Contrato de Trabajo de Construcción Civil por Obra Determinada
Contrato sujeto al régimen especial de construcción civil para obra o servicio específico, con jornal básico, BUC y aportes a CONAFOVICER (D.Leg. 727, D.S. 003-97-TR).
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN CIVIL POR OBRA DETERMINADA Conste por el presente documento el contrato de trabajo del régimen de construcción civil que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPLEADOR], con RUC [RUC_EMPLEADOR], domicilio en [DOMICILIO_EMPLEADOR], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], DNI [DNI_REPRESENTANTE], denominada EL EMPLEADOR. Y de la otra, [NOMBRE_TRABAJADOR], DNI [DNI_TRABAJADOR], domicilio en [DOMICILIO_TRABAJADOR], denominado EL TRABAJADOR. PRIMERA. RÉGIMEN APLICABLE El presente contrato se rige por el régimen especial de los trabajadores de construcción civil, regulado por el D.Leg. 727 y las normas de negociación colectiva del sector, así como supletoriamente por el D.S. 003-97-TR. SEGUNDA. OBJETO Y CATEGORÍA EL TRABAJADOR se obliga a prestar servicios en la categoría de [CATEGORIA_OPERARIO_OFICIAL_PEON] en la obra denominada [NOMBRE_OBRA], ubicada en [UBICACION_OBRA]. TERCERA. DURACIÓN El contrato se sujeta a la duración de la obra o de la fase de obra para la cual es contratado, iniciando el [FECHA_INICIO] y concluyendo al término de la labor específica, conforme a la naturaleza temporal del régimen. CUARTA. JORNAL Y BONIFICACIONES EL EMPLEADOR pagará un jornal básico diario de S/ [JORNAL_BASICO], más la Bonificación Unificada de Construcción (BUC), bonificación por movilidad, y demás conceptos del pliego vigente de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú. QUINTA. JORNADA La jornada es de ocho horas diarias. El sobretiempo se paga con los recargos de ley. SEXTA. APORTES Y DESCUENTOS EL EMPLEADOR retendrá y aportará lo correspondiente a CONAFOVICER, sistema pensionario elegido por EL TRABAJADOR, EsSalud y SCTR conforme a la Ley 29783. SÉTIMA. BENEFICIOS EL TRABAJADOR percibe CTS, gratificaciones y vacaciones según el régimen de construcción civil. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
Sobre este modelo de contrato de trabajo de construcción civil por obra determinada
Este modelo pertenece al área de Derecho Laboral. Demandas laborales, liquidaciones, despido arbitrario y nulo, CTS, beneficios sociales (NLPT Ley 29497, D.S. 003-97-TR).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de trabajo de construcción civil por obra determinada
¿Ante qué juzgado presento una demanda laboral en Perú?
Ante el Juzgado de Paz Letrado Laboral si tu pretensión no supera 70 URP, o ante el Juzgado Especializado de Trabajo por encima (Art. 1 NLPT, Ley 29497). El juez competente es el del lugar de la última prestación de servicios o el del domicilio principal del demandado, a elección del trabajador.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después de un despido?
El plazo de caducidad para impugnar el despido es 30 días naturales desde la notificación o desde que conociste el despido (Art. 36 LPCL, D.S. 003-97-TR). Para reclamar beneficios sociales adeudados (CTS, gratificaciones, vacaciones) tienes 4 años desde el cese (Ley 27321).
¿El modelo de contrato de trabajo de construcción civil por obra determinada es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de contrato de trabajo de construcción civil por obra determinada sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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