Contrato de Autorización para Instalación de Exhibidor y Publicidad de Marca en Bodega
Contrato para autorizar a una marca a instalar su exhibidor, refrigeradora o publicidad en tu bodega a cambio de una contraprestacion. Regula el comodato y el retiro del material. Word editable.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN DE EXHIBIDOR Y PUBLICIDAD DE MARCA Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPRESA_MARCA], con RUC [RUC_MARCA] y domicilio en [DOMICILIO_MARCA], representada por [REPRESENTANTE_MARCA], a quien se denominará LA MARCA; y de la otra parte, [NOMBRE_BODEGUERO], identificado con DNI [DNI], titular de la bodega [NOMBRE_BODEGA], ubicada en [DOMICILIO_BODEGA], a quien se denominará EL ESTABLECIMIENTO, en los términos siguientes: PRIMERA. OBJETO. EL ESTABLECIMIENTO autoriza a LA MARCA a instalar dentro de su local el siguiente material: [DESCRIPCION_MATERIAL] (exhibidor, refrigeradora, afiche, letrero luminoso o pintado de fachada), en el espacio ubicado en [UBICACION_INTERNA]. SEGUNDA. PROPIEDAD Y COMODATO. El mobiliario y los equipos instalados son de propiedad exclusiva de LA MARCA y se entregan en calidad de comodato, conforme a los artículos 1728 y siguientes del Código Civil. EL ESTABLECIMIENTO se obliga a conservarlos, a no cederlos ni destinarlos a un fin distinto. TERCERA. CONTRAPRESTACIÓN. Por la autorización, LA MARCA entregará a EL ESTABLECIMIENTO [CONTRAPRESTACION] (pago mensual de S/ [MONTO], mercadería promocional o descuentos), en la forma y periodicidad pactadas. CUARTA. USO DEL ESPACIO. EL ESTABLECIMIENTO mantendrá el material visible y en buen estado, sin cubrirlo con publicidad de terceros en el mismo mueble. La presente autorización no obliga a EL ESTABLECIMIENTO a comprar exclusivamente productos de LA MARCA, salvo pacto expreso y lícito conforme a las normas de libre competencia. QUINTA. PLAZO Y RETIRO. El contrato rige del [FECHA_INICIO] al [FECHA_FIN]. Al término, LA MARCA retirará su material en un plazo de [DIAS] días, dejando el local en las condiciones en que lo recibió. SEXTA. RESPONSABILIDAD. EL ESTABLECIMIENTO responde por la pérdida o el deterioro imputable a su negligencia; el desgaste ordinario corre por cuenta de LA MARCA. [CIUDAD], [FECHA] ______________________ ______________________ LA MARCA EL ESTABLECIMIENTO
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando una marca o distribuidora quiere colocar en tu bodega un exhibidor, una refrigeradora, un afiche o pintar la fachada, a cambio de un pago, mercadería gratuita o descuentos. Formaliza el acuerdo, deja claro que el equipo sigue siendo de la marca y protege a ambas partes sobre el uso, el mantenimiento y el retiro del material publicitario.
Qué datos necesitas
- Datos de la marca o distribuidora y de su representante.
- Datos del bodeguero y de la bodega.
- Descripción del material que se instala y su ubicación en el local.
- Contraprestación acordada: pago mensual, mercadería o descuentos.
- Plazo del contrato y condiciones de retiro del material.
Paso a paso
- Acuerda con la marca la contraprestación y su periodicidad.
- Define en qué parte del local se instalará el material.
- Firma el contrato y recibe el equipo en calidad de comodato.
- Mantén el material visible y en buen estado durante la vigencia.
- Al término del plazo, coordina el retiro del material por la marca.
Errores comunes
- Aceptar cláusulas de compra exclusiva abusivas que te aten a una sola marca.
- No fijar por escrito la contraprestación que recibirás.
- No pactar quién responde por los daños del equipo.
- No establecer un plazo y un procedimiento para el retiro del material.
Preguntas frecuentes
¿El equipo pasa a ser mío? No. El exhibidor o la refrigeradora siguen siendo de la marca y se entregan en comodato, según los artículos 1728 y siguientes del Código Civil.
¿Me obliga a vender solo esa marca? Solo si lo pactas de forma expresa y lícita. Cuidado con las cláusulas de exclusividad que puedan afectar la libre competencia.
¿Quién paga si el equipo se malogra? El desgaste normal corre por cuenta de la marca; tú respondes por los daños causados por tu negligencia o mal uso.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega
¿El modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-autorizacion-para-instalacion-de-exhibidor-y-publicidad-de-marca-en-bodega/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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