Contrato de Prestación de Servicios de Agente de Aduana
Contrato de prestación de servicios con una agencia de aduana autorizada, sustentado en el Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas, para el despacho de mercancías de importación o exportación.
Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AGENTE DE ADUANA Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios de Agente de Aduana que celebran de una parte [NOMBRE_IMPORTADOR_O_EXPORTADOR] (en adelante, EL COMITENTE), con domicilio en [DIRECCION_COMITENTE], identificado con RUC N.° [RUC_COMITENTE], debidamente representado por [REPRESENTANTE_COMITENTE]; y de otra parte [NOMBRE_AGENCIA_DE_ADUANA] (en adelante, EL AGENTE DE ADUANA), agencia de aduana autorizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), con registro N.° [NUMERO_DE_REGISTRO_SUNAT], con domicilio en [DIRECCION_AGENTE_DE_ADUANA]; en los términos siguientes: PRIMERA.- OBJETO EL AGENTE DE ADUANA se obliga a prestar a EL COMITENTE los servicios de despacho aduanero de las mercancías que este le encomiende, actuando en su condición de auxiliar de la función pública aduanera conforme al Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, y su reglamento, para las operaciones de [IMPORTACION_Y_O_EXPORTACION] que EL COMITENTE requiera. SEGUNDA.- ALCANCE DEL SERVICIO El servicio comprende, entre otras gestiones: la elaboración y transmisión de la declaración aduanera de mercancías, la clasificación arancelaria, la determinación de tributos y demás obligaciones aduaneras, la coordinación con los almacenes aduaneros, la atención de canales de control (verde, naranja o rojo) y el seguimiento del levante de las mercancías. TERCERA.- ENDOSO Y REPRESENTACIÓN EL COMITENTE otorgará a EL AGENTE DE ADUANA el endoso o poder correspondiente para actuar en su representación ante SUNAT-Aduanas respecto de cada despacho encomendado, sin que ello implique una representación general para actos distintos al despacho aduanero. CUARTA.- OBLIGACIONES DE EL COMITENTE EL COMITENTE se obliga a: (i) proporcionar información veraz, completa y oportuna sobre la mercancía, su valor, origen y demás datos exigidos por la normativa aduanera; (ii) entregar la documentación de sustento (factura comercial, documento de transporte, packing list, certificados, entre otros); (iii) pagar los tributos, tasas y derechos aduaneros que correspondan; y (iv) pagar los honorarios de EL AGENTE DE ADUANA. QUINTA.- OBLIGACIONES DEL AGENTE DE ADUANA EL AGENTE DE ADUANA se obliga a: (i) actuar con diligencia, transparencia y sujeción a la Ley General de Aduanas y su reglamento; (ii) informar oportunamente sobre observaciones, incidencias o requerimientos de SUNAT; (iii) guardar reserva sobre la información comercial de EL COMITENTE; y (iv) rendir cuenta documentada de los tributos y gastos pagados por cuenta de este. SEXTA.- HONORARIOS Y GASTOS Los honorarios por el servicio de despacho ascienden a [MONTO_Y_MONEDA] por operación, más los gastos de terceros (almacenaje, verificación, transporte interno) que EL COMITENTE reembolsará contra sustento documentario, dentro de los [PLAZO_DE_PAGO] días de presentada la liquidación. SÉTIMA.- RESPONSABILIDAD EL AGENTE DE ADUANA es responsable administrativa, civil y, cuando corresponda, penalmente frente a SUNAT y frente a EL COMITENTE por los actos propios del despacho aduanero, conforme a los alcances de responsabilidad previstos en la Ley General de Aduanas para los agentes de aduana como auxiliares de la función pública. OCTAVA.- VIGENCIA Y TERMINACIÓN El presente Contrato tiene vigencia de [VIGENCIA_DEL_CONTRATO], renovable por acuerdo expreso de las partes, y podrá terminar por vencimiento del plazo, mutuo disenso, o resolución por incumplimiento, sin perjuicio de las obligaciones pendientes por despachos en trámite. NOVENA.- LEY APLICABLE Y CONTROVERSIAS El presente Contrato se rige por el Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, su reglamento y disposiciones complementarias de SUNAT, y de modo supletorio por el Código Civil peruano. Las controversias se resolverán mediante trato directo y, de persistir, ante los jueces y tribunales de [CIUDAD_O_FUERO_COMPETENTE]. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la ciudad de [CIUDAD_DE_SUSCRIPCION], a los [FECHA]. EL COMITENTE EL AGENTE DE ADUANA [NOMBRE_IMPORTADOR_O_EXPORTADOR] [NOMBRE_AGENCIA_DE_ADUANA]
¿Cuándo usar este modelo?
Utiliza este modelo cuando tu empresa importadora o exportadora vaya a contratar de forma regular o para una operación específica los servicios de una agencia de aduana autorizada por SUNAT, para que gestione el despacho de tus mercancías. Es distinto de una simple carta poder al agente de aduana, porque aquí se pactan también honorarios, plazos, obligaciones documentarias y responsabilidades del servicio, no solo la facultad de representación.
¿Qué datos necesitas?
Reúne los datos de tu empresa y de la agencia de aduana (incluyendo su número de registro ante SUNAT), el tipo de operaciones a encomendar (importación, exportación o ambas), los honorarios pactados por despacho, el plazo de vigencia del contrato y el detalle de la documentación que tu empresa se compromete a entregar para cada despacho.
Paso a paso
1) Verifica que la agencia de aduana cuente con registro vigente ante SUNAT. 2) Define el alcance del servicio (clasificación arancelaria, transmisión de la declaración, atención de canales de control, seguimiento del levante). 3) Establece las obligaciones documentarias de tu empresa. 4) Pacta honorarios y forma de reembolso de gastos de terceros. 5) Incluye una cláusula clara de responsabilidad conforme a la Ley General de Aduanas. 6) Firma el contrato y otorga el endoso o poder específico para cada despacho.
Errores comunes
Confundir este contrato con la carta poder de representación aduanera, que solo otorga facultades pero no regula tarifas ni obligaciones del servicio; no detallar qué documentación debe entregar el comitente y en qué plazo; omitir la obligación de reembolso de gastos de terceros; y no precisar el alcance de la responsabilidad del agente de aduana frente a errores en la declaración.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio usar un agente de aduana? Para la mayoría de operaciones de comercio exterior sí, salvo los supuestos de despacho simplificado o excepciones previstas en la normativa aduanera vigente.
¿Qué diferencia hay entre el agente de aduana y el agente de carga? El agente de aduana gestiona el despacho ante SUNAT; el agente de carga (freight forwarder) coordina el transporte físico internacional de la mercancía.
¿Quién responde si la declaración aduanera tiene errores? Depende de si el error se originó en la información proporcionada por el comitente o en la actuación del agente de aduana como auxiliar de la función pública aduanera, conforme a la Ley General de Aduanas.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de prestación de servicios de agente de aduana
¿El modelo de contrato de prestación de servicios de agente de aduana es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-prestacion-de-servicios-de-agente-de-aduana/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de prestación de servicios de agente de aduana sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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