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Financiero

Contrato de Warrant sobre Mercadería Depositada en Almacén General de Depósito

Contrato de warrant que constituye prenda sobre mercadería depositada en un almacén general de depósito, conforme al Título Cuarto de la Ley de Títulos Valores N° 27287.

Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE WARRANT SOBRE MERCADERÍA DEPOSITADA EN ALMACÉN GENERAL DE DEPÓSITO

Conste por el presente documento el contrato que celebran de una parte [NOMBRE_ALMACEN_GENERAL], almacén general de depósito autorizado, con RUC N° [RUC_ALMACEN], con domicilio en [DIRECCION_ALMACEN], a quien en adelante se denominará EL ALMACÉN; y de otra parte [NOMBRE_DEPOSITANTE], con RUC N° [RUC_DEPOSITANTE], con domicilio en [DIRECCION_DEPOSITANTE], a quien en adelante se denominará EL DEPOSITANTE; en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
EL DEPOSITANTE entrega en depósito a EL ALMACÉN la mercadería descrita en el Anexo 1 (en adelante, LA MERCADERÍA), consistente en [DESCRIPCION_DE_LA_MERCADERIA], por un valor referencial de S/ [VALOR_MERCADERIA], a fin de que EL ALMACÉN emita el Certificado de Depósito y el Warrant correspondientes, conforme al Título Cuarto de la Ley de Títulos Valores N° 27287.

CLÁUSULA SEGUNDA: EMISIÓN DE TÍTULOS
EL ALMACÉN emitirá, en un solo cuerpo o por separado según lo solicite EL DEPOSITANTE, el Certificado de Depósito, que acredita la propiedad de LA MERCADERÍA, y el Warrant, que constituye prenda sobre la misma a favor de quien resulte su tenedor, conforme a los artículos 224 al 232 de la Ley N° 27287.

CLÁUSULA TERCERA: ENDOSO DEL WARRANT
EL DEPOSITANTE podrá endosar el Warrant a favor de una entidad del sistema financiero o de un tercero acreedor, dejando constancia de dicho endoso en el registro que para tal efecto lleva EL ALMACÉN, conforme al artículo 229 de la Ley N° 27287, quedando LA MERCADERÍA afecta en garantía por el monto y plazo consignados en el endoso.

CLÁUSULA CUARTA: CUSTODIA Y CONSERVACIÓN
EL ALMACÉN se obliga a mantener LA MERCADERÍA en condiciones adecuadas de custodia, seguridad y conservación durante el plazo del depósito, siendo responsable por su pérdida o deterioro salvo caso fortuito, fuerza mayor o vicio propio de la mercadería, conforme a las normas generales sobre almacenes generales de depósito.

CLÁUSULA QUINTA: SEGURO
EL ALMACÉN mantendrá vigente una póliza de seguro sobre LA MERCADERÍA por el valor consignado en el Anexo 1, siendo el costo de la prima asumido por [PARTE_RESPONSABLE_DEL_SEGURO].

CLÁUSULA SEXTA: RETIRO PARCIAL O TOTAL
EL DEPOSITANTE solo podrá retirar LA MERCADERÍA, total o parcialmente, previa presentación conjunta del Certificado de Depósito y el Warrant, o con la constancia de cancelación de la obligación garantizada por parte del tenedor del Warrant, conforme al artículo 231 de la Ley N° 27287.

CLÁUSULA SÉTIMA: EJECUCIÓN DEL WARRANT
En caso de incumplimiento de la obligación garantizada con el Warrant, el tenedor podrá solicitar la venta de LA MERCADERÍA conforme al procedimiento de ejecución extrajudicial previsto en el artículo 232 de la Ley N° 27287, con intervención de EL ALMACÉN.

CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO Y RETRIBUCIÓN
El depósito tendrá una vigencia de [PLAZO_DEL_DEPOSITO], siendo la retribución de EL ALMACÉN de S/ [MONTO_RETRIBUCION] mensuales, pagaderos por EL DEPOSITANTE conforme al Anexo 2.

CLÁUSULA NOVENA: LEY APLICABLE
El presente contrato se rige por la Ley de Títulos Valores N° 27287 y demás normas aplicables a los almacenes generales de depósito, sometiéndose las partes a la jurisdicción de los jueces de [CIUDAD].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

_________________________
EL ALMACÉN
[NOMBRE_REPRESENTANTE_ALMACEN]

_________________________
EL DEPOSITANTE
[NOMBRE_REPRESENTANTE_DEPOSITANTE]

El warrant es un instrumento clásico de financiamiento comercial: la empresa deposita mercadería en un almacén general de depósito autorizado y obtiene a cambio un Certificado de Depósito y un Warrant, este último negociable como título de garantía. Este modelo formaliza el depósito y la emisión de ambos títulos conforme a la Ley de Títulos Valores.

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando una empresa con mercadería almacenable (insumos agrícolas, minerales, productos industriales, entre otros) desee obtener financiamiento utilizando dicha mercadería como garantía, sin necesidad de venderla ni de constituir una prenda tradicional, a través de un almacén general de depósito autorizado que emita el Certificado de Depósito y el Warrant respectivo.

Qué datos necesitas

Para completar el modelo necesitas los datos del almacén general de depósito y del depositante, la descripción detallada de la mercadería (tipo, cantidad, calidad, ubicación en el almacén), su valor referencial, el plazo del depósito y la retribución pactada a favor del almacén por el servicio de custodia.

Paso a paso

1) Verifica que el almacén elegido esté debidamente autorizado para operar como almacén general de depósito. 2) Completa el modelo con la descripción exacta de la mercadería a depositar. 3) Entrega la mercadería y recibe el Certificado de Depósito y el Warrant emitidos por el almacén. 4) Si buscas financiamiento, endosa el Warrant a favor de la entidad financiera o acreedor, dejando constancia del endoso en el registro del almacén. 5) Conserva el Certificado de Depósito, pues sin él no podrás retirar la mercadería aunque hayas cancelado la obligación garantizada con el Warrant.

Errores comunes

Un error frecuente es no verificar la autorización del almacén general de depósito antes de contratar sus servicios, lo que puede afectar la validez de los títulos emitidos. Otro error común es descuidar la póliza de seguro sobre la mercadería, dejando sin cobertura un riesgo relevante durante el depósito. También es habitual perder de vista que el retiro de la mercadería requiere la presentación conjunta de ambos títulos, o la cancelación acreditada de la obligación garantizada con el Warrant.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender la mercadería mientras está en garantía con el Warrant? Solo transfiriendo el Certificado de Depósito junto con la carga de la garantía vigente, informando al tenedor del Warrant conforme a las reglas de la Ley N° 27287.
¿Qué pasa si no pago la obligación garantizada? El tenedor del Warrant puede solicitar la venta extrajudicial de la mercadería conforme al procedimiento previsto en la ley, con intervención del almacén.
¿El almacén responde por la pérdida de la mercadería? Sí, salvo caso fortuito, fuerza mayor o vicio propio de la mercadería, conforme a las reglas generales de responsabilidad del depósito.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de warrant sobre mercadería depositada en almacén general de depósito

¿El modelo de contrato de warrant sobre mercadería depositada en almacén general de depósito es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-warrant-sobre-mercaderia-depositada-en-almacen-general-de-deposito/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de warrant sobre mercadería depositada en almacén general de depósito sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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