Carta de Invitación a Conciliar
Carta para invitar a la otra parte a resolver un conflicto mediante conciliación extrajudicial antes de acudir al Poder Judicial, conforme a la Ley 26872 de Conciliación.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA DE INVITACIÓN A CONCILIAR [CIUDAD], [FECHA] Señor(a) [NOMBRE_INVITADO] DNI / RUC N° [DOC_INVITADO] Dirección: [DIRECCION_INVITADO] Referencia: Invitación a resolver el conflicto sobre [MATERIA_CONTROVERTIDA] mediante conciliación extrajudicial. Estimado(a) señor(a): Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DIRECCION_SOLICITANTE], me dirijo a usted con la finalidad de invitarlo(a) de manera formal a una conciliación. Como es de su conocimiento, entre nosotros existe una controversia respecto de [DESCRIPCION_CONFLICTO], cuya cuantía o pretensión asciende a [MONTO_O_PRETENSION]. Antes de acudir al Poder Judicial, le propongo resolver este asunto de forma directa y pacífica a través de la conciliación extrajudicial, mecanismo regulado por la Ley N° 26872, Ley de Conciliación, que constituye un medio alternativo de solución de conflictos y, en muchas materias, requisito de procedibilidad antes de demandar. A tal efecto, lo(a) invito a apersonarse al Centro de Conciliación [NOMBRE_CENTRO], ubicado en [DIRECCION_CENTRO], donde de común acuerdo podemos fijar fecha y hora para la audiencia, o a comunicarse conmigo al [TELEFONO_SOLICITANTE] para coordinar. La conciliación nos permitirá ahorrar tiempo y costos, y el acta que se suscriba tendrá mérito de título ejecutivo conforme a la citada ley. De no obtener respuesta, me veré en la necesidad de iniciar las acciones legales correspondientes. Confío en su disposición para llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes. Atentamente, _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
La carta de invitación a conciliar es la comunicación con la que invitas formalmente a la otra parte de un conflicto a sentarse a buscar un acuerdo, antes de ir a juicio. En el Perú, para muchos procesos civiles, intentar la conciliación extrajudicial no es opcional, es un requisito de procedibilidad. Sin el acta de conciliación (aunque sea por inasistencia o falta de acuerdo) el juez puede rechazar tu demanda.
Más allá de la formalidad, conciliar conviene. Es más rápido y barato que un proceso judicial, y el acuerdo al que se llega tiene la fuerza de un título de ejecución.
Base legal peruana 2026
Se rige por la Ley 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo 1070 y por la Ley 31165, que permite audiencias por medios electrónicos. El reglamento está aprobado por el Decreto Supremo 014-2008-JUS. La invitación la cursa el centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia, no la parte directamente, pero esta solicitud o carta es la que origina el procedimiento.
Cuándo usarla
Úsala antes de demandar en materias conciliables, como obligaciones de dar suma de dinero, desalojo, división y partición, indemnizaciones y conflictos de familia conciliables como alimentos o régimen de visitas. No procede en delitos (salvo el monto de la reparación civil aun no fijada) ni en materias no disponibles.
Cómo rellenarla bien
- Identifica plenamente al invitado con nombre y domicilio real, para que la invitación llegue válidamente.
- Describe con precisión la materia y la pretensión (que pides, cuanto, por que).
- Indica el centro de conciliación y la fecha, hora y lugar (o enlace) de la audiencia.
- Recuerda los plazos, la audiencia no debe exceder los diez días hábiles desde la invitación.
- Advierte el efecto de la inasistencia, que se consigna en el acta y puede ser valorada por el juez.
Errores comunes
- Dirigir la invitación a un domicilio incorrecto, lo que invalida la notificación.
- Plantear una materia no conciliable y perder tiempo en un procedimiento que no procede.
- Confundir la conciliación de un centro privado con la del juez de paz, que tienen reglas distintas.
Preguntas frecuentes
Qué pasa si la otra parte no asiste?
Se levanta un acta por inasistencia. Con ella igual cumples el requisito y puedes demandar. Además, la inasistencia injustificada genera consecuencias procesales que el juez valora.
El acuerdo conciliatorio se puede ejecutar como una sentencia?
Sí. El acta de conciliación con acuerdo es título de ejecución, así que si la otra parte incumple puedes exigir su cumplimiento por la vía ejecutiva sin un juicio largo.
Puedo conciliar de forma virtual?
Sí. La Ley 31165 habilito expresamente las audiencias por medios electrónicos u otros similares, lo que facilita conciliar a distancia.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta de invitación a conciliar
¿El modelo de carta de invitación a conciliar es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-de-invitacion-a-conciliar/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de carta de invitación a conciliar sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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