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Constitucional

Requerimiento por Documento de Fecha Cierta Previo a la Demanda de Cumplimiento (Art. 69 CPConst)

Requerimiento por documento de fecha cierta a la autoridad renuente, requisito especial previo a la demanda de cumplimiento, conforme al Art. 69 del Código Procesal Constitucional (Ley 31307).

Actualizado al 23 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REQUERIMIENTO POR DOCUMENTO DE FECHA CIERTA PREVIO A LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO

SUMILLA: Requiero por documento de fecha cierta el cumplimiento de un deber legal o administrativo firme, como requisito especial previo a la demanda de cumplimiento, conforme al Art. 69 de la Ley 31307.

SEÑOR [CARGO_AUTORIDAD] DE [NOMBRE_ENTIDAD]

Yo, [NOMBRE_COMPLETO_REQUIRENTE], identificado con DNI N° [DNI_REQUIRENTE], con domicilio en [DIRECCION_REQUIRENTE], por medio del presente documento de fecha cierta, dirigido a usted en su condición de autoridad obligada, expongo y requiero lo siguiente:

I. OBJETO DEL REQUERIMIENTO

Requiero a usted el cumplimiento del deber legal o administrativo consistente en [DESCRIPCION_DEBER], establecido en [NORMA_O_ACTO_FIRME], el cual a la fecha permanece incumplido por la entidad a su cargo.

II. FUNDAMENTOS

1. La norma legal o el acto administrativo firme [NORMA_O_ACTO_FIRME] establece a su cargo el deber concreto, cierto y exigible de [DESCRIPCION_DEBER], a mi favor.

2. Pese a ser un mandato vigente y exigible, la entidad no lo ha cumplido, lo que me genera un perjuicio directo.

3. El Art. 69 de la Ley 31307, Código Procesal Constitucional, exige como requisito especial de la demanda de cumplimiento que el demandante haya reclamado previamente, por documento de fecha cierta, el cumplimiento del deber legal o administrativo, y que la autoridad se haya ratificado en su incumplimiento o no haya contestado dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

4. Conforme al Art. 69 de la Ley 31307, cumplido este requerimiento previo no será necesario agotar la vía administrativa que pudiera existir.

III. REQUERIMIENTO Y APERCIBIMIENTO

Requiero a usted que, dentro del plazo de diez días hábiles de recibido el presente documento de fecha cierta, dé cumplimiento al deber antes descrito. En caso de que se ratifique en su incumplimiento o no conteste dentro de dicho plazo, quedará habilitado mi derecho a interponer la correspondiente demanda de cumplimiento ante el juez constitucional, conforme al Art. 69 de la Ley 31307.

IV. DOMICILIO PARA LA RESPUESTA

Señalo como domicilio para la respuesta el ubicado en [DIRECCION_REQUIRENTE], o el correo electrónico [CORREO_REQUIRENTE].

Dejo constancia de que el presente requerimiento se cursa por conducto que le otorga fecha cierta, sea notarial o con cargo de recepción fechado por la entidad.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_REQUIRENTE]
DNI N° [DNI_REQUIRENTE]

Nota: Modelo referencial de repositorio utilitario. Para que tenga fecha cierta, cúrsalo por vía notarial o con cargo de recepción. Verifica con un abogado.

El requerimiento por documento de fecha cierta es el paso previo y obligatorio que debes dar antes de demandar el cumplimiento de un mandato legal o un acto administrativo firme. Es una carta o solicitud, con fecha cierta, dirigida a la autoridad renuente, en la que exiges el cumplimiento de un deber concreto que la ley o el acto le impone. Sin este requerimiento previo, la demanda de cumplimiento es improcedente. En otras palabras: este documento es la llave que habilita el proceso de cumplimiento.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presenta cualquier persona interesada en que una autoridad o funcionario acate una norma legal o ejecute un acto administrativo firme que está obligada a cumplir y no cumple. Conviene usarlo cuando la administración ignora un mandato claro, vigente, cierto y exigible (por ejemplo, pagar una suma reconocida en una resolución firme, expedir un documento que la ley ordena, o ejecutar un acto debido). Es el primer movimiento antes de acudir al juez con la demanda de cumplimiento.

Base legal

Se sustenta en el artículo 200 inciso 6 de la Constitución, que regula la acción de cumplimiento. El Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307), en su artículo 69, establece el requisito especial de la demanda: para la procedencia del proceso de cumplimiento se requiere que el demandante haya reclamado previamente, por documento de fecha cierta, el cumplimiento del deber legal o administrativo, y que la autoridad se haya ratificado en su incumplimiento o no haya contestado dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud. La fecha cierta se acredita por los medios reconocidos en el Código Procesal Civil (notario, recepción oficial, etc.).

Qué datos y documentos necesitas

  • Datos del requirente y de la autoridad o funcionario obligado.
  • La norma legal o el acto administrativo firme cuyo cumplimiento exiges, con su cita exacta.
  • Descripción precisa del deber concreto, cierto y exigible que se debe cumplir.
  • Una redacción clara del requerimiento, con plazo para cumplir.
  • El medio que dará fecha cierta al documento (cargo de mesa de partes, conducto notarial).
  • Constancia de la presentación para computar los diez días hábiles.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Redacta el requerimiento identificando la norma o acto firme y el deber concreto que exiges cumplir.
  2. Asegúrate de darle fecha cierta: preséntalo por mesa de partes con cargo sellado o remítelo por conducto notarial.
  3. Dirígelo a la autoridad o funcionario directamente obligado a cumplir el mandato.
  4. Espera el plazo de diez días hábiles del artículo 69 del NCPCo; si no responde o se ratifica en el incumplimiento, queda habilitada la demanda.
  5. Conserva el cargo y la respuesta (o la constancia del silencio) como anexo indispensable de la futura demanda de cumplimiento.

Errores comunes a evitar

  • Demandar el cumplimiento sin haber presentado antes este requerimiento de fecha cierta.
  • No darle fecha cierta al documento (un simple correo sin acuse puede no bastar).
  • Exigir el cumplimiento de un mandato que no es claro, cierto ni exigible.
  • No esperar el plazo de diez días hábiles antes de acudir al juez.

Preguntas frecuentes

¿Por qué es obligatorio este requerimiento?

Porque el artículo 69 del NCPCo lo exige como requisito especial de procedencia: sin reclamar antes por documento de fecha cierta, el juez declarará improcedente la demanda de cumplimiento.

¿Cuánto debo esperar después de presentarlo?

Diez días hábiles. Si la autoridad no contesta en ese plazo o se ratifica en su incumplimiento, recién entonces puedes interponer la demanda de cumplimiento (artículo 69 del NCPCo).

¿Qué significa documento de fecha cierta?

Es un documento cuya fecha de presentación o emisión está acreditada de manera indubitable, por ejemplo, con cargo de mesa de partes o vía notarial, conforme a los medios reconocidos por el ordenamiento procesal.

¿Sirve para exigir cualquier cosa a la administración?

No. Solo procede para mandatos vigentes, ciertos, claros, exigibles y de ineludible cumplimiento, contenidos en una norma legal o en un acto administrativo firme, según los criterios del Tribunal Constitucional sobre el proceso de cumplimiento.

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Cómo presentar requerimiento por documento de fecha cierta previo a la demanda de cumplimiento (art. 69 cpconst): paso a paso

  1. Identifica el derecho fundamental afectado. Determina qué derecho recoge la Constitución (Art. 2 o concordantes) ha sido vulnerado o amenazado: libertad, trabajo, información, igualdad, propiedad, entre otros.
  2. Verifica el plazo para interponer la acción. El amparo tiene 60 días hábiles desde la afectación (Art. 45 NCPCons, Ley 31307). El habeas corpus no tiene plazo. El habeas data tiene 60 días hábiles desde la respuesta o silencio de la entidad requerida.
  3. Agota la vía previa si corresponde. Para el amparo debes agotar la vía previa administrativa o judicial salvo las excepciones del Art. 46 NCPCons (urgencia, irreparabilidad, jurisprudencia vinculante del TC).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa el acto lesivo con fecha exacta, la entidad o persona responsable, el derecho afectado y la pretensión que pides al juez.
  5. Presenta la demanda ante el juzgado. El amparo y el habeas data se presentan ante el Juzgado Civil de turno. El habeas corpus ante cualquier juez penal. Adjunta copias del acto lesivo y pruebas del perjuicio.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de requerimiento por documento de fecha cierta previo a la demanda de cumplimiento (art. 69 cpconst)

¿El modelo de requerimiento por documento de fecha cierta previo a la demanda de cumplimiento (art. 69 cpconst) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/requerimiento-por-documento-de-fecha-cierta-previo-a-la-demanda-de-cumplimiento-art-69-cpconst/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de requerimiento por documento de fecha cierta previo a la demanda de cumplimiento (art. 69 cpconst) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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