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Contratos

Contrato de Suministro de Combustible para Flota

Modelo de contrato de suministro continuado de combustible para una flota vehicular o de maquinaria, conforme a los artículos 1604 a 1620 del Código Civil. Word editable.

Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA FLOTA

Conste por el presente documento el contrato de suministro de combustible que celebran, de una parte, [NOMBRE_GRIFO], con RUC [RUC_GRIFO], domicilio en [DOMICILIO_GRIFO], representado por [REPRESENTANTE_GRIFO], a quien se denominará EL SUMINISTRANTE, y de la otra parte, [NOMBRE_EMPRESA], con RUC [RUC_EMPRESA], domicilio en [DOMICILIO_EMPRESA], representada por [REPRESENTANTE_EMPRESA], a quien se denominará EL SUMINISTRADO, en los términos siguientes:

PRIMERA: MARCO LEGAL
En aplicación del artículo 1604 del Código Civil, EL SUMINISTRANTE se obliga a entregar de forma continuada combustible a EL SUMINISTRADO para el abastecimiento de su flota, a cambio del precio pactado.

SEGUNDA: OBJETO
EL SUMINISTRANTE proveerá [TIPO_COMBUSTIBLE] para los vehículos y maquinaria de la flota de EL SUMINISTRADO detallados en el Anexo 1 (placa, tipo de unidad y consumo estimado).

TERCERA: VOLUMEN Y CONTINUIDAD
El suministro será continuado según las necesidades de la flota. Cuando no se haya fijado el volumen, se entenderá pactado el que corresponda a las necesidades normales de EL SUMINISTRADO al tiempo de celebrarse el contrato, conforme al artículo 1606 del Código Civil. El consumo mensual estimado es de [VOLUMEN_ESTIMADO] galones.

CUARTA: PRECIO Y PAGO
El precio por galón será de S/ [PRECIO_GALON], reajustable según la variación del precio de referencia. Conforme al artículo 1609 del Código Civil, el precio de cada entrega será exigible a su vencimiento. EL SUMINISTRADO pagará mediante [MEDIO_PAGO] dentro de [PLAZO_PAGO].

QUINTA: CONTROL Y DESPACHO
Las unidades autorizadas se identificarán mediante [SISTEMA_CONTROL]. Cada despacho será registrado en vale o medio electrónico que servirá de sustento de la prestación singular.

SEXTA: CLÁUSULA DE PREFERENCIA
Las partes pactan a favor de EL SUMINISTRANTE el derecho de preferencia para futuros suministros por un plazo que no excederá de cinco años, conforme al artículo 1614 del Código Civil.

SÉTIMA: SUSPENSIÓN Y RESOLUCIÓN
El incumplimiento de pago faculta a EL SUMINISTRANTE a suspender las entregas conforme al artículo 1619 del Código Civil y a resolver el contrato si el incumplimiento es de notable importancia o disminuye la confianza en los cumplimientos sucesivos, según los artículos 1618 y 1620 del Código Civil.

OCTAVA: NORMA SUPLETORIA
En lo no previsto rigen los artículos 1604 a 1620 del Código Civil.

En señal de conformidad, las partes firman por duplicado en [CIUDAD], el [FECHA].

El contrato de suministro de combustible para flota es el documento con el que un proveedor de combustible (grifo, estación de servicio o distribuidor mayorista) se compromete a abastecer de forma continua y periódica de gasolina, diésel o GLP a los vehículos de una empresa, a cambio de un precio que normalmente incluye un descuento por volumen y crédito a plazo. Es una herramienta clave para empresas de transporte, logística, construcción o cualquier negocio con varias unidades, porque convierte una compra dispersa en un suministro ordenado, con tarifa pactada, control de consumos por vehículo y facturación consolidada.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo firman el suministrante (la estación o distribuidora autorizada por OSINERGMIN) y el suministrado (la empresa dueña de la flota). Te conviene cuando tienes varios vehículos cargando combustible de manera constante y quieres precio preferencial, control del gasto, líneas de crédito y un solo proveedor responsable. También sirve para evitar fugas de combustible al asignar tarjetas o vales por unidad.

Base legal

  • Artículos 1604 al 1620 del Código Civil: regulan el suministro como contrato de prestaciones periódicas o continuadas (artículo 1604).
  • Artículo 1605 del Código Civil: la existencia y contenido del suministro pueden probarse por cualquier medio; cuando se celebra por escrito el documento prevalece sobre cualquier otro medio probatorio.
  • Decreto Supremo 045-2001-EM y normativa de OSINERGMIN: regulan la comercialización de combustibles líquidos; el proveedor debe estar inscrito en el Registro de Hidrocarburos.
  • Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor: si el suministrado es consumidor final, aplican las reglas de idoneidad, calidad y medida exacta del producto.

Qué datos y documentos necesitas

  • Datos de ambas partes: razón social, RUC, representante legal y domicilio.
  • Tipo de combustible (gasohol 90/95, diésel B5, GLP) y volumen estimado mensual.
  • Padrón de la flota: placas, tipo de vehículo y tope de consumo por unidad.
  • Precio o fórmula de precio (precio de mercado menos descuento), forma de pago y línea de crédito.
  • Mecanismo de despacho: tarjetas de control, vales o aplicativo.
  • Registro de Hidrocarburos vigente del proveedor.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Verifica que el proveedor esté inscrito en el Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN.
  2. Negocia el descuento por volumen, la línea de crédito y el plazo de pago.
  3. Completa la plantilla con el padrón de la flota y los topes de consumo por unidad.
  4. Pacten el mecanismo de despacho y control (tarjetas, vales o app) para evitar consumos no autorizados.
  5. Firmen ambas partes; si manejan crédito alto, conviene legalizar firmas y exigir garantías.
  6. Lleva un registro mensual de consumos por placa y concílialo con la facturación.

Errores comunes a evitar

  • No fijar la fórmula de precio: si el combustible sube y el contrato dice solo un monto fijo, una parte pierde.
  • No poner topes de consumo por vehículo, lo que facilita el robo de combustible.
  • Contratar con un grifo no inscrito en el Registro de Hidrocarburos.
  • Olvidar pactar qué pasa si el proveedor no tiene stock un día (sustitución, penalidad o compra a terceros).

Preguntas frecuentes

¿Puedo pactar el precio según el precio de mercado del día?

Sí. El artículo 1604 y siguientes admiten que el precio del suministro se determine por referencia a un parámetro objetivo, como el precio publicado en el mercado menos un descuento. Es lo más usado para no perder cuando el combustible varía.

¿Qué pasa si el grifo no me abastece un día?

Es un incumplimiento de una prestación singular. Si es aislado, no resuelve el contrato; si es reiterado y afecta la confianza en los cumplimientos futuros, puedes resolverlo conforme al artículo 1620 del Código Civil y exigir indemnización.

¿El proveedor responde por la calidad del combustible?

Sí. Debe entregar combustible que cumpla las especificaciones técnicas. Si daña tus motores por estar adulterado, responde por los daños y, si eres consumidor, puedes reclamar ante Indecopi por falta de idoneidad según la Ley 29571.

¿Necesito notaría?

No es obligatorio. Sin embargo, como suele haber líneas de crédito y montos altos, conviene legalizar firmas ante notario y pactar garantías (fianza o pagaré) para asegurar el pago.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de suministro de combustible para flota

¿El modelo de contrato de suministro de combustible para flota es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-suministro-de-combustible-para-flota/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de suministro de combustible para flota sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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