Constancia de Presentación de Factura Negociable
Constancia de presentación de la factura negociable al adquirente para dejar registro y habilitar su mérito ejecutivo conforme a la Ley 29623, Arts. 6 y 7.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE FACTURA NEGOCIABLE En la ciudad de [CIUDAD], el [FECHA_PRESENTACION], se deja constancia de la presentación de la factura negociable que a continuación se detalla, conforme a la Ley 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial. I. DATOS DEL PROVEEDOR (EMISOR) Razón social o nombre: [NOMBRE_PROVEEDOR] RUC: [RUC_PROVEEDOR] Domicilio: [DOMICILIO_PROVEEDOR] II. DATOS DEL ADQUIRENTE (DEUDOR) Razón social o nombre: [NOMBRE_ADQUIRENTE] RUC: [RUC_ADQUIRENTE] Domicilio: [DOMICILIO_ADQUIRENTE] III. DATOS DE LA FACTURA NEGOCIABLE Serie y número de comprobante: [SERIE_NUMERO_FACTURA] Fecha de emisión: [FECHA_EMISION_FACTURA] Importe total: S/ [MONTO_NUMERO] ([MONTO_LETRAS] soles) Fecha de pago pactada o vencimiento: [FECHA_VENCIMIENTO] IV. CONSTANCIA. El adquirente declara haber recibido en este acto la factura negociable antes descrita, conforme al Art. 6 de la Ley 29623, que regula el contenido de la factura negociable, dejándose registro de su presentación conforme al Art. 7 de la misma ley. V. PLAZO PARA DISCONFORMIDAD. El adquirente cuenta con ocho días hábiles, contados desde la presentación, para manifestar por escrito su disconformidad respecto del comprobante o de los bienes o servicios. Vencido dicho plazo sin disconformidad, se presume la conformidad irrevocable conforme al Art. 7 de la Ley 29623. VI. MÉRITO EJECUTIVO. Obtenida esta constancia y no formulada disconformidad oportuna, la factura negociable adquiere mérito ejecutivo y podrá cobrarse en proceso único de ejecución conforme al Art. 688 del Código Procesal Civil. VII. ADVERTENCIA. Esta constancia de presentación no implica conformidad sobre la información del comprobante ni sobre los bienes adquiridos o servicios prestados. Recibí conforme la factura negociable: Por el adquirente: ____________________ Nombre del receptor: [NOMBRE_RECEPTOR] Cargo: [CARGO_RECEPTOR] Fecha y hora de recepción: [FECHA_HORA_RECEPCION] Por el proveedor: ____________________ [NOMBRE_PROVEEDOR], RUC [RUC_PROVEEDOR]
La constancia de presentación de la factura negociable es el documento con el que el proveedor deja registro de que entregó al adquirente la factura comercial junto con su tercera copia, la factura negociable, marcando el inicio del plazo en que el cliente puede aceptar u observar el comprobante. Este acto es decisivo, porque desde la recepción corre el plazo de conformidad: si el adquirente no impugna dentro de él, se presume de modo irrevocable que aceptó la factura y la conformidad de los bienes o servicios. La constancia prueba la fecha de entrega y blinda al proveedor frente a alegaciones de que nunca recibió la factura.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La emite y conserva el proveedor que vende bienes o presta servicios a plazo y emite factura negociable. Conviene usarla siempre que entregues la factura al adquirente, porque fija la fecha de recepción que activa el plazo de conformidad y, vencido este, la presunción de aceptación. Es especialmente importante cuando piensas transferir la factura a una empresa de factoring, pues estas exigen acreditar la recepción y la conformidad para financiar. Sin constancia, puede discutirse desde cuándo corre el plazo y debilitarse el mérito ejecutivo del título.
Base legal vigente 2026
La factura negociable se rige por la Ley 29623. El artículo 7 de la Ley 29623 establece que el adquirente tiene 8 días hábiles desde la recepción para impugnar la factura, y que vencido ese plazo sin observación se presume sin admitir prueba en contrario la aceptación irrevocable del título y la conformidad de los bienes o servicios. El artículo 6 exige, para el mérito ejecutivo, que conste la recepción de los bienes o servicios y que no exista disconformidad oportuna. La constancia de recepción es, por tanto, prueba clave del inicio del cómputo. El régimen de transferencia y cobro se completa con la Ley 27287 y los artículos 688 y siguientes del Código Procesal Civil.
Qué datos y documentos necesitas
- Los datos del proveedor emisor y del adquirente que recibe la factura.
- El número de la factura comercial y de la factura negociable correspondiente.
- La descripción de los bienes o servicios y su importe.
- La fecha exacta de entrega y recepción de la factura negociable.
- El nombre, cargo y firma de quien recibe la factura por parte del adquirente.
- El sello o constancia de recepción de los bienes o servicios, si corresponde.
Cómo presentarla paso a paso
- Emite la factura comercial y su tercera copia, la factura negociable, con los datos completos.
- Entrega la factura al adquirente y haz que firme la constancia de recepción con fecha.
- Registra el nombre, cargo y firma de quien recibe en representación del adquirente.
- Conserva la constancia, pues desde esa fecha corren los 8 días hábiles del artículo 7.
- Si el adquirente no observa dentro del plazo, opera la presunción de conformidad irrevocable.
- Guarda la constancia junto con la factura para transferirla en factoring o para ejecutarla.
Errores comunes a evitar
- No registrar la fecha de recepción, dejando incierto el inicio del plazo de conformidad.
- Que firme la recepción una persona sin facultades para representar al adquirente.
- No conservar la constancia, perdiendo la prueba que sostiene la presunción del artículo 7.
- Confundir la recepción de la factura con la recepción de los bienes o servicios, que también debe constar.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo corre el plazo de conformidad de la factura negociable?
Desde la recepción de la factura comercial o el recibo por honorarios. El artículo 7 de la Ley 29623 fija 8 días hábiles desde esa recepción para que el adquirente impugne, por lo que la constancia de presentación es la prueba de ese punto de partida.
¿Qué pasa si el adquirente no firma la constancia?
Conviene dejar prueba de la entrega por otros medios fehacientes, como un cargo notarial o un correo con acuse. La recepción es clave para el mérito ejecutivo del artículo 6 de la Ley 29623, así que no debe quedar sin respaldo.
¿La constancia me sirve para hacer factoring?
Sí. Las empresas de factoring exigen acreditar la recepción y la conformidad de la factura antes de financiarla. La constancia de presentación, sumada a la presunción del artículo 7 de la Ley 29623, facilita la transferencia del título para obtener liquidez.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de constancia de presentación de factura negociable
¿El modelo de constancia de presentación de factura negociable es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/constancia-de-presentacion-de-factura-negociable/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de constancia de presentación de factura negociable sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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