Demanda de Accesión Natural por Aluvión o Avulsión de Ribera
Demanda del propietario ribereño para que se reconozca la accesión natural de tierra por aluvión o avulsión a su favor (Art. 939, 940 y 941 CC).
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE ACCESIÓN NATURAL POR ALUVIÓN O AVULSIÓN DE RIBERA SUMILLA: DEMANDA DE ACCESIÓN NATURAL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DIRECCION_DEMANDANTE], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Interpongo demanda de ACCESIÓN NATURAL contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DIRECCION_DEMANDADO], a fin de que se reconozca a mi favor la tierra incorporada a mi predio ribereño por efecto del [ALUVION_O_AVULSION] del [NOMBRE_RIO_O_CAUCE], y se ordene su inscripción registral. II. FUNDAMENTOS DE HECHO PRIMERO. Soy propietario del predio ribereño ubicado en [DIRECCION_PREDIO], inscrito en la Partida Registral N° [PARTIDA_REGISTRAL], colindante con el cauce del [NOMBRE_RIO_O_CAUCE]. SEGUNDO. Por efecto natural de la corriente, se ha incorporado a mi predio una porción de tierra de [METRAJE_ACRECIDO] metros cuadrados, mediante [ALUVION_O_AVULSION] ocurrido el [FECHA_FENOMENO]. TERCERO. El incremento se produjo de manera paulatina e imperceptible en el caso del aluvión, o por desprendimiento de una porción reconocible en el caso de la avulsión, según la pericia que acompaño. CUARTO. La tierra acrecida se encuentra unida a mi predio de modo permanente, por lo que corresponde reconocer la accesión a mi favor conforme a la ley. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Artículo 939 del Código Civil: las uniones de tierra y los incrementos que se forman sucesiva e imperceptiblemente en los fundos situados a lo largo de los ríos o torrentes, pertenecen al propietario del fundo, conforme a la figura del aluvión. 2. Artículo 940 del Código Civil: cuando la fuerza del río arranca una porción considerable y reconocible de un campo ribereño y la lleva al de otro propietario, el primer propietario puede reclamar su propiedad dentro del plazo de ley, regulando así la avulsión. 3. Artículo 941 del Código Civil: cuando los árboles son arrancados y transportados por la corriente a otro predio, el propietario de este adquiere su dominio si el dueño anterior no los reclama y retira en el plazo de ley. IV. VÍA PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIA Corresponde la vía del proceso de conocimiento, siendo competente el Juzgado Civil del lugar del predio. V. MEDIOS PROBATORIOS 1. Copia literal de la Partida Registral N° [PARTIDA_REGISTRAL]. 2. Pericia técnica e hidrográfica sobre el fenómeno de [ALUVION_O_AVULSION]. 3. Plano de la porción acrecida de [METRAJE_ACRECIDO] metros cuadrados. 4. Declaración de los testigos [NOMBRE_TESTIGOS]. VI. ANEXOS 1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Copia literal de la partida registral. 1-C. Pericia, plano e informes técnicos. 1-D. Tasa judicial y cédulas de notificación. POR TANTO: Pido a usted admitir la demanda y en su oportunidad declararla FUNDADA, reconociendo la accesión natural a mi favor. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA] Este es un modelo referencial de repositorio utilitario. No constituye asesoría legal. Adapta los datos y valida tu caso con un abogado colegiado.
Cuando usar este modelo
Usa esta demanda cuando eres propietario de un predio ribereño y el río incrementó tu terreno por aluvión o desplazó a él una porción de tierra por avulsión, y necesitas que se reconozca esa accesión natural a tu favor. El artículo 940 del Código Civil regula el aluvión: las uniones de tierra y los incrementos que se forman sucesiva e imperceptiblemente en los fundos situados a lo largo de los ríos pertenecen al propietario del fundo. El artículo 941 regula la avulsión: cuando la fuerza del río arranca una porción considerable y reconocible de un campo ribereño y la lleva al de otro propietario, el primer dueño puede reclamarla dentro del plazo legal, y de no hacerlo la adquiere el propietario del fundo al que se unió.
Es útil cuando registralmente tu predio no refleja el incremento y necesitas un pronunciamiento judicial que declare la accesión, base del artículo 939, para luego rectificar el área en Registros Públicos.
Que datos necesitas
- Juzgado civil competente, domicilio procesal y casilla electrónica.
- Identificación del demandante propietario ribereño.
- Partida registral del predio y planos del área original y del incremento.
- Informe técnico que acredite el aluvión o la avulsión y su magnitud.
- Pruebas de la ubicación ribereña y del cauce del río.
Paso a paso
- Determina si el fenómeno es aluvión, por incremento paulatino, o avulsión, por desplazamiento súbito y reconocible.
- Acredita tu propiedad ribereña con la partida registral y los planos.
- Obtén un informe técnico que mida el terreno incorporado.
- Redacta la demanda invocando los artículos 939, 940 y 941 del Código Civil.
- Ofrece la pericia y los planos como medios probatorios.
- Presenta la demanda pidiendo que se declare la accesión y se ordene la rectificación del área.
Errores comunes
- Confundir el aluvión, gradual, con la avulsión, súbita y reconocible.
- No acreditar la condición ribereña del predio ni su colindancia con el cauce.
- Omitir la pericia que cuantifica el terreno incorporado.
- Reclamar una porción de avulsión fuera del plazo, cuando ya la adquirió el otro ribereño.
- No pedir la rectificación registral del área una vez declarada la accesión.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el aluvión? El incremento de tierra que el río deposita de forma sucesiva e imperceptible en el predio ribereño, que pertenece a su propietario según el artículo 940.
¿Y la avulsión? El desplazamiento súbito de una porción considerable y reconocible de tierra por la fuerza del río, regulado en el artículo 941.
¿Debo inscribir el incremento? Sí. Declarada la accesión, corresponde rectificar el área del predio en Registros Públicos.
¿Necesito abogado? Sí, la demanda debe ir autorizada por abogado colegiado hábil.
Cómo presentar demanda de accesión natural por aluvión o avulsión de ribera: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de accesión natural por aluvión o avulsión de ribera
¿El modelo de demanda de accesión natural por aluvión o avulsión de ribera es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-accesion-natural-por-aluvion-o-avulsion-de-ribera/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de accesión natural por aluvión o avulsión de ribera sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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