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Civil

Carta de Autorización de Uso de Imagen

Carta con la que una persona autoriza el uso de su imagen, voz o fotografía para fines determinados, otorgando el consentimiento que exige el Art. 15 del Código Civil sobre derecho a la imagen.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA DE AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN

[CIUDAD], [FECHA]

Señores
[NOMBRE_BENEFICIARIO]
RUC / DNI N° [DOC_BENEFICIARIO]
Dirección: [DIRECCION_BENEFICIARIO]
Presente.

Referencia: Autorización para el uso de imagen, voz y fotografía.

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_TITULAR], identificado(a) con DNI N° [DNI_TITULAR], con domicilio en [DIRECCION_TITULAR], por medio de la presente otorgo mi consentimiento libre, expreso e informado en los siguientes términos.

PRIMERO. OBJETO. Autorizo a [NOMBRE_BENEFICIARIO] a captar, fijar, reproducir y difundir mi imagen, voz y fotografías obtenidas el / durante [DESCRIPCION_MATERIAL].

SEGUNDO. FINALIDAD. La autorización se otorga únicamente para los siguientes fines: [FINALIDAD_USO]. Queda prohibido cualquier uso distinto al aquí señalado, en especial usos que afecten mi honor o reputación.

TERCERO. MEDIOS. El material podrá difundirse en [MEDIOS_DIFUSION].

CUARTO. ALCANCE. La presente autorización es de carácter [GRATUITO_U_ONEROSO] y tiene una vigencia de [VIGENCIA] desde la fecha. Su ámbito territorial es [AMBITO_TERRITORIAL].

QUINTO. BASE LEGAL. Otorgo este consentimiento conforme al artículo 15 del Código Civil, que dispone que la imagen y la voz de una persona no pueden ser aprovechadas sin su autorización expresa. Asimismo, esta autorización es revocable y podrá dejarse sin efecto mediante comunicación escrita.

Declaro que esta autorización refleja mi voluntad y que he sido informado(a) de su alcance.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_TITULAR]
DNI N° [DNI_TITULAR]

La carta de autorización de uso de imagen es el documento con el que una persona consiente que su imagen, su voz o su retrato sean captados, reproducidos o difundidos por otra, con fines y en condiciones determinadas. La imagen es un atributo de la persona protegido por la ley peruana, y por regla general nadie puede usar la imagen de otro sin su consentimiento. Con esta carta se otorga ese permiso de forma ordenada y por escrito, precisando para qué se usará (publicidad, redes sociales, una campaña, un video institucional), por cuánto tiempo, en qué medios y si es a título gratuito u oneroso. Es la herramienta que da seguridad jurídica tanto a quien aparece en la imagen como a quien la va a utilizar.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La firma la persona titular de la imagen (o su representante legal si se trata de un menor o incapaz) a favor de quien va a usarla: una empresa, una agencia, un fotógrafo, una marca o un medio. Conviene usarla siempre antes de publicar fotografías, videos o grabaciones donde aparezca una persona identificable con fines comerciales, publicitarios o de difusión. Es indispensable en campañas de marketing, contenidos para redes, testimonios, sesiones de fotos, eventos y producciones audiovisuales. Tenerla por escrito evita reclamos posteriores y delimita con claridad el alcance del permiso. Cuando el retratado es menor de edad, la autorización debe darla quien ejerce la patria potestad o la tutela, y conviene cuidar especialmente su interés superior.

Base legal vigente 2026

El derecho a la imagen como atributo de la persona se protege en el artículo 15 del Código Civil, que dispone que la imagen y la voz de una persona no pueden ser aprovechadas sin su asentimiento expreso, salvo las excepciones que la propia norma contempla (notoriedad, cargo, hechos de interés público u otros fines previstos por ley). Este derecho se conecta con la protección general de los derechos de la persona del artículo 5 del Código Civil y con el derecho a la propia imagen reconocido en el artículo 2 inciso 7 de la Constitución Política del Perú. Cuando el uso de la imagen implica tratar datos personales, se aplica además la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento, que exigen el consentimiento del titular para el tratamiento de su imagen como dato personal. Si el titular es menor de edad, la autorización la otorgan los padres conforme a la patria potestad regulada en el Código de los Niños y Adolescentes.

Qué datos y documentos necesitas

  • Los datos completos del titular de la imagen y del autorizado (persona o empresa).
  • Si es menor de edad, los datos del padre, madre o representante que autoriza.
  • La descripción del material: fotografías, videos, grabaciones de voz.
  • La finalidad concreta del uso (publicidad, redes, campaña, institucional).
  • Los medios y el ámbito territorial donde se difundirá.
  • El plazo de la autorización y si es gratuita o con contraprestación.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Define con precisión qué imágenes se usarán, con qué fin y en qué medios.
  2. Identifica al titular y, si es menor, a quien autoriza por él.
  3. Redacta la carta detallando finalidad, medios, plazo y si hay contraprestación, citando el artículo 15 del Código Civil.
  4. Incluye la cláusula de consentimiento para el tratamiento de datos conforme a la Ley 29733 si corresponde.
  5. Haz que el titular (o su representante) firme la autorización y consigne su documento de identidad.
  6. Conserva el documento firmado, ya que es la prueba del consentimiento ante cualquier reclamo.

Errores comunes a evitar

  • Usar la imagen sin autorización escrita, exponiéndose a reclamos por afectación del derecho a la imagen.
  • Redactar una autorización demasiado vaga, sin precisar finalidad, medios ni plazo.
  • Olvidar el consentimiento para datos personales cuando la imagen se trata como dato.
  • Usar la imagen de un menor sin la autorización de quien ejerce la patria potestad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo publicar la foto de alguien sin su permiso?

Como regla, no. El artículo 15 del Código Civil dispone que la imagen y la voz de una persona no pueden ser aprovechadas sin su asentimiento expreso, salvo excepciones como la notoriedad o los hechos de interés público. Para usos comerciales o publicitarios, la autorización por escrito es lo recomendable.

¿Cómo autorizo el uso de la imagen de mi hijo menor?

La autorización la otorgan los padres en ejercicio de la patria potestad regulada por el Código de los Niños y Adolescentes, cuidando siempre el interés superior del menor. El artículo 15 del Código Civil protege la imagen de toda persona, por lo que el consentimiento debe darlo su representante legal.

¿La autorización puede ser por tiempo indefinido?

Conviene fijar un plazo y un alcance claros. El artículo 15 del Código Civil exige el asentimiento del titular, y al tratarse también de datos personales bajo la Ley 29733, el consentimiento puede revocarse. Por eso es mejor delimitar finalidad, medios y duración para dar seguridad a ambas partes.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de autorización de uso de imagen

¿El modelo de carta de autorización de uso de imagen es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-autorizacion-de-uso-de-imagen/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta de autorización de uso de imagen sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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