Contrato de Representación con Agencia de Talentos Digitales
Contrato de representación y management de un creador de contenido con una agencia de talentos digitales, bajo las reglas del mandato del Código Civil (arts. 1790 y ss.): facultades, exclusividad y comisión.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE REPRESENTACIÓN Y GESTIÓN CON AGENCIA DE TALENTOS DIGITALES Conste por el presente documento el Contrato de Representación que celebran de una parte [NOMBRE_AGENCIA], con RUC N.° [RUC_AGENCIA], con domicilio en [DOMICILIO_AGENCIA], debidamente representada por [REPRESENTANTE_AGENCIA], en adelante la Agencia; y de la otra parte [NOMBRE_CREADOR], identificado(a) con DNI N.° [DNI_CREADOR], creador de contenido conocido como [NOMBRE_ARTISTICO], en adelante el Talento; al amparo del contrato de mandato regulado en los artículos 1790 y siguientes del Código Civil, en los términos siguientes: PRIMERA: OBJETO. El Talento encarga a la Agencia la gestión, representación y negociación de sus oportunidades comerciales: campañas con marcas, canjes, patrocinios, apariciones, licencias de contenido y desarrollo de su marca personal en plataformas digitales. SEGUNDA: FACULTADES. La Agencia queda facultada para presentar al Talento ante marcas, negociar tarifas y coordinar la agenda, sin poder suscribir contratos definitivos ni cobrar en nombre del Talento sin su aprobación escrita previa para cada acuerdo. TERCERA: EXCLUSIVIDAD. La representación es [EXCLUSIVA_O_NO_EXCLUSIVA] para las categorías [CATEGORIAS] y para el territorio [TERRITORIO]. El Talento se obliga a canalizar por la Agencia las oportunidades comprendidas en la exclusividad. CUARTA: COMISIÓN. La Agencia percibe una comisión del [PORCENTAJE] por ciento sobre los ingresos netos efectivamente cobrados por los acuerdos que gestione. La comisión se paga dentro de [DIAS] días de recibido el pago de la marca, previa emisión del comprobante correspondiente. QUINTA: OBLIGACIONES DE LA AGENCIA. Actuar con diligencia y buena fe, rendir cuentas mensuales, entregar reportes de las negociaciones y no divulgar la información confidencial del Talento ni sus tarifas. SEXTA: OBLIGACIONES DEL TALENTO. Cumplir los compromisos asumidos con las marcas, mantener la calidad y periodicidad de su contenido, y no negociar directamente con marcas incluidas en la exclusividad durante la vigencia. SÉTIMA: PROPIEDAD DEL CONTENIDO. El Talento conserva la titularidad de los derechos de autor sobre su contenido, conforme al Decreto Legislativo N.° 822. La Agencia no adquiere derecho alguno sobre las obras del Talento. OCTAVA: VIGENCIA Y RESOLUCIÓN. El contrato rige por [PLAZO] renovable. Cualquiera podrá resolverlo con [DIAS_AVISO] días de aviso. La Agencia mantiene el derecho a comisión sobre los acuerdos que hubiera cerrado antes de la terminación (cola o tail). NOVENA: CONTROVERSIAS. Las partes se someten a conciliación extrajudicial y, en su defecto, a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Firmado en [CIUDAD], el [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________ _______________________ [NOMBRE_AGENCIA] [NOMBRE_CREADOR] La Agencia El Talento
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando un creador de contenido decide trabajar con una agencia de talentos (o un mánager) que le conseguirá campañas con marcas, patrocinios y apariciones a cambio de una comisión. Es el documento que ordena una relación que suele empezar informal y que, cuando crece, genera dudas sobre quién puede negociar en tu nombre, cuánto cobra la agencia y qué pasa cuando se termina el vínculo.
Se estructura como un mandato bajo el Código Civil: el talento encarga la gestión de sus oportunidades, pero conserva el control de las decisiones finales y la propiedad de su contenido, protegida por el Decreto Legislativo N.° 822.
Qué datos necesitas
- Razón social y RUC de la agencia y su representante.
- Nombre, DNI y nombre artístico del creador.
- Si la representación es exclusiva y para qué categorías y territorio.
- Porcentaje de comisión y plazo de pago tras cobrar la marca.
- Plazo del contrato y días de aviso para terminarlo.
Paso a paso
- Definan el alcance de la exclusividad: total, por categorías o no exclusiva.
- Fijen la comisión sobre ingresos netos y cuándo se paga.
- Dejen claro que la agencia no firma ni cobra sin aprobación escrita del talento.
- Acuerden la cláusula de cola: comisiones por acuerdos cerrados antes de terminar.
- Firmen ambos y guarden copia; pidan rendición de cuentas mensual.
Errores comunes
- Dar exclusividad total sin límite de categorías ni de tiempo.
- No exigir aprobación escrita antes de que la agencia firme contratos por ti.
- Confundir representación con cesión de contenido: la agencia no debe quedarse con tus obras.
- Olvidar regular qué comisiones sobreviven a la terminación del contrato.
Preguntas frecuentes
¿La agencia puede cobrar el dinero de las marcas por mí? Solo si lo autorizas expresamente; por defecto, este modelo exige tu aprobación escrita para cada acuerdo y cobro.
¿Qué pasa con las marcas que consiga por mi cuenta? Depende de la exclusividad: si es total, deben canalizarse por la agencia; si es por categorías, mantienes libertad fuera de ellas.
¿Puedo salir del contrato cuando quiera? Sí, con el aviso pactado; pero la agencia puede conservar comisión sobre los acuerdos que cerró mientras te representaba.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de representación con agencia de talentos digitales
¿El modelo de contrato de representación con agencia de talentos digitales es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-representacion-con-agencia-de-talentos-digitales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de representación con agencia de talentos digitales sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Desarrollo de Software
Contrato de locación de servicios para desarrollo de software a medida en Perú, conforme al Art. 1764 del Código Civil y al Decreto Legislativo 822 sobre derechos de autor del software.
Contrato de Servicios Freelance o Independiente
Contrato de locación de servicios para freelance o trabajador independiente en Perú, conforme al Art. 1764 del Código Civil, sin subordinación ni vínculo laboral.
Contrato de Community Manager
Contrato de locación de servicios de community manager para gestión de redes sociales en Perú, conforme al Art. 1764 del Código Civil, sin vínculo laboral.
Contrato de Diseño Gráfico
Contrato de locación de servicios de diseño gráfico en Perú conforme al Art. 1764 del Código Civil, con cesión de derechos de autor sobre el diseño (Decreto Legislativo 822).
Contrato de Servicios de Influencer en Redes Sociales
Contrato de servicios de influencer para publicidad en redes sociales en Perú, con publicidad identificada conforme a la Ley 29571 y locación de servicios (Art. 1764 CC).
Contrato de Hosting y Mantenimiento Web
Contrato de hosting y mantenimiento de sitio web en Perú, locación de servicios conforme al Art. 1764 del Código Civil, con respaldos, soporte y tratamiento de datos (Ley 29733).
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras