y RUC de quien emite (el prestador del servicio).
- Nombre o razón social y RUC o DNI de quien recibe el servicio (el usuario).
- Descripción clara del servicio prestado y la fecha.
- Monto bruto, retención de renta de cuarta cuando corresponde y monto neto a cobrar.
- Numeración correlativa del comprobante.
La retención del 8%
Cuando el usuario es una empresa o entidad obligada a llevar contabilidad y el monto del recibo supera los S/ 1500, debe retenerte el 8% por concepto de renta de cuarta categoría y pagarlo a SUNAT. Esa retención no es un costo, es un adelanto de tu impuesto anual: la recuperas o la usas como crédito en tu declaración. Si proyectas que tus ingresos anuales no superarán el límite fijado cada año por SUNAT, puedes pedir la suspensión de retenciones de cuarta categoría para que no te descuenten.
Base legal
- Art. 33 de la Ley del Impuesto a la Renta: define las rentas de cuarta categoría.
- Art. 74 de la Ley del Impuesto a la Renta: retención del 8% por renta de cuarta.
- Resolución de Superintendencia 182-2008/SUNAT: regula el recibo por honorarios electrónico.
Errores frecuentes
- Entregar un recibo en Word creyendo que reemplaza al RHE. No lo reemplaza para efectos tributarios.
- No declarar el RHE emitido. Aunque te retengan el 8%, igual debes presentar tu declaración mensual y anual.
- Olvidar pedir la suspensión de retenciones a inicio de año cuando tus ingresos serán bajos.
Documentos relacionados
Si prestas servicios de forma recurrente conviene firmar un contrato de locación de servicios que detalle alcance y honorarios. Para servicios técnicos puntuales revisa el contrato de servicios de consultoría.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recibo por honorarios (formato referencial)
¿El modelo de recibo por honorarios (formato referencial) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recibo-por-honorarios-formato-referencial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recibo por honorarios (formato referencial) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
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Solicitud de devolución de tributos pagados en exceso o indebidamente. Art. 38-39 del Código Tributario. Formulario Virtual N.° 4949.
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Queja ante el Defensor del Contribuyente o ante SUNAT por actuaciones indebidas. Art. 155 del Código Tributario.
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