Contrato de Suministro de Bienes
Modelo de contrato de suministro de bienes regido por los Arts. 1604, 1605 y 1613 del Código Civil. El suministrante se obliga a entregas periódicas o continuadas de bienes a cambio de un precio.
Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Conste por el presente documento el contrato de suministro que celebran: EL SUMINISTRANTE: [NOMBRE_SUMINISTRANTE], con RUC N° [RUC_SUMINISTRANTE], domiciliado en [DOMICILIO_SUMINISTRANTE], representado por [REPRESENTANTE_SUMINISTRANTE]. EL SUMINISTRADO: [NOMBRE_SUMINISTRADO], con RUC N° [RUC_SUMINISTRADO], domiciliado en [DOMICILIO_SUMINISTRADO], representado por [REPRESENTANTE_SUMINISTRADO]. PRIMERA: MARCO LEGAL. Por el suministro, el suministrante se obliga a ejecutar a favor de otra persona prestaciones periódicas o continuadas de bienes, conforme al Art. 1604 del Código Civil. El contrato consta por escrito conforme al Art. 1605 del Código Civil. SEGUNDA: OBJETO. EL SUMINISTRANTE entregará a EL SUMINISTRADO los siguientes bienes: [DESCRIPCION_BIENES], con las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo. TERCERA: VOLUMEN Y PERIODICIDAD. Las entregas serán [PERIODICAS / CONTINUADAS], con frecuencia [FRECUENCIA], por un volumen aproximado de [VOLUMEN] por entrega. EL SUMINISTRADO formulará sus pedidos con [DIAS_ANTICIPACION] días de anticipación. CUARTA: PRECIO Y PAGO. El precio unitario es de S/ [PRECIO_UNITARIO] más IGV. EL SUMINISTRADO pagará dentro de los [DIAS_PAGO] días de cada entrega conforme, contra comprobante de pago. QUINTA: ENTREGA Y RECEPCIÓN. Las entregas se realizan en [LUGAR_ENTREGA]. EL SUMINISTRADO verificará cantidad y calidad al recibir, y formulará observaciones dentro de [DIAS_OBSERVACION] días. SEXTA: EXCLUSIVIDAD. Se pacta exclusividad (SÍ / NO) a favor de [PARTE_EXCLUSIVA], conforme al Art. 1616 del Código Civil. SÉTIMA: PLAZO. El contrato rige por [PLAZO] desde el [FECHA_INICIO]. Si es de duración indeterminada, cualquiera de las partes puede separarse dando aviso previo de [DIAS_PREAVISO] días (Art. 1613 del Código Civil). OCTAVA: RESOLUCIÓN. El incumplimiento de notable importancia faculta la resolución conforme al Art. 1428 del Código Civil. El incumplimiento de escasa importancia no autoriza a suspender el suministro (Art. 1620 del Código Civil). NOVENA: COMPETENCIA. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL SUMINISTRANTE EL SUMINISTRADO RUC N° [RUC_SUMINISTRANTE] RUC N° [RUC_SUMINISTRADO]
El contrato de suministro de bienes es aquel por el cual el suministrante se obliga a ejecutar a favor del beneficiario prestaciones periódicas o continuadas de bienes, a cambio de un precio. Es un contrato de duración: no se agota en una sola entrega, sino que asegura un abastecimiento sostenido en el tiempo (por ejemplo, la entrega mensual de insumos, combustible, materia prima o mercadería). A diferencia de una compraventa única, el suministro garantiza continuidad y suele pactarse para cubrir las necesidades recurrentes del beneficiario.
Cuando usarlo
Lo usas cuando un negocio necesita recibir bienes de forma regular y quiere asegurar el abastecimiento con un proveedor fijo: una fábrica que requiere materia prima cada semana, un restaurante que recibe insumos a diario, una empresa que se provee de combustible o material de oficina. También sirve para fijar precios estables y condiciones uniformes a lo largo de un periodo, evitando renegociar en cada pedido.
Base legal peruana
- Artículo 1604 del Código Civil: define el suministro como la obligación de ejecutar prestaciones periódicas o continuadas de bienes.
- Artículo 1608 del Código Civil: cuando no se ha fijado el volumen, se entiende pactado el que corresponda a las necesidades normales del beneficiario al tiempo del contrato.
- Artículo 1613 del Código Civil: regula el pacto de preferencia a favor de una de las partes para la celebración de un suministro posterior.
- Artículo 1619 del Código Civil: ante un incumplimiento de escasa importancia del beneficiario, el suministrante no puede suspender la ejecución sin aviso previo.
- Artículo 1620 del Código Civil: permite resolver el contrato cuando el incumplimiento de las prestaciones singulares disminuye la confianza en los cumplimientos sucesivos.
Como rellenarlo bien
Describe los bienes a suministrar con calidad y especificaciones. Define la periodicidad (diaria, semanal, mensual) o el carácter continuado del suministro y el volumen, o señala que se ajusta a las necesidades normales del beneficiario. Fija el precio unitario o total y la forma de pago, e incluye, si lo deseas, una fórmula de reajuste. Regula el lugar y la modalidad de entrega, el control de calidad, y las causales de suspensión y resolución. Conviene pactar avisos previos antes de suspender entregas.
Errores comunes
- No fijar el volumen ni la periodicidad. Aunque el artículo 1608 cubre el vacío con las necesidades normales, dejarlo impreciso genera disputas sobre cuanto y cuando entregar.
- Suspender las entregas de golpe por un retraso menor. El artículo 1619 obliga a dar aviso previo cuando el incumplimiento del beneficiario es de escasa importancia.
- No pactar reajuste de precios en contratos largos. En suministros de varios meses, la falta de una fórmula de ajuste puede volver el precio desfasado.
Preguntas frecuentes
En que se diferencia de una compraventa? La compraventa suele agotarse en una entrega; el suministro es de duración y obliga a entregas periódicas o continuadas en el tiempo, lo que da estabilidad al abastecimiento.
Puedo cortar el suministro si el cliente se atrasa una vez? Depende de la gravedad. Si el incumplimiento es leve, el artículo 1619 exige avisarle antes de suspender. Si es grave y afecta la confianza en los cumplimientos futuros, puedes resolver según el artículo 1620.
Es obligatorio que conste por escrito? Puede probarse por cualquier medio, pero si se celebra por escrito ese documento prevalece como prueba. Si el suministro es gratuito, si debe constar por escrito bajo sanción de nulidad.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de suministro de bienes
¿El modelo de contrato de suministro de bienes es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-suministro-de-bienes/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de suministro de bienes sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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