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Turismo y Hotelería

Contrato de Corresponsalía entre Agencias de Viajes y Turismo

Acuerdo por el que una agencia encarga a otra la atención de sus clientes o la venta de sus servicios en otra plaza: encargos, comisiones recíprocas y responsabilidad ante el turista.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE CORRESPONSALÍA ENTRE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO

Conste por el presente documento el contrato de corresponsalía que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA_ENCARGANTE], con RUC N.° [RUC_DE_LA_ENCARGANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_ENCARGANTE], ciudad de [CIUDAD_DE_LA_ENCARGANTE], representada por [REPRESENTANTE_DE_LA_ENCARGANTE], en adelante LA ENCARGANTE; y, de la otra parte, [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA_CORRESPONSAL], con RUC N.° [RUC_DE_LA_CORRESPONSAL], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_CORRESPONSAL], ciudad de [CIUDAD_DE_LA_CORRESPONSAL], representada por [REPRESENTANTE_DE_LA_CORRESPONSAL], en adelante LA CORRESPONSAL.

PRIMERA: ANTECEDENTES. Ambas partes son agencias de viajes y turismo inscritas como prestadores de servicios turísticos conforme al Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N.° 005-2020-MINCETUR. LA ENCARGANTE atiende clientes que viajan a la plaza donde opera LA CORRESPONSAL y requiere una contraparte local que ejecute o supervise los servicios.

SEGUNDA: OBJETO. LA ENCARGANTE encarga a LA CORRESPONSAL, quien acepta, la atención de sus clientes en la plaza de [PLAZA_DE_CORRESPONSALIA], comprendiendo, según cada encargo escrito: recepción y traslados, asistencia en destino, coordinación de tours y excursiones, atención de contingencias y los demás servicios detallados en el Anexo 1. Cada encargo indicará el cliente, las fechas, los servicios y la tarifa neta aplicable.

TERCERA: RETRIBUCIÓN. Por cada encargo ejecutado, LA CORRESPONSAL percibirá [RETRIBUCION_PACTADA] (comisión porcentual sobre la tarifa o monto fijo por servicio). Las liquidaciones se practican de forma [PERIODICIDAD_DE_LIQUIDACION] y se pagan dentro de los [PLAZO_DE_PAGO] días de conformadas. Los servicios adicionales solicitados directamente por el cliente en destino se facturan por LA CORRESPONSAL bajo su propia responsabilidad.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LA CORRESPONSAL. a) Ejecutar los encargos con la diligencia de un prestador profesional y con personal y proveedores habilitados; b) mantener vigente su inscripción y autorizaciones; c) informar de inmediato toda contingencia que afecte al cliente; d) no captar para sí a los clientes de LA ENCARGANTE durante la vigencia del contrato y por [PLAZO_DE_NO_CAPTACION] meses posteriores; e) rendir cuentas documentadas de cada encargo.

QUINTA: OBLIGACIONES DE LA ENCARGANTE. a) Comunicar los encargos por escrito con una anticipación mínima de [ANTICIPACION_MINIMA_DE_ENCARGO] horas; b) entregar información completa del cliente y de los servicios vendidos; c) pagar la retribución pactada; d) responder frente a su cliente por lo que le vendió.

SEXTA: RESPONSABILIDAD FRENTE AL TURISTA. Frente al turista, cada agencia responde por la idoneidad de los servicios que ofreció y ejecutó, conforme a la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Entre las partes procede la repetición por lo pagado a causa de incumplimientos de la otra.

SÉPTIMA: VIGENCIA Y RESOLUCIÓN. Vigencia desde el [FECHA_DE_INICIO] por [PLAZO_DE_VIGENCIA], renovable por escrito. Resolución con preaviso de [DIAS_DE_PREAVISO] días o inmediata por incumplimiento grave, pérdida de inscripción o insolvencia.

OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD Y DATOS. La cartera de clientes, tarifas netas y condiciones comerciales son confidenciales. El tratamiento de datos personales de los clientes se limita a la ejecución de los encargos, conforme a la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

NOVENA: CONTROVERSIAS. Se someten a los jueces de [CIUDAD_DE_COMPETENCIA].

Firmado en [CIUDAD_Y_FECHA_DE_FIRMA], en dos ejemplares.


_______________________________          _______________________________
LA ENCARGANTE                            LA CORRESPONSAL
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Cuándo usar este modelo

La corresponsalía es el acuerdo entre dos agencias de plazas distintas: la agencia de Lima que vende un circuito por el sur necesita en Cusco una contraparte que reciba a sus pasajeros, ejecute los traslados, resuelva contingencias y supervise los servicios; y viceversa. Este contrato ordena esa relación estable: qué servicios se encargan, con cuánta anticipación, qué retribución percibe la corresponsal y qué pasa con el cliente si algo falla. Es el paso natural cuando dos agencias ya trabajan juntas por correo y WhatsApp sin reglas claras, y es la protección mínima contra el riesgo clásico del rubro: que la contraparte local capte para sí a los clientes de la otra.

Marco legal en el Perú

Ambas partes deben ser agencias inscritas conforme al Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N.° 005-2020-MINCETUR, que regula las actividades de las agencias y su actuación con otras empresas del sistema turístico. El encargo se rige por las reglas del mandato y de la prestación de servicios del Código Civil. Frente al turista rige la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor: quien vendió responde por lo ofrecido y quien ejecutó por lo prestado, con derecho de repetición interna. El manejo de los datos de los pasajeros (nombres, documentos, vuelos) queda sujeto a la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

Cómo completar la plantilla

Define primero el catálogo de encargos posibles y su tarifario en el anexo, para que cada operación solo requiera un correo de confirmación. Completa:

  • Plaza de corresponsalía y servicios comprendidos: traslados, asistencia, tours, contingencias.
  • Retribución: comisión porcentual o tarifa fija por servicio, y periodicidad de liquidación.
  • Anticipación mínima para pasar encargos y canal oficial de comunicación.
  • Cláusula de no captación de clientes y su plazo posterior.
  • Preaviso de resolución y causales de resolución inmediata.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre corresponsalía y simple tercerización de tours?

La tercerización puntual compra un tour ajeno para un cliente concreto. La corresponsalía crea una relación estable y recíproca: la agencia local actúa como extensión de la otra en su plaza, atiende contingencias en su nombre y rinde cuentas. Por eso incluye deberes de no captación, confidencialidad de tarifas netas y estándares de servicio que una compra aislada no necesita.

¿La corresponsal puede facturar servicios extra al pasajero?

Sí, si el pasajero los solicita directamente en destino (una excursión adicional, un cambio de habitación), y en ese caso los presta bajo su propia responsabilidad y con su propia facturación. La plantilla lo distingue para evitar el conflicto típico: extras cobrados al cliente que la encargante desconocía. Todo servicio del programa original, en cambio, se rinde dentro del encargo.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de corresponsalía entre agencias de viajes y turismo

¿El modelo de contrato de corresponsalía entre agencias de viajes y turismo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-corresponsalia-entre-agencias-de-viajes-y-turismo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de corresponsalía entre agencias de viajes y turismo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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