Carta al Consulado del Perú por Retención del Pasaporte por el Empleador en el Extranjero
Carta dirigida a la oficina consular para denunciar que un empleador retiene el pasaporte de un trabajador peruano migrante, pedir un nuevo documento de viaje y activar la asistencia consular y los protocolos de trabajo forzoso.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA DE SOLICITUD DE INTERVENCIÓN CONSULAR Y DE NUEVO DOCUMENTO DE VIAJE POR RETENCIÓN DEL PASAPORTE ================================================================== LO PRIMERO ES RECUPERAR LA LIBERTAD DE MOVIMIENTO El consulado no tiene potestad coercitiva sobre un empleador en territorio extranjero, porque sus funciones se ejercen con arreglo a las leyes del Estado receptor. Lo que sí puede hacer de inmediato es expedirte un NUEVO PASAPORTE. Por eso el pedido principal de esta carta es el documento de viaje, y no una orden contra el empleador. Ningún particular está autorizado a retener tu documento de viaje ni a condicionar tu trabajo a esa entrega. ================================================================== DESTINATARIO: Señor(a) Cónsul General del Perú en [CIUDAD_SEDE_DEL_CONSULADO] [DIRECCION_COMPLETA_DE_LA_OFICINA_CONSULAR] [PAIS] REMITENTE: [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_TRABAJADOR], ciudadano(a) peruano(a) Documento Nacional de Identidad N.° [NUMERO_DNI] Domicilio: [DOMICILIO_ACTUAL_EN_EL_EXTERIOR] Teléfono: [TELEFONO_DE_CONTACTO] / Correo: [CORREO_ELECTRONICO] REFERENCIA: Retención del Pasaporte peruano N.° [NUMERO_DEL_PASAPORTE] por parte de [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR]. Solicitud de nuevo documento de viaje y de asistencia consular urgente. FECHA: [CIUDAD_Y_PAIS], [DIA] de [MES] de [ANIO]. De mi mayor consideración: Me dirijo a usted en mi condición de ciudadano peruano residente en la circunscripción de esa Oficina Consular, para poner en su conocimiento una situación que afecta mi libertad de tránsito y mi seguridad personal, y para solicitar su intervención. I. ANTECEDENTES 1.1. El [FECHA_DE_INICIO_DE_LA_RELACION_LABORAL] inicié labores para [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR], con domicilio en [DIRECCION_DEL_EMPLEADOR], desempeñando el puesto de [PUESTO_O_LABOR_QUE_DESEMPENIA], con una jornada de [HORAS_DE_JORNADA_DIARIA] horas diarias y una remuneración pactada de [MONTO_DE_LA_REMUNERACION] en [MONEDA]. 1.2. Al momento de la contratación, y bajo el argumento de [ARGUMENTO_INVOCADO_POR_EL_EMPLEADOR: trámite de permiso de trabajo, garantía del contrato u otro], el empleador me exigió la entrega de mi Pasaporte peruano N.° [NUMERO_DEL_PASAPORTE] y de [OTROS_DOCUMENTOS_RETENIDOS]. La entrega se produjo el [FECHA_DE_ENTREGA_DE_LOS_DOCUMENTOS] sin que se me otorgara recibo alguno. 1.3. He requerido la devolución de mis documentos en las siguientes oportunidades: [FECHAS_Y_MEDIOS_DE_LOS_REQUERIMIENTOS_EFECTUADOS]. En todas ellas la respuesta fue [RESPUESTA_RECIBIDA_DEL_EMPLEADOR]. 1.4. La situación se agrava porque [DESCRIBIR_CIRCUNSTANCIAS_ADICIONALES: descuentos no pactados, alojamiento condicionado, restricción de salidas, amenazas de denuncia migratoria, deuda impuesta u otra]. 1.5. Requiero un documento de viaje con urgencia porque [MOTIVO_DE_LA_URGENCIA: retorno programado al Perú, vencimiento del permiso de residencia, emergencia familiar u otro]. 1.6. [SI_CORRESPONDE] Presenté denuncia por la retención de mi documento ante [AUTORIDAD_POLICIAL_O_LABORAL_LOCAL] el [FECHA_DE_LA_DENUNCIA], registrada con el número [NUMERO_DE_DENUNCIA]. II. LO QUE SOLICITO 2.1. PEDIDO PRINCIPAL. Que se me expida un nuevo PASAPORTE ELECTRÓNICO ORDINARIO. Si el plazo de emisión no alcanza para la fecha de viaje que acredito, pido de manera alternativa la expedición del PASAPORTE DE EMERGENCIA, documento que desde julio de 2026 reemplaza al salvoconducto, que tiene una vigencia de siete meses no prorrogables y que permite continuar el viaje para retornar al Perú o al país de residencia. 2.2. Que se deje constancia en el expediente consular de que mi pasaporte anterior se encuentra en poder de un particular sin mi consentimiento, y que se disponga lo que corresponda respecto de ese documento. 2.3. Que la Oficina Consular registre el caso y me brinde orientación sobre las acciones administrativas, laborales y penales disponibles ante las autoridades de [PAIS_DE_RESIDENCIA], que son las competentes para actuar contra el empleador. 2.4. Que se me informe sobre los servicios de defensa legal gratuita, los consultorios jurídicos, las organizaciones de apoyo al migrante y los servicios de asistencia a víctimas disponibles en la circunscripción consular. 2.5. Que, de existir indicios de trata de personas o de trabajo forzoso, se activen los protocolos de protección correspondientes y se coordine con la autoridad competente del Estado receptor. 2.6. Que se me acompañe, en la medida que la práctica consular lo permita, en la presentación de la denuncia ante la autoridad laboral o policial local. 2.7. [SOLO_SI_HAY_PRIVACION_DE_LIBERTAD] Que, en caso de detención o privación de libertad, se ejerza la comunicación y visita consular prevista en el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. III. MARCO NORMATIVO Y SUS LÍMITES REALES 3.1. El artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 asigna a los funcionarios consulares la protección de los intereses de los nacionales, la prestación de ayuda y asistencia, y la expedición de pasaportes y documentos de viaje. Esas funciones se ejercen con arreglo a las leyes y reglamentos del Estado receptor. 3.2. El artículo 21 de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares prohíbe que una persona que no sea funcionario público debidamente autorizado por la ley confisque, destruya o intente destruir documentos de identidad, autorizaciones de entrada, estancia, residencia o permanencia, y permisos de trabajo. Cuando la confiscación está autorizada, no puede efectuarse sin la previa entrega de un recibo detallado, y en ningún caso está permitido destruir el pasaporte del trabajador migratorio. ADVERTENCIA: esta Convención obliga al Estado receptor solo si ese Estado la ratificó. El Perú es parte, pero los Estados Unidos y los Estados de Europa occidental no lo son. Antes de invocar el artículo 21 frente al empleador, verifica el estado de ratificación de [PAIS_DE_RESIDENCIA] en la colección de tratados de las Naciones Unidas o en el portal de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. 3.3. El artículo 129-O del Código Penal peruano, ubicado en el Título I-A del Libro Segundo, Delitos contra la Dignidad Humana, tipifica el trabajo forzoso. La conducta descrita en esta carta encuadra en esa figura y por eso pido que se active el protocolo correspondiente. La persecución penal de un empleador extranjero por hechos cometidos fuera del Perú requiere que se cumplan los supuestos de aplicación extraterritorial del artículo 2 del Código Penal, de modo que la denuncia penal debe presentarse ante la autoridad competente del Estado receptor. 3.4. El Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, regula la asistencia y protección al nacional en el exterior y la expedición de documentos de viaje. El Decreto Supremo N.° 031-2026-RE regula el pasaporte de emergencia. 3.5. El artículo 2 de la Constitución Política del Perú reconoce en su inciso 11 la libertad de tránsito, en su inciso 15 la libertad de trabajo y en su inciso 24 literal b la prohibición de la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. IV. PLAZO Agradeceré recibir respuesta dentro del plazo de [NUMERO_DE_DIAS_HABILES] días hábiles contados desde la recepción de esta carta, o en el plazo menor que la urgencia del caso aconseje. V. DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑO 1. Copia de mi Documento Nacional de Identidad y de la página de datos de mi pasaporte, de contar con ella. 2. Copia del contrato de trabajo o de la constancia de la relación laboral. 3. Capturas de mensajes y comunicaciones sostenidas con el empleador. 4. Boletas de pago o comprobantes de remuneración percibida. 5. Declaración jurada sobre las circunstancias de la entrega y de la retención del documento. 6. Copia de la denuncia policial o laboral presentada ante la autoridad local, de existir. 7. Fotografías y comprobante de pago del derecho consular para la expedición del nuevo documento de viaje. Sin otro particular, quedo a la espera de su respuesta y reitero a usted las muestras de mi consideración. Atentamente, ____________________________________ [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_TRABAJADOR] DNI N.° [NUMERO_DNI] BASE LEGAL 1. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, artículo 5 (protección y asistencia a los nacionales, expedición de pasaportes y documentos de viaje). 2. Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE (asistencia y protección al nacional en el exterior). 3. Decreto Supremo N.° 031-2026-RE (pasaporte de emergencia, que sustituye al salvoconducto). 4. Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, artículo 21, invocable frente al Estado receptor solo si ese Estado es parte. 5. Código Penal, artículo 129-O, Título I-A, Delitos contra la Dignidad Humana (trabajo forzoso), y artículo 2 (aplicación extraterritorial de la ley penal peruana). 6. Constitución Política del Perú, artículo 2 incisos 11, 15 y 24 literal b. Solo cuando exista detención o privación de libertad: Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, artículo 36 (comunicación con los nacionales detenidos).
Para qué sirve
Llegaste con un contrato firmado y, al aterrizar, la empresa te pidió el pasaporte para el trámite de la visa. Pasaron los meses, el documento no vuelve y cada vez que preguntas te dicen que está en gestión. Sin pasaporte no puedes viajar ni cambiar de empleador, y renunciar te deja en situación irregular.
Esta carta pone el caso ante la oficina consular de tu circunscripción y pide dos cosas: un nuevo documento de viaje y la asistencia consular. El pedido principal es el pasaporte, porque el consulado ejerce sus funciones con arreglo a las leyes del Estado donde está y carece de potestad coercitiva sobre un empleador extranjero. Lo que sí puede hacer de inmediato es devolverte la capacidad de moverte.
Cuándo conviene usarlo
- El empleador o la agencia de reclutamiento se quedó con tu pasaporte y condiciona la devolución al fin del contrato.
- Te dicen que el documento está en trámite migratorio y no te dan constancia ni número de expediente.
- Con la retención vienen descuentos no pactados o jornadas sin descanso.
- Necesitas volver al Perú por una emergencia y el documento no aparece.
Cómo llenarlo
- Reúne prueba de que el pasaporte está en manos ajenas: el mensaje donde te lo piden, el cargo de entrega y el nombre de quien lo recibió, con fechas. Sin ese detalle la carta se lee como un extravío.
- Identifica al empleador con razón social, dirección del centro de trabajo, nombre del representante y número de contrato. Un dato vago obliga a pedir aclaraciones y pierdes semanas.
- Consigna un correo y un teléfono que controles tú, nunca los del empleador ni los del alojamiento que él administra. Es el descuido que deja la respuesta consular en manos de quien te retiene el documento.
- Pide el registro del caso con número de expediente y guarda copia de todo. Si tu salida es urgente, dilo, porque existe un pasaporte de emergencia con reglas propias.
Base legal
El artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 encarga al consulado proteger a sus nacionales dentro de los límites del derecho del Estado receptor. El artículo 21 de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares prohíbe que una persona no autorizada por la ley confisque documentos de identidad. La Constitución protege la libertad de tránsito y la libertad personal en el artículo 2, incisos 11 y 24 literal b, y el trabajo libre en el inciso 15. El Código Penal tipifica el trabajo forzoso en el artículo 129-O y regula la aplicación extraterritorial en su artículo 2. El documento se expide conforme al Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2023-RE, y el pasaporte de emergencia conforme al Decreto Supremo N.° 031-2026-RE.
¿El consulado puede obligar a mi empleador a devolverme el pasaporte?
No de manera directa, porque sus funciones se ejercen con arreglo a las leyes del país donde está. Lo que sí hace es gestionar ante las autoridades locales y expedirte un documento de viaje nuevo.
Si pido un pasaporte nuevo, ¿el retenido queda anulado?
El anterior deja de ser válido cuando se expide uno nuevo por la causal declarada, y eso le quita al empleador la herramienta con la que te presiona. Declara las circunstancias reales, porque presentar como extravío lo que es una retención puede volverse en tu contra.
¿Conviene denunciar también ante la autoridad del país donde trabajo?
Sí, y esta carta no reemplaza esa denuncia. La retención suele ser indicio de trabajo forzoso, y en muchos países hay inspección laboral o unidades de protección a víctimas que actúan rápido ante ese indicio. Pide al consulado orientación sobre ese canal.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta al consulado del perú por retención del pasaporte por el empleador en el extranjero
¿El modelo de carta al consulado del perú por retención del pasaporte por el empleador en el extranjero es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-al-consulado-del-peru-por-retencion-del-pasaporte-por-el-empleador-en-el-extranjero/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta al consulado del perú por retención del pasaporte por el empleador en el extranjero sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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