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Gastronomía y Restaurantes

Carta Notarial de Cese de Uso de Marca y Know How tras Terminar la Franquicia Gastronómica

Carta notarial del franquiciante al ex franquiciado exigiendo el retiro de rótulos, cartas y perfiles digitales con la marca, la devolución de manuales y el cese de todo uso del sistema tras terminar el contrato.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA NOTARIAL DE CESE DE USO DE MARCA Y KNOW HOW TRAS TERMINAR LA FRANQUICIA GASTRONÓMICA

Señor(a)
[NOMBRE_DEL_EX_FRANQUICIADO]
RUC N.° [RUC_DEL_EX_FRANQUICIADO]
Dirección: [DIRECCION_DEL_LOCAL]
Distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA]

De mi consideración:

Por medio de la presente, [RAZON_SOCIAL_DEL_FRANQUICIANTE], con RUC N.° [RUC_DEL_FRANQUICIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_FRANQUICIANTE], debidamente representada por [REPRESENTANTE_DEL_FRANQUICIANTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], le comunica lo siguiente:

PRIMERO: ANTECEDENTES. Con fecha [FECHA_DEL_CONTRATO] las partes suscribieron un contrato de franquicia gastronómica sobre la marca [MARCA_REGISTRADA], para la operación del local ubicado en [DIRECCION_DEL_LOCAL]. Dicho contrato quedó terminado el [FECHA_DE_TERMINO] por [CAUSA_DE_TERMINO].

SEGUNDO: SITUACIÓN ADVERTIDA. Pese al término del contrato, nuestra representada ha verificado que usted continúa utilizando la marca y los elementos del sistema, en particular: (i) el rótulo y la fachada con los colores e isotipo de la marca; (ii) la carta y los nombres de los platos protegidos; (iii) los uniformes, empaques y material de delivery; y (iv) los perfiles [REDES_SOCIALES_Y_PERFILES] y el registro del local en plataformas de reparto a nombre de la marca.

TERCERO: FUNDAMENTO. La marca [MARCA_REGISTRADA] se encuentra registrada ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI bajo el certificado N.° [NUMERO_DE_CERTIFICADO]. Conforme a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, y al Decreto Legislativo N.° 1075, el titular tiene el derecho exclusivo de impedir que terceros usen en el comercio un signo idéntico o similar para los mismos servicios sin su consentimiento. Extinguida la licencia, todo uso posterior carece de título. Asimismo, el uso de la presentación comercial y de los secretos empresariales recibidos configura un acto contrario a la buena fe empresarial sancionable conforme a la ley de represión de la competencia desleal.

CUARTO: REQUERIMIENTO. En virtud de lo expuesto, le REQUIERO para que en el plazo improrrogable de [PLAZO_EN_DIAS] días calendario cumpla con: (i) retirar todo rótulo, letrero, aviso, menú, empaque y material publicitario que contenga la marca o sus elementos figurativos; (ii) eliminar o transferir los perfiles digitales y las fichas del local en plataformas de reparto; (iii) devolver los manuales de operación, recetarios, fichas técnicas y demás documentación entregada; y (iv) cesar el uso de las recetas y procedimientos que constituyen secreto empresarial.

QUINTO: APERCIBIMIENTO. Vencido el plazo sin acreditar el cumplimiento, iniciaremos las acciones por infracción a los derechos de propiedad industrial ante el INDECOPI, con solicitud de medida cautelar de cese y comiso, así como las acciones civiles por indemnización y el cobro de la penalidad de S/ [MONTO_DE_PENALIDAD] pactada en la cláusula [CLAUSULA_PENAL] del contrato.

Sírvase remitir su respuesta y los medios de acreditación al correo [CORREO_DE_CONTACTO] o al domicilio consignado.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[REPRESENTANTE_DEL_FRANQUICIANTE]
[RAZON_SOCIAL_DEL_FRANQUICIANTE]
RUC N.° [RUC_DEL_FRANQUICIANTE]
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Cuándo usar este modelo

Terminada una franquicia gastronómica, es frecuente que el ex franquiciado siga operando el mismo local con el mismo rótulo, la misma carta y hasta el mismo perfil en las aplicaciones de reparto. A veces lo hace por inercia y otras de manera deliberada, aprovechando la clientela construida con la marca. Esta carta notarial es el primer paso formal del titular para detener ese uso y para construir la prueba que necesitará si debe acudir al INDECOPI o al Poder Judicial.

Se usa cuando el contrato ya terminó, sea por vencimiento del plazo, por resolución o por acuerdo de las partes. También sirve cuando el ex franquiciado cambió apenas el nombre pero conservó los colores, el isotipo, los empaques o los nombres de los platos, generando confusión en el público.

Marco legal en el Perú

El derecho del titular se sustenta en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, y en el Decreto Legislativo N.° 1075, que aprueba disposiciones complementarias a dicha Decisión. El registro de marca otorga el derecho exclusivo de impedir que terceros usen en el comercio signos idénticos o similares para los mismos servicios sin autorización. Extinguida la licencia, desaparece el título que amparaba el uso y este se vuelve infractor.

Las recetas, fichas técnicas y manuales entregados durante la franquicia suelen calificar como secretos empresariales, protegidos también por la Decisión 486 cuando son secretos, tienen valor comercial por serlo y fueron objeto de medidas razonables de reserva. Su explotación por quien los recibió en confianza puede además configurar competencia desleal conforme a la ley de la materia, cuyo control corresponde al INDECOPI.

La vía notarial no es exigida por ley para este requerimiento, pero da fecha cierta y acredita la entrega, lo que resulta decisivo para computar plazos y sustentar una futura medida cautelar.

Cómo completar la plantilla

La fuerza de esta carta está en el detalle: mientras más concreta sea la descripción del uso indebido, más difícil será negarlo después.

  • Consigna el número de certificado de registro de la marca y las clases que cubre.
  • Precisa la fecha y la causa del término del contrato, adjuntando la comunicación respectiva.
  • Describe cada elemento que sigue usándose: rótulo, fachada, carta, uniformes, empaques, perfiles digitales.
  • Adjunta fotografías fechadas y capturas de pantalla de las aplicaciones de reparto.
  • Fija un plazo razonable y verificable, normalmente entre cinco y quince días calendario.
  • Menciona la penalidad pactada en el contrato, citando la cláusula exacta.
  • Conserva el cargo notarial y una copia certificada para el expediente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir directamente el cierre del local?

La carta no cierra locales. Lo que se exige es el cese del uso de la marca y del know how. Si el ex franquiciado quiere seguir operando con nombre propio y recetas propias, puede hacerlo, salvo que exista un pacto de no competencia válido y razonable.

¿Qué puedo pedir ante el INDECOPI?

Se puede denunciar la infracción a los derechos de propiedad industrial y solicitar medidas cautelares, como el cese inmediato del uso y el comiso del material infractor, además de la sanción correspondiente. La indemnización por daños se reclama en la vía civil.

¿Sirve si la marca no está registrada?

La protección es mucho más débil. Sin registro habría que sustentarse en competencia desleal por actos de confusión o explotación de la reputación ajena, lo que exige mayor prueba. Registrar la marca antes de franquiciar es siempre lo aconsejable.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de cese de uso de marca y know how tras terminar la franquicia gastronómica

¿El modelo de carta notarial de cese de uso de marca y know how tras terminar la franquicia gastronómica es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-cese-de-uso-de-marca-y-know-how-tras-terminar-la-franquicia-gastronomica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de cese de uso de marca y know how tras terminar la franquicia gastronómica sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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