Contrato de Cesión de Derechos de Arrendatario
Cesión a un tercero de la posición del arrendatario en el contrato de arrendamiento con consentimiento del arrendador, conforme a los Arts. 1692, 1696 y 1435 CC.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE ARRENDATARIO Conste por el presente documento que celebran el ARRENDATARIO CEDENTE [NOMBRE_CEDENTE], identificado con DNI [DNI_CEDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_CEDENTE], el CESIONARIO [NOMBRE_CESIONARIO], identificado con DNI [DNI_CESIONARIO], con domicilio en [DOMICILIO_CESIONARIO], y EL ARRENDADOR [NOMBRE_ARRENDADOR], DNI [DNI_ARRENDADOR], quien presta su consentimiento. PRIMERA. ANTECEDENTE. EL CEDENTE es arrendatario del inmueble ubicado en [UBICACION_INMUEBLE] en virtud del contrato de arrendamiento celebrado el [FECHA_CONTRATO] con EL ARRENDADOR, vigente hasta el [FECHA_VENCIMIENTO]. SEGUNDA. OBJETO. EL CEDENTE cede al CESIONARIO todos los derechos y obligaciones que le corresponden como arrendatario. Esta cesión del arrendamiento se rige por el Art. 1692 del Código Civil y por la cesión de posición contractual del Art. 1435 del Código Civil. TERCERA. CONSENTIMIENTO DEL ARRENDADOR. Conforme a los Arts. 1681 inc. 9 y 1435 del Código Civil, EL ARRENDADOR presta su consentimiento expreso a la cesión, requisito indispensable para su validez. CUARTA. SUSTITUCIÓN. Desde el [FECHA_EFECTIVA] el CESIONARIO ocupa la posición de arrendatario con el mismo plazo, renta de [MONTO_RENTA] soles y demás condiciones del contrato original. QUINTA. RESPONSABILIDAD POR DEUDAS ANTERIORES. EL CEDENTE responde por las rentas y servicios devengados hasta la fecha efectiva. Conforme al Art. 1696 del Código Civil, salvo pacto distinto el cedente garantiza al arrendador el cumplimiento de la obligación. SEXTA. PRECIO DE LA CESIÓN. El CESIONARIO paga a EL CEDENTE la suma de [MONTO_CESION] soles por las mejoras e instalaciones existentes, detalladas en el inventario anexo. SÉTIMA. GARANTÍA. El CESIONARIO repone la garantía de [MONTO_GARANTIA] soles a favor de EL ARRENDADOR. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA], en tres ejemplares. _______________________ EL CEDENTE _______________________ EL CESIONARIO _______________________ EL ARRENDADOR
El contrato de cesión de derechos de arrendatario es aquel por el cual el inquilino (cedente) transfiere a un tercero (cesionario) los derechos que le corresponden como arrendatario, por ejemplo el derecho a usar el inmueble o a cobrar el subarriendo, sin que necesariamente lo libere de sus obligaciones frente al dueño. Es distinto de ceder la posición contractual completa: aquí se transmiten derechos puntuales. En la práctica se usa cuando el inquilino quiere que otro aproveche ciertos beneficios del alquiler, pero la operación toca al arrendador, por lo que la ley exige su asentimiento escrito.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo firman el arrendatario que cede (cedente) y la persona que recibe los derechos (cesionario), con el asentimiento del arrendador. Conviene cuando el inquilino, por mudanza, cambio de planes o necesidad de liquidez, quiere traspasar a otra persona el aprovechamiento del alquiler sin esperar a que venza el contrato. A diferencia de la cesión de posición contractual, donde el nuevo entra plenamente en lugar del antiguo, la cesión de derechos puede limitarse a determinados derechos; aun así, en arrendamiento la ley la condiciona al consentimiento del propietario.
Base legal
- Artículo 1206 del Código Civil: la cesión es el acto de disposición por el cual el cedente transmite al cesionario el derecho a exigir la prestación a cargo de su deudor.
- Artículo 1207 del Código Civil: la cesión debe constar por escrito, bajo sanción de nulidad.
- Artículo 1681 inciso 9 del Código Civil: el arrendatario no puede subarrendar ni ceder el contrato sin asentimiento escrito del arrendador.
- Artículo 1696 del Código Civil: la cesión del arrendamiento se rige por las reglas de la cesión de posición contractual, lo que marca la frontera con la simple cesión de derechos.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos del arrendatario cedente, del cesionario y del arrendador (nombres, DNI o RUC, domicilio).
- El contrato de arrendamiento original, vigente, con su plazo y renta.
- Descripción exacta de los derechos que se ceden (uso, subarriendo, mejoras, entre otros).
- El asentimiento escrito del arrendador a la cesión.
- Fecha de la cesión y si el cedente sigue o no respondiendo por las obligaciones.
Cómo presentarlo paso a paso
- Revisa el contrato de arrendamiento para confirmar que no prohíbe ceder y qué derechos puedes transmitir.
- Obtén el asentimiento escrito del arrendador, requisito que exige el artículo 1681 inciso 9.
- Redacta la cesión por escrito (es obligatorio bajo sanción de nulidad, artículo 1207) precisando qué derechos se ceden.
- Firmen el cedente, el cesionario y, dejando constancia de su asentimiento, el arrendador.
- Legalicen firmas ante notario para tener fecha cierta y notifiquen formalmente al arrendador la operación.
Errores comunes a evitar
- Ceder sin el asentimiento escrito del arrendador, lo que puede ser causal de resolución del arrendamiento.
- Hacer la cesión solo de palabra: el artículo 1207 exige forma escrita bajo sanción de nulidad.
- Confundir cesión de derechos con cesión de posición contractual y creer que quedas liberado de todas tus obligaciones.
- No precisar qué derechos se ceden, generando conflictos sobre el alcance de la operación.
Preguntas frecuentes
¿Necesito permiso del dueño para ceder mis derechos de inquilino?
Sí. El artículo 1681 inciso 9 del Código Civil obliga al arrendatario a no ceder el contrato ni subarrendar sin asentimiento escrito del arrendador. Aunque cedas solo derechos puntuales, lo prudente y seguro es contar con su autorización por escrito para evitar que el dueño alegue incumplimiento.
¿Quedo libre de pagar la renta tras la cesión?
No necesariamente. La cesión de derechos transfiere derechos, no te libera automáticamente de tus obligaciones frente al arrendador. Para dejar de responder por la renta necesitarías ceder tu posición contractual completa (artículo 1696) con liberación expresa del arrendador. Define con claridad si sigues o no obligado.
¿La cesión debe constar por escrito?
Sí, obligatoriamente. El artículo 1207 del Código Civil dispone que la cesión debe constar por escrito bajo sanción de nulidad. Una cesión verbal no tiene valor. Conviene además legalizar firmas ante notario para tener fecha cierta y poder oponerla a terceros.
¿En qué se diferencia de la cesión de posición contractual?
La cesión de derechos (artículo 1206) transmite solo derechos, mientras que la cesión de posición contractual (artículo 1435) transfiere derechos y obligaciones, dejando al cesionario en el lugar exacto del cedente. En arrendamiento, esta última es la vía para que otro entre por completo en tu lugar, siempre con asentimiento del arrendador.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de derechos de arrendatario
¿El modelo de contrato de cesión de derechos de arrendatario es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-derechos-de-arrendatario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de derechos de arrendatario sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Cesión de Derechos
Contrato mediante el cual el cedente transfiere derechos a un cesionario. Art. 1206 al 1218 CC.
Contrato de Cesión de Derechos de Imagen Deportiva
Contrato de cesión de derechos de imagen de un deportista a favor de un club o patrocinador, regulado por el derecho a la imagen (Art. 15 CC) y la cesión de derechos (Art. 1206 CC).
Contrato de Elaboración de Material Didáctico con Cesión de Derechos de Autor
Contrato para encargar a un docente la elaboración de material didáctico (separatas, guías, videos) con cesión de derechos patrimoniales a la academia, conservando el autor sus derechos morales según el Decreto Legislativo 822.
Contrato de Cesión de Derechos Posesorios sobre Terreno Eriazo sin Título Inscrito
Contrato por el cual el poseedor de un terreno eriazo sin título de propiedad inscrito cede a un tercero sus derechos posesorios, de uso y de eventual prescripción adquisitiva, conforme a los Arts. 896 y 1135 del Código Civil.
Contrato de Cesión de Uso Gratuito de Inmueble (Comodato)
Comodato de inmueble por el que el comodante entrega gratuitamente el bien para su uso temporal y posterior devolución, conforme al Art. 1728 del Código Civil peruano.
Contrato de Cesión de Marca o Nombre Comercial
Contrato por el cual el titular transfiere la propiedad de una marca o nombre comercial registrado a un cesionario, conforme al Art. 161 de la Decisión 486 de la CAN y el Art. 14 del Decreto Legislativo 1075, inscribible ante INDECOPI.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras