Contrato de Representación de Deportista (Agente Deportivo)
Contrato entre un deportista y su agente para negociar contratos, transferencias y renovaciones, bajo el Reglamento FIFA de Agentes de Fútbol y el mandato civil.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE REPRESENTACIÓN DEPORTIVA (AGENTE DE FÚTBOL) Conste el Contrato de Representación que celebran EL DEPORTISTA [NOMBRE_DEPORTISTA], DNI/CE N° [DNI_DEPORTISTA], de [EDAD] años, con domicilio en [DIRECCION_DEPORTISTA] (de ser menor de edad, interviene su representante legal [NOMBRE_APODERADO], DNI N° [DNI_APODERADO]); y EL AGENTE [NOMBRE_AGENTE], DNI/CE N° [DNI_AGENTE], con Licencia de Agente de Fútbol N° [NUMERO_LICENCIA_FIFA], domiciliado en [DIRECCION_AGENTE]. PRIMERA.- MARCO NORMATIVO El presente contrato se rige por el Reglamento FIFA de Agentes de Fútbol (FFAR) y las normas de la FPF, aplicándose de manera supletoria las normas del mandato del Código Civil peruano. EL AGENTE declara contar con licencia vigente y habilitante. SEGUNDA.- OBJETO EL DEPORTISTA encarga a EL AGENTE la prestación de servicios de representación e intermediación para negociar y gestionar contratos de trabajo deportivo, transferencias, renovaciones y oportunidades comerciales lícitas relacionadas con su carrera. TERCERA.- EXCLUSIVIDAD Y PLAZO La representación es [EXCLUSIVA_O_NO_EXCLUSIVA] y rige desde el [FECHA_INICIO] por un plazo máximo de dos (2) años, renovable por acuerdo escrito, conforme al límite del FFAR. CUARTA.- COMISIÓN EL AGENTE percibirá una comisión equivalente al [PORCENTAJE] por ciento de la remuneración bruta anual del deportista derivada del contrato gestionado, respetando los topes de servicio establecidos por el FFAR. La comisión se paga [FORMA_PAGO_COMISION]. QUINTA.- OBLIGACIONES DEL AGENTE Actuar con lealtad y transparencia, evitar conflictos de interés y la doble representación prohibida, informar por escrito de las negociaciones y rendir cuentas. No podrá percibir pagos de terceros no divulgados. SEXTA.- OBLIGACIONES DEL DEPORTISTA Brindar información veraz, no negociar directamente contratos dentro del objeto sin conocimiento del agente durante la exclusividad, y pagar la comisión pactada. SÉTIMA.- MENORES DE EDAD Tratándose de menores, el contrato requiere la firma del representante legal y observa las restricciones especiales de protección del FFAR y del Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337). OCTAVA.- RESOLUCIÓN El contrato podrá resolverse por incumplimiento, por pérdida de la licencia del agente o por mutuo acuerdo. Los servicios devengados hasta la resolución serán liquidados. NOVENA.- CONTROVERSIAS Se someten al órgano competente de la FPF y de la FIFA y, de forma subsidiaria, a conciliación y arbitraje en [CIUDAD]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. ______________________ ______________________ EL DEPORTISTA EL AGENTE
El contrato de representación vincula a un deportista con su agente para que negocie y gestione sus contratos, transferencias y renovaciones. Se rige por el Reglamento FIFA de Agentes de Fútbol (FFAR) y, de manera supletoria, por las normas del mandato del Código Civil peruano.
Cuándo usar este modelo
Cuando un jugador contrata a un agente con licencia para que represente sus intereses ante los clubes.
- Un futbolista que busca un agente para negociar su próximo contrato.
- Gestión de una transferencia o renovación por parte del representante.
- Representación de un jugador menor de edad, con firma del apoderado.
Qué datos necesitas
- Datos del deportista y, si es menor, de su representante legal.
- Datos del agente y número de su licencia FIFA.
- Carácter exclusivo o no exclusivo de la representación.
- Porcentaje de comisión y forma de pago.
Paso a paso
- Verifica que el agente tenga licencia vigente conforme al FFAR.
- Define el objeto, la exclusividad y el plazo máximo de dos años.
- Pacta la comisión respetando los topes del reglamento.
- Firma el contrato; si el jugador es menor, debe firmar el apoderado.
Errores comunes
- Contratar a un agente sin licencia vigente.
- Pactar plazos superiores a los dos años que permite el FFAR.
- Aceptar la doble representación prohibida por conflicto de interés.
- No documentar por escrito la comisión y sus condiciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puede cobrar el agente? Un porcentaje de la remuneración del jugador, sujeto a los topes de servicio del FFAR; lo habitual es que se pacte sobre la remuneración bruta anual.
¿Se puede representar a un menor de edad? Sí, pero con la firma del representante legal y observando las restricciones especiales de protección de menores del FFAR y del Código de los Niños y Adolescentes.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de representación de deportista (agente deportivo)
¿El modelo de contrato de representación de deportista (agente deportivo) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-representacion-de-deportista-agente-deportivo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de representación de deportista (agente deportivo) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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