Contrato de Gerencia (Prestación de Servicios de Gestión)
Contrato por el cual una persona asume la gerencia y administración de una empresa con facultades y responsabilidades de gestión, en concordancia con los Arts. 185 a 190 de la Ley 26887 (LGS).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE GERENCIA Conste por el presente documento el Contrato de Gerencia que celebran: LA SOCIEDAD: [RAZON_SOCIAL_SOCIEDAD], con RUC N° [RUC_SOCIEDAD], domiciliada en [DOMICILIO_SOCIEDAD], representada por [REPRESENTANTE_SOCIEDAD], con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], en virtud del acuerdo de [ORGANO_OTORGANTE] de fecha [FECHA_ACUERDO]. EL GERENTE: [NOMBRE_GERENTE], identificado con DNI N° [DNI_GERENTE], domiciliado en [DOMICILIO_GERENTE]. PRIMERA: OBJETO. La sociedad encarga al gerente la dirección, gestión y administración de la empresa, asumiendo este el cargo de gerente general, conforme a las facultades reconocidas en los Artículos 185 a 190 de la Ley General de Sociedades 26887. SEGUNDA: FACULTADES. El gerente ejercerá las facultades de gestión, representación y disposición ordinaria del giro del negocio, conforme al Artículo 188 de la Ley 26887 y al poder que se inscriba en SUNARP, dentro de los límites que fije la sociedad. TERCERA: OBLIGACIONES. El gerente se obliga a actuar con la diligencia de un ordenado comerciante y representante leal, a guardar reserva de la información de la empresa y a rendir cuentas periódicas a la sociedad. CUARTA: RESPONSABILIDAD. El gerente responde ante la sociedad, los accionistas y terceros por los daños que cause por dolo, abuso de facultades o negligencia grave, conforme al Artículo 190 de la Ley 26887. QUINTA: RETRIBUCIÓN. La sociedad pagará al gerente una retribución mensual de S/ [MONTO_RETRIBUCION], en la forma y oportunidad acordadas. SEXTA: PLAZO Y REMOCIÓN. El contrato tiene una vigencia de [PLAZO_VIGENCIA], desde el [FECHA_INICIO]. La sociedad podrá remover al gerente en cualquier momento conforme al Artículo 187 de la Ley 26887, siendo nula toda cláusula de irrevocabilidad del cargo. SÉPTIMA: ENTREGA DE CARGO. Al cese, el gerente deberá entregar el cargo, bienes y documentación en un plazo de [PLAZO_ENTREGA] días. Las partes firman en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _______________________________ LA SOCIEDAD _______________________________ EL GERENTE
El contrato de gerencia o de prestación de servicios de gestión es el acuerdo por el cual una persona o empresa asume la dirección y administración de un negocio a cambio de una retribución, sin ser necesariamente trabajador en planilla. Define qué decisiones puede tomar el gestor, hasta dónde llegan sus facultades, cómo se le paga y cómo responde si causa daños. Es la forma de profesionalizar la gestión de una empresa cuando el dueño quiere delegar la operación en alguien con experiencia, manteniendo el control sobre los límites.
¿Quién lo usa y cuándo conviene?
Lo usan empresas que contratan a un gerente externo o a una firma de gestión, y también dueños que separan la propiedad de la administración. Conviene cuando quieres que un profesional dirija el negocio bajo reglas claras de facultades y responsabilidad, sin asumir todas las cargas de un vínculo laboral, o como complemento del nombramiento societario del gerente general. Es clave delimitar bien las facultades para evitar que el gestor comprometa a la empresa más allá de lo pactado.
Base legal
Cuando el gestor es independiente, se rige por la locación de servicios del Código Civil, artículos 1755 a 1763, que define la prestación de servicios sin subordinación a cambio de retribución. Si el gerente es órgano de la sociedad, se aplican los artículos 185 a 197 de la Ley General de Sociedades, Ley N.º 26887, que regulan el cargo, las atribuciones (artículo 188) y la responsabilidad del gerente (artículo 190). Atención: si en los hechos hay subordinación, horario y dependencia, podría configurarse un vínculo laboral regido por el Decreto Supremo N.º 003-97-TR, con todas sus obligaciones. La diferencia entre locación de servicios y contrato de trabajo se define por la realidad, no por el nombre del contrato.
Qué datos y documentos necesitas
- Identificación de la empresa contratante y del gestor (persona natural o jurídica).
- Descripción de los servicios de gestión y de las áreas que dirigirá.
- Facultades y límites: hasta qué monto contrata, qué requiere autorización previa.
- Retribución, forma y periodicidad de pago, y si hay componente variable por resultados.
- Plazo del contrato, causales de terminación y régimen de confidencialidad.
- Régimen de responsabilidad por daños y, de ser el caso, garantías exigidas.
Cómo implementarlo paso a paso
- Define si el gestor será independiente (locación) o gerente órgano de la sociedad.
- Delimita por escrito las facultades, los montos máximos y lo que necesita aprobación del directorio o de la junta.
- Pacta la retribución y el esquema de incentivos por desempeño si aplica.
- Firma el contrato y, si quieres mayor seguridad probatoria, legaliza firmas ante notario.
- Si es gerente general de la sociedad, inscribe su nombramiento en Sunarp para oponer sus poderes.
- Implementa controles de rendición de cuentas y reportes periódicos al órgano que lo designó.
Errores comunes a evitar
- Disfrazar de locación de servicios lo que en realidad es una relación laboral subordinada.
- Otorgar facultades ilimitadas sin topes de monto ni controles de aprobación.
- No regular la responsabilidad del gestor por la gestión negligente o dolosa.
- Olvidar inscribir los poderes del gerente, dejándolos sin oponibilidad frente a terceros.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo que un contrato laboral?
No. La locación de servicios (artículos 1755 y siguientes del Código Civil) no tiene subordinación, mientras que el contrato laboral sí. Pero si hay horario, dependencia y dirección del empleador, la realidad prima y se aplica el régimen laboral del Decreto Supremo N.º 003-97-TR.
¿Hasta dónde llegan las facultades del gerente?
Las que le otorgue el contrato y, si es gerente de la sociedad, las del artículo 188 de la Ley N.º 26887. Conviene fijar topes de monto y operaciones que requieran autorización del directorio para limitar el riesgo.
¿El gestor responde por sus malas decisiones?
Sí. Si es gerente, el artículo 190 de la Ley N.º 26887 lo hace responsable por los daños causados por dolo, abuso de facultades o negligencia grave. Si es locador, responde según las reglas de responsabilidad contractual del Código Civil.
¿Necesito inscribir el contrato?
El contrato en sí no se inscribe, pero el nombramiento del gerente general de la sociedad y sus poderes sí deben inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas para que tengan efecto frente a terceros.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de gerencia (prestación de servicios de gestión)
¿El modelo de contrato de gerencia (prestación de servicios de gestión) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-gerencia-prestacion-de-servicios-de-gestion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de gerencia (prestación de servicios de gestión) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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