Contrato de Autorización para Instalación de Exhibidor y Publicidad de Marca en Bodega
Contrato para autorizar a una marca a instalar su exhibidor, refrigeradora o publicidad en tu bodega a cambio de una contraprestacion. Regula el comodato y el retiro del material. Word editable.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN DE EXHIBIDOR Y PUBLICIDAD DE MARCA Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPRESA_MARCA], con RUC [RUC_MARCA] y domicilio en [DOMICILIO_MARCA], representada por [REPRESENTANTE_MARCA], a quien se denominará LA MARCA; y de la otra parte, [NOMBRE_BODEGUERO], identificado con DNI [DNI], titular de la bodega [NOMBRE_BODEGA], ubicada en [DOMICILIO_BODEGA], a quien se denominará EL ESTABLECIMIENTO, en los términos siguientes: PRIMERA. OBJETO. EL ESTABLECIMIENTO autoriza a LA MARCA a instalar dentro de su local el siguiente material: [DESCRIPCION_MATERIAL] (exhibidor, refrigeradora, afiche, letrero luminoso o pintado de fachada), en el espacio ubicado en [UBICACION_INTERNA]. SEGUNDA. PROPIEDAD Y COMODATO. El mobiliario y los equipos instalados son de propiedad exclusiva de LA MARCA y se entregan en calidad de comodato, conforme a los artículos 1728 y siguientes del Código Civil. EL ESTABLECIMIENTO se obliga a conservarlos, a no cederlos ni destinarlos a un fin distinto. TERCERA. CONTRAPRESTACIÓN. Por la autorización, LA MARCA entregará a EL ESTABLECIMIENTO [CONTRAPRESTACION] (pago mensual de S/ [MONTO], mercadería promocional o descuentos), en la forma y periodicidad pactadas. CUARTA. USO DEL ESPACIO. EL ESTABLECIMIENTO mantendrá el material visible y en buen estado, sin cubrirlo con publicidad de terceros en el mismo mueble. La presente autorización no obliga a EL ESTABLECIMIENTO a comprar exclusivamente productos de LA MARCA, salvo pacto expreso y lícito conforme a las normas de libre competencia. QUINTA. PLAZO Y RETIRO. El contrato rige del [FECHA_INICIO] al [FECHA_FIN]. Al término, LA MARCA retirará su material en un plazo de [DIAS] días, dejando el local en las condiciones en que lo recibió. SEXTA. RESPONSABILIDAD. EL ESTABLECIMIENTO responde por la pérdida o el deterioro imputable a su negligencia; el desgaste ordinario corre por cuenta de LA MARCA. [CIUDAD], [FECHA] ______________________ ______________________ LA MARCA EL ESTABLECIMIENTO
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando una marca o distribuidora quiere colocar en tu bodega un exhibidor, una refrigeradora, un afiche o pintar la fachada, a cambio de un pago, mercadería gratuita o descuentos. Formaliza el acuerdo, deja claro que el equipo sigue siendo de la marca y protege a ambas partes sobre el uso, el mantenimiento y el retiro del material publicitario.
Qué datos necesitas
- Datos de la marca o distribuidora y de su representante.
- Datos del bodeguero y de la bodega.
- Descripción del material que se instala y su ubicación en el local.
- Contraprestación acordada: pago mensual, mercadería o descuentos.
- Plazo del contrato y condiciones de retiro del material.
Paso a paso
- Acuerda con la marca la contraprestación y su periodicidad.
- Define en qué parte del local se instalará el material.
- Firma el contrato y recibe el equipo en calidad de comodato.
- Mantén el material visible y en buen estado durante la vigencia.
- Al término del plazo, coordina el retiro del material por la marca.
Errores comunes
- Aceptar cláusulas de compra exclusiva abusivas que te aten a una sola marca.
- No fijar por escrito la contraprestación que recibirás.
- No pactar quién responde por los daños del equipo.
- No establecer un plazo y un procedimiento para el retiro del material.
Preguntas frecuentes
¿El equipo pasa a ser mío? No. El exhibidor o la refrigeradora siguen siendo de la marca y se entregan en comodato, según los artículos 1728 y siguientes del Código Civil.
¿Me obliga a vender solo esa marca? Solo si lo pactas de forma expresa y lícita. Cuidado con las cláusulas de exclusividad que puedan afectar la libre competencia.
¿Quién paga si el equipo se malogra? El desgaste normal corre por cuenta de la marca; tú respondes por los daños causados por tu negligencia o mal uso.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega
¿El modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-autorizacion-para-instalacion-de-exhibidor-y-publicidad-de-marca-en-bodega/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de autorización para instalación de exhibidor y publicidad de marca en bodega sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Servicios de Marketing y Publicidad
Modelo de contrato de locación de servicios de marketing y publicidad (Art. 1764 CC) entre agencia y anunciante, con entregables, propiedad de creatividades, aprobación y cumplimiento del Código de Protección al Consumidor.
Contrato de Cesión de Marca o Nombre Comercial
Contrato por el cual el titular transfiere la propiedad de una marca o nombre comercial registrado a un cesionario, conforme al Art. 161 de la Decisión 486 de la CAN y el Art. 14 del Decreto Legislativo 1075, inscribible ante INDECOPI.
Contrato de Fabricación de Marca Propia (Private Label)
Contrato por el cual un fabricante produce bienes bajo la marca del contratante para su comercialización como producto propio, al amparo del Código Civil.
Contrato de Servicios de Diseño Gráfico y Manual de Marca
Contrato para el diseño de identidad visual, logotipo y manual de marca, con entregables y cesión de derechos, al amparo del Código Civil y el derecho de autor.
Contrato de Servicios de Influencer y Publicidad en Redes
Contrato entre una marca y un influencer para la difusión de publicidad en redes sociales, con entregables y cláusula de publicidad identificada, al amparo del Código Civil y la Ley 29571.
Contrato de Locación de Servicios Legales
Modelo de contrato de locación de servicios legales conforme al Artículo 1764 del Código Civil peruano. Acuerdo entre cliente y abogado para asesoría, representación procesal o consultoría, sin relación de dependencia.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras