Contrato de Arras Confirmatorias
Pacto por el que una parte entrega arras como senal de conclusion del contrato, imputables a la prestacion o devueltas al cumplir. Regulado en los Arts. 1477 a 1479 del Codigo Civil.
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE ARRAS CONFIRMATORIAS Conste por el presente documento el pacto de arras confirmatorias que celebran de una parte [NOMBRE_ENTREGANTE], con DNI [DNI_ENTREGANTE] y domicilio en [DOMICILIO_ENTREGANTE], a quien se denomina EL ENTREGANTE, y de la otra parte [NOMBRE_RECEPTOR], con DNI [DNI_RECEPTOR] y domicilio en [DOMICILIO_RECEPTOR], a quien se denomina EL RECEPTOR. PRIMERA. ANTECEDENTE. Las partes han celebrado, o estan por celebrar, el contrato de [TIPO_CONTRATO] sobre [OBJETO_CONTRATO], por un valor total de [MONTO_TOTAL] ([MONEDA]). SEGUNDA. ENTREGA DE ARRAS. En este acto El Entregante entrega a El Receptor la suma de [MONTO_ARRAS] ([MONEDA]) en calidad de arras confirmatorias, conforme al articulo 1477 del Codigo Civil. El Receptor declara recibirlas a su entera satisfaccion. TERCERA. NATURALEZA CONFIRMATORIA. Las arras tienen caracter confirmatorio y no penitencial. Su entrega es senal de la conclusion del contrato y prueba de la voluntad de cumplirlo. Ninguna parte puede desistirse por la sola perdida o devolucion de las arras. CUARTA. IMPUTACION. Al cumplirse la obligacion principal, las arras se imputan al monto de la prestacion debida, conforme al articulo 1478 del Codigo Civil. Si la prestacion a cargo de El Entregante es distinta a la de dar dinero, las arras se devuelven al ejecutarse el contrato. QUINTA. INCUMPLIMIENTO. Conforme al articulo 1478 del Codigo Civil, si la parte que recibio las arras no cumple la obligacion por causa imputable a ella, la otra puede exigir el cumplimiento o la resolucion del contrato, y en ambos casos la indemnizacion de danos y perjuicios. SEXTA. PLAZO DE CUMPLIMIENTO. La obligacion principal debe cumplirse a mas tardar el [FECHA_CUMPLIMIENTO]. SETIMA. JURISDICCION. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. ________________________ EL ENTREGANTE ________________________ EL RECEPTOR
Sobre este modelo de contrato de arras confirmatorias
Este modelo pertenece al área de Contratos. Contratos civiles y comerciales: arrendamiento, compraventa, locación de servicios, mutuo, comodato, depósito.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de arras confirmatorias
¿Mi contrato necesita firma notarial para ser válido en Perú?
No. La regla general es que los contratos civiles se perfeccionan por consentimiento (Art. 1352 CC) y son válidos por escrito simple. La escritura pública se exige solo cuando la ley o las partes lo pactan: compraventa de inmueble para inscribir en SUNARP, hipoteca, constitución de sociedad, donación de inmuebles. La carta notarial no valida el contrato, solo certifica fecha y entrega.
¿Qué cláusulas debe incluir mínimamente un contrato peruano?
Identificación completa de las partes (nombre, DNI o RUC, domicilio), objeto del contrato, contraprestación o precio, plazo, forma de pago, causales de resolución, cláusula penal si aplica, jurisdicción competente o convenio arbitral, y firmas. Si pactas penalidad excesiva, el juez puede reducirla bajo el Art. 1346 CC.
¿El modelo de contrato de arras confirmatorias es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de contrato de arras confirmatorias sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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