Contrato de Consorcio para Obra Pública
Contrato de consorcio para postular y ejecutar conjuntamente contratos con el Estado. Art. 138 RLCE y Ley 30225 (LCE).
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CONSORCIO Conste por el presente documento el CONTRATO DE CONSORCIO que celebran: CONSORCIADO A: [RAZÓN_SOCIAL_A], con RUC N.° [RUC_A], con domicilio en [DOMICILIO_A], debidamente representada por [NOMBRE_REP_A], en adelante "CONSORCIADO A". CONSORCIADO B: [RAZÓN_SOCIAL_B], con RUC N.° [RUC_B], con domicilio en [DOMICILIO_B], debidamente representada por [NOMBRE_REP_B], en adelante "CONSORCIADO B". [CONSORCIADO C]: [RAZÓN_SOCIAL_C], con RUC N.° [RUC_C], en adelante "CONSORCIADO C". PRIMERA: OBJETO Los Consorciados acuerdan asociarse en consorcio, sin constituir persona jurídica independiente, con el único propósito de presentar en forma conjunta su oferta y, de ser el caso, celebrar y ejecutar el contrato derivado del [PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: licitación pública / concurso público / adjudicación simplificada] N.° [N°_PROCEDIMIENTO]-[AÑO], convocada por [NOMBRE_ENTIDAD PÚBLICA], para la [EJECUCIÓN DE OBRA / PRESTACIÓN DE SERVICIOS / CONSULTORÍA] de [OBJETO DEL PROCESO]. SEGUNDA: PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN Los Consorciados participarán en el consorcio en los siguientes porcentajes: - CONSORCIADO A: [N°]% - CONSORCIADO B: [N°]% - CONSORCIADO C: [N°]% (si aplica) TOTAL: 100% TERCERA: REPRESENTANTE COMÚN DEL CONSORCIO Los Consorciados designan como REPRESENTANTE COMÚN del consorcio a [RAZÓN_SOCIAL_A / NOMBRE_PERSONA], con [RUC/DNI] N.° [N°], representado por [NOMBRE], quien tendrá amplias facultades para: a) Suscribir la oferta, el contrato con la Entidad y sus modificaciones. b) Presentar documentación ante la Entidad y el OSCE. c) Recibir y distribuir los pagos de la Entidad. d) Actuar en nombre del consorcio en todos los actos relacionados con el proceso y el contrato. CUARTA: RESPONSABILIDADES Los Consorciados son solidariamente responsables frente a la Entidad Pública por el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato que eventualmente se suscriba, conforme al Art. 138 del Reglamento de la LCE (D.S. 344-2018-EF). QUINTA: DISTRIBUCIÓN DE OBLIGACIONES Sin perjuicio de la responsabilidad solidaria frente a la Entidad, entre los Consorciados la distribución de obligaciones para la ejecución será: CONSORCIADO A será responsable de: [DESCRIBIR ACTIVIDADES/COMPONENTES: obras civiles / diseño / supervisión / etc.]. CONSORCIADO B será responsable de: [DESCRIBIR ACTIVIDADES: instalaciones / equipamiento / etc.]. SEXTA: DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS Y COSTOS Los ingresos y costos se distribuirán entre los Consorciados en los porcentajes indicados en la Cláusula Segúnda, salvo acuerdo distinto entre las partes. SÉPTIMA: CUENTA BANCARIA DEL CONSORCIO Los pagos de la Entidad se recibirán en la cuenta N.° [N°_CUENTA] del Banco [NOMBRE_BANCO], cuya administración estará a cargo del Representante Común, quien distribuirá los fondos según lo acordado. OCTAVA: VIGENCIA El presente contrato de consorcio tendrá vigencia desde su suscripción hasta la liquidación del contrato con la Entidad Pública. NOVENA: REGISTRO EN SUNAT El presente consorcio deberá inscribirse ante SUNAT conforme al Art. 65 de la Ley del Impuesto a la Renta. Firmado en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO]. ___________________________ ___________________________ CONSORCIADO A CONSORCIADO B [NOMBRE_REP_A] [NOMBRE_REP_B] RUC: [RUC_A] RUC: [RUC_B]
El consorcio para obra pública es el contrato por el cual dos o más empresas se unen para postular y ejecutar juntas una obra contratada por el Estado, sumando experiencia, capacidad financiera y especialización. Cada empresa mantiene su autonomía, pero ante la entidad pública actúan como un solo postor a través de un representante común, y responden de forma solidaria por el cumplimiento del contrato. Es la fórmula habitual para acceder a licitaciones grandes que una sola empresa no podría afrontar.
Cuándo lo usas
Lo usas cuando vas a postular a una licitación o concurso del Estado y necesitas complementar tu experiencia, tu capacidad de contratación o tu especialidad con otra empresa. El consorcio se constituye antes de presentar la oferta, mediante una promesa de consorcio, y se formaliza si el grupo gana la buena pro.
Base legal peruana 2026
La figura societaria base es el consorcio de los artículos 445 y 446 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887): el artículo 445 lo define y el artículo 446 precisa que los bienes que cada consorciado destina siguen siendo de su propiedad. Para la contratación con el Estado rige la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, vigente desde el 22 de abril de 2025 (que reemplazó a la Ley 30225), y su Reglamento. Con esta ley el ente rector pasó de llamarse OSCE a OECE. La normativa exige a los consorciados estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), designar un representante común y asumir responsabilidad solidaria frente a la entidad.
Cómo redactarlo bien
- Identifica a cada consorciado con RUC y su vigencia de inscripción en el RNP.
- Designa al representante común del consorcio y precisa sus facultades.
- Fija el porcentaje de participación y las obligaciones que asume cada empresa en la ejecución.
- Declara la responsabilidad solidaria de los consorciados frente a la entidad.
- Define la facturación (consorcio con o sin contabilidad independiente) y la solución de controversias.
Errores comunes
- Presentar la promesa de consorcio sin precisar porcentajes de participación ni obligaciones, motivo de descalificación.
- Designar mal o no designar al representante común.
- Olvidar que la responsabilidad frente al Estado es solidaria, no proporcional.
- No verificar la vigencia del RNP de cada integrante al momento de postular.
Preguntas frecuentes
¿Qué norma rige hoy las obras públicas? La Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, vigente desde abril de 2025, junto con su Reglamento. Reemplazó a la antigua Ley 30225.
¿Cada empresa responde solo por su parte? No frente al Estado. La responsabilidad es solidaria, de modo que la entidad puede exigir el cumplimiento integral a cualquiera de los consorciados.
¿El consorcio tiene RUC propio? Puede tenerlo si opta por contabilidad independiente. Si no, cada consorciado factura su parte según el porcentaje de participación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de consorcio para obra pública
¿El modelo de contrato de consorcio para obra pública es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-consorcio-para-obra-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de consorcio para obra pública sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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