Contrato de Trabajo de Chef Ejecutivo o Jefe de Cocina
Contrato laboral para el chef que dirige la cocina de un restaurante: funciones, jornada, remuneración, confidencialidad de recetas, estándares sanitarios y periodo de prueba ampliado.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE TRABAJO DE CHEF EJECUTIVO O JEFE DE COCINA Conste por el presente documento el contrato de trabajo que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_DEL_RESTAURANTE], con RUC N.° [RUC_DEL_RESTAURANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_RESTAURANTE], representada por [REPRESENTANTE_DEL_RESTAURANTE], en adelante EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_CHEF], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_CHEF], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CHEF], de profesión [PROFESION_O_FORMACION], en adelante EL TRABAJADOR; en los términos siguientes: PRIMERA: OBJETO. EL EMPLEADOR contrata a EL TRABAJADOR para desempeñar el cargo de CHEF EJECUTIVO / JEFE DE COCINA del restaurante [NOMBRE_COMERCIAL_DEL_RESTAURANTE], bajo el régimen laboral de la actividad privada regulado por el TUO del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, en la modalidad de [MODALIDAD_DEL_CONTRATO] (plazo indeterminado o sujeto a modalidad, indicando la causa objetiva si corresponde). SEGUNDA: FUNCIONES. Son funciones principales: a) dirigir la operación de cocina y liderar la brigada ([NUMERO_DE_PERSONAL_A_CARGO] personas); b) diseñar y actualizar la carta y las fichas técnicas de recetas junto con la gerencia; c) controlar el costo de alimentos (food cost) dentro de la meta de [META_DE_FOOD_COST] %; d) gestionar compras, mermas e inventarios de insumos; e) hacer cumplir las buenas prácticas de manipulación y la Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines aprobada por el MINSA; f) capacitar al personal de cocina; g) las demás propias del cargo de confianza que se le comunican por escrito. TERCERA: CARGO DE CONFIANZA Y PERIODO DE PRUEBA. Por la naturaleza de dirección de la posición, las partes acuerdan la calificación del cargo conforme a ley y amplían el periodo de prueba a [MESES_DE_PERIODO_DE_PRUEBA] meses, dentro del máximo legal permitido para cargos de dirección o confianza. CUARTA: JORNADA. La jornada es de [HORAS_SEMANALES] horas semanales, distribuidas según el rol de turnos del establecimiento, con día de descanso semanal el [DIA_DE_DESCANSO]. El trabajo en sobretiempo se compensa conforme a ley. QUINTA: REMUNERACIÓN. EL TRABAJADOR percibirá una remuneración mensual bruta de S/ [REMUNERACION_MENSUAL], más los beneficios de ley (gratificaciones, CTS, vacaciones, asignación familiar de corresponder). Adicionalmente podrá percibir un bono por cumplimiento de metas de [BONO_POR_METAS], de carácter no remunerativo en los términos que la ley permite, y la parte que le corresponda del recargo al consumo si el establecimiento lo aplica. SEXTA: CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE RECETAS. Las recetas, fichas técnicas, costos, proveedores y procedimientos del restaurante constituyen información reservada. Las creaciones desarrolladas por EL TRABAJADOR durante la relación laboral y por encargo de EL EMPLEADOR integran el recetario del restaurante. EL TRABAJADOR se obliga a no divulgarlos durante la vigencia del contrato ni después de su término, bajo responsabilidad de indemnizar los daños causados. SÉPTIMA: SALUD E HIGIENE. EL TRABAJADOR mantiene vigente su carné de sanidad, participa de los exámenes médicos ocupacionales y cumple los protocolos de seguridad y salud en el trabajo del establecimiento. OCTAVA: EXCLUSIVIDAD Y ACTIVIDADES EXTERNAS. Durante la vigencia, EL TRABAJADOR requiere autorización escrita para prestar asesorías gastronómicas a terceros que compitan directamente con EL EMPLEADOR en el mismo giro y plaza. NOVENA: TÉRMINO. El contrato termina por las causales de ley. A su término, EL TRABAJADOR devuelve uniformes, cuchillería y materiales entregados, y participa del inventario de cierre. Firmado en [CIUDAD_Y_FECHA_DE_FIRMA], en dos ejemplares. _______________________________ _______________________________ EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
Cuándo usar este modelo
Úsalo al incorporar al responsable máximo de la cocina: el chef ejecutivo o jefe de cocina que dirige la brigada, diseña la carta, controla el costo de alimentos y responde por la higiene. Es un puesto distinto al del cocinero de línea: maneja información sensible (recetas, costos, proveedores), tiene personal a cargo y decide compras. Por eso este contrato añade a las cláusulas laborales comunes tres piezas clave: la calificación del cargo y el periodo de prueba ampliado, la confidencialidad con titularidad de las recetas desarrolladas para el restaurante, y la autorización previa para asesorar a competidores directos. Sirve para restaurantes independientes, cadenas y hoteles con operación gastronómica propia.
Marco legal en el Perú
La relación se rige por el régimen laboral de la actividad privada, cuyo marco es el TUO del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral: contrato de plazo indeterminado como regla, modalidades temporales solo con causa objetiva, y periodo de prueba ampliable hasta seis meses para cargos de confianza y hasta un año para cargos de dirección, siempre por escrito. La jornada máxima y los sobretiempos siguen la normativa general de jornada de trabajo. En lo sanitario, el chef debe cumplir la Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines aprobada por el MINSA y mantener carné de sanidad vigente. Si el local aplica el recargo al consumo del Decreto Ley N.° 25988, el chef participa de su distribución como todo trabajador.
Cómo completar la plantilla
Define primero si contratas a plazo indeterminado (recomendado para este cargo) o bajo modalidad con causa objetiva real. Completa:
- Funciones y meta de food cost, que convierte la gestión de costos en obligación medible.
- Personal a cargo y línea de reporte con la gerencia.
- Periodo de prueba ampliado por escrito, dentro del máximo legal.
- Remuneración, bonos por metas y participación en el recargo al consumo si existe.
- Alcance de la confidencialidad y de la autorización para asesorías externas.
Preguntas frecuentes
¿Las recetas que crea el chef son suyas o del restaurante?
Lo que pacten. Sin pacto, el conflicto está servido cuando el chef se va y abre su propio local. La plantilla establece que las creaciones desarrolladas durante la relación y por encargo del empleador integran el recetario del restaurante, sin impedir que el chef use su técnica y estilo general en el futuro: lo protegido son las fichas técnicas y fórmulas concretas del negocio.
¿Puedo pactar que no trabaje nunca para la competencia?
Durante la vigencia del contrato puedes exigir autorización para asesorías a competidores directos, como hace la plantilla. Después del cese, una prohibición absoluta de trabajar en el rubro sería inexigible por afectar la libertad de trabajo; lo defendible es la confidencialidad sobre información concreta del negocio, que sí subsiste tras el término.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de trabajo de chef ejecutivo o jefe de cocina
¿El modelo de contrato de trabajo de chef ejecutivo o jefe de cocina es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-trabajo-de-chef-ejecutivo-o-jefe-de-cocina/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de trabajo de chef ejecutivo o jefe de cocina sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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