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Constitucional

Carta notarial de requerimiento previo para demanda de cumplimiento

Requisito especial del artículo 69 del Código Procesal Constitucional. Sin esta carta de fecha cierta y sus diez días útiles, la demanda es improcedente.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO PREVIO
(Requisito especial del artículo 69 del Código Procesal Constitucional)

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]

Señor(a)
[NOMBRE_DE_LA_AUTORIDAD_O_FUNCIONARIO]
[CARGO_DE_LA_AUTORIDAD]
[NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_PUBLICA]
[DIRECCION_DE_LA_ENTIDAD]
[DISTRITO], [PROVINCIA], [DEPARTAMENTO]

REFERENCIA: Requerimiento de cumplimiento de [NORMA_LEGAL_O_ACTO_ADMINISTRATIVO_FIRME], bajo apercibimiento de interponer demanda de cumplimiento.

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_DEL_REQUIRENTE], identificado con [TIPO_Y_NUMERO_DE_DOCUMENTO], con domicilio en [DIRECCION_DEL_REQUIRENTE], distrito de [DISTRITO_DEL_REQUIRENTE], me dirijo a usted en mi condición de [CONDICION_DEL_REQUIRENTE, por ejemplo administrado a cuyo favor se expidió el acto administrativo] para requerirle formalmente lo siguiente.

PRIMERO. ANTECEDENTES
Mediante [DENOMINACION_DEL_ACTO_ADMINISTRATIVO] N.° [NUMERO_DEL_ACTO_ADMINISTRATIVO], de fecha [FECHA_DEL_ACTO_ADMINISTRATIVO], expedida por [ORGANO_EMISOR], la entidad que usted representa resolvió [CONTENIDO_DE_LA_DECISION]. Dicho acto quedó firme el [FECHA_DE_FIRMEZA] al haber [VENCIDO_EL_PLAZO_IMPUGNATORIO_O_AGOTADO_LA_VIA_ADMINISTRATIVA], conforme se acredita con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_LA_FIRMEZA].

[Alternativamente, cuando el mandato proviene de una norma legal: El artículo [NUMERO_DE_ARTICULO] de [DENOMINACION_DE_LA_NORMA_LEGAL] impone a [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_PUBLICA] el deber de [DEBER_LEGAL_OMITIDO], sin que dicha obligación admita margen de discrecionalidad.]

SEGUNDO. INCUMPLIMIENTO
A la fecha han transcurrido [NUMERO_DE_DIAS_TRANSCURRIDOS] días desde que la obligación resultaba exigible y la entidad no ha ejecutado el mandato. En concreto, se ha omitido [DESCRIPCION_PRECISA_DE_LA_CONDUCTA_OMITIDA]. Los pedidos formulados el [FECHA_DE_PEDIDOS_ANTERIORES] con registro N.° [NUMERO_DE_REGISTRO_DE_TRAMITE] tampoco obtuvieron respuesta.

TERCERO. REQUERIMIENTO Y PLAZO
Requiero a usted que, en el plazo improrrogable de DIEZ (10) DÍAS ÚTILES contados desde la recepción de la presente, cumpla con [CONDUCTA_EXIGIDA_DE_FORMA_PRECISA] y comunique por escrito el acto de cumplimiento al domicilio consignado.

CUARTO. APERCIBIMIENTO
De no atenderse el requerimiento dentro del plazo señalado, o de ratificarse la entidad en su incumplimiento, quedará satisfecho el requisito especial previsto en el artículo 69 del Código Procesal Constitucional y quedaré habilitado para interponer demanda de cumplimiento ante el juez constitucional, con la consiguiente condena de costas y costos y la remisión de copias para la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. Le recuerdo que este requerimiento reemplaza la exigencia de agotar cualquier otra vía administrativa.

QUINTO. CÓMPUTO DEL PLAZO PARA DEMANDAR
Dejo constancia de que el plazo de sesenta días para interponer la demanda de cumplimiento se computa desde la fecha de recepción de la presente notificación notarial, conforme al artículo 70, inciso 8, del Código Procesal Constitucional.

Se adjunta a la presente: [RELACION_DE_DOCUMENTOS_ADJUNTOS, por ejemplo copia del acto administrativo firme y constancia de firmeza].

Atentamente,

____________________________
[NOMBRE_DEL_REQUIRENTE]
[TIPO_Y_NUMERO_DE_DOCUMENTO]
Correo electrónico: [CORREO_ELECTRONICO]
Teléfono: [NUMERO_DE_TELEFONO]

Diligenciada por la Notaría [NOMBRE_DE_LA_NOTARIA], de [CIUDAD_DE_LA_NOTARIA].

BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú: artículo 200 inciso 6.
- Código Procesal Constitucional, Ley N.° 31307: artículos 65 (objeto), 66 (reglas para resolver), 67 (legitimación), 68 (legitimación pasiva), 69 (requisito especial de la demanda), 70 (causales de improcedencia) y 72 (contenido de la sentencia fundada).
- Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: deber de resolver de la administración, ejecutoriedad y ejecutividad del acto administrativo firme.
- Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado: certificación notarial de entrega de cartas, que otorga fecha cierta al requerimiento.
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Para qué sirve

La municipalidad emitió la resolución que reconoce tu pago, el ministerio aprobó tu bonificación, el hospital ordenó tu reincorporación. El acto existe, quedó firme y duerme en un archivo donde nadie lo ejecuta. Llamas, te dicen que está en proceso, y pasan los meses. La demanda de cumplimiento existe para eso y tiene una puerta de entrada que no se puede saltar.

Esa puerta es esta carta. El artículo 69 del Código Procesal Constitucional exige que antes de demandar requieras a la autoridad, por documento de fecha cierta, el cumplimiento del deber legal o del acto administrativo firme, y que ella se ratifique en su incumplimiento o no conteste dentro de los diez días útiles siguientes. Sin esa carta y sin ese plazo vencido, la demanda es improcedente por muy sólido que sea el derecho de fondo.

Cuándo conviene usarlo

  • Hay un acto firme a tu favor que la entidad no ejecuta, como el que reconoce un pago o una reincorporación.
  • Una norma legal impone a la entidad un deber concreto que viene omitiendo y que no admite discrecionalidad.
  • La entidad reconoce el acto de palabra y no lo ejecuta ni responde por escrito.
  • Ya agotaste los pedidos por mesa de partes y necesitas una fecha cierta ante el juez.

Cómo llenarlo

  1. Revisa si tu caso encaja. El mandato debe ser vigente, cierto y claro, de cumplimiento obligatorio e incondicional, y no estar sujeto a controversia compleja ni a interpretaciones dispares, según el artículo 66. Si lo que quieres es anular un acto, esta no es la vía.
  2. Dirige la carta al funcionario renuente con nombre y cargo. Un requerimiento dirigido a nadie en particular termina en un archivo sin respuesta y sin efectos.
  3. Describe el mandato con su fuente: número, fecha y órgano emisor del acto, la constancia de su firmeza, o el artículo de la norma que impone el deber. Adjunta copia.
  4. Cursa la carta por notario y guarda el original diligenciado, que es el que se anexa a la demanda. Cuenta los diez días útiles desde la entrega y recién cuando venzan puedes demandar.

Base legal

La acción de cumplimiento está prevista en el artículo 200, inciso 6, de la Constitución, contra la autoridad o el funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo. Su regulación procesal está en los artículos 65 a 70 y 72 de la Ley N.° 31307, Código Procesal Constitucional. El artículo 66 delimita qué mandatos son exigibles y el artículo 69 impone el requerimiento previo por documento de fecha cierta con sus diez días útiles. El contenido y la firmeza del acto administrativo se rigen por el TUO de la Ley N.° 27444, y la actuación notarial que da fecha cierta a la carta por el Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado.

¿Sirve una carta simple con cargo de mesa de partes?

El artículo 69 pide documento de fecha cierta, y discutir si un cargo de mesa de partes lo es te expone a perder la demanda por ese solo punto. La carta notarial elimina la discusión y llega con la constancia del notario sobre la entrega.

¿Qué pasa si la entidad contesta con evasivas?

Una respuesta que se limita a informar que el pedido pasó a otra área equivale a ratificarse en el incumplimiento. Adjúntala a la demanda, porque muestra que la entidad conoció el requerimiento y decidió no cumplir.

¿La carta interrumpe algún plazo de prescripción?

Cumple una función procesal específica, habilitar la demanda de cumplimiento, y conviene no confundirla con los actos que interrumpen la prescripción de una deuda o de un beneficio laboral. Si tu caso corre contra un plazo así, atiéndelo por su propio canal.

Cómo presentar carta notarial de requerimiento previo para demanda de cumplimiento: paso a paso

  1. Reúne los documentos. Junta tu DNI vigente, los documentos que acreditan tu derecho (partidas, títulos, contratos) y los certificados registrales que exija el trámite.
  2. Verifica en SUNARP. Pide los certificados negativos o las partidas registrales que corresponda, para que el notario compruebe que no hay un acto previo que impida el trámite.
  3. Completa la solicitud. Descarga el formato en Word, llena los campos entre corchetes con datos reales y fírmala. Si el trámite exige más de un solicitante, deben firmar todos.
  4. Presenta ante el notario. Acude a una notaría de la provincia que corresponda al domicilio o al lugar del bien. El notario califica la solicitud y te indica las publicaciones o requisitos que falten.
  5. Inscribe el resultado. Concluido el trámite, el notario extiende la escritura o el acta y la inscribe en el registro que corresponda. Guarda tu copia certificada.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de carta notarial de requerimiento previo para demanda de cumplimiento

¿El modelo de carta notarial de requerimiento previo para demanda de cumplimiento es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/carta-notarial-de-requerimiento-previo-para-demanda-de-cumplimiento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de carta notarial de requerimiento previo para demanda de cumplimiento sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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