Demanda de Cumplimiento de Obligación de Dar Bien Mueble Determinado
Demanda para exigir la entrega de un bien mueble cierto, con indemnización por demora. Base legal: Art. 1132, 1135 y 1219 inciso 1 del Código Civil. Obligación de dar bien cierto.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE DAR BIEN MUEBLE DETERMINADO SUMILLA: DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR BIEN CIERTO Y ENTREGA DE BIEN MUEBLE SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], con casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted digo. I. PETITORIO Interpongo demanda de obligación de dar bien cierto contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que cumpla con entregarme el bien mueble determinado consistente en [DESCRIPCION_BIEN_MUEBLE], con las siguientes características: [CARACTERISTICAS_BIEN]. Acumulativamente solicito el pago de una indemnización de S/ [MONTO_INDEMNIZACION] por la demora en la entrega, más costas y costos. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. En virtud de [FUENTE_OBLIGACION] de fecha [FECHA_FUENTE], el demandado se obligó a entregarme el bien mueble descrito en el petitorio. 2. El bien es un bien cierto y determinado, plenamente identificable por [DATOS_IDENTIFICACION_BIEN]. 3. El plazo para la entrega venció el [FECHA_PLAZO_ENTREGA], sin que el demandado haya cumplido. 4. He requerido la entrega mediante [MEDIO_REQUERIMIENTO] de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO], sin obtener respuesta favorable. 5. La demora me ha ocasionado los siguientes perjuicios: [DESCRIPCION_PERJUICIOS]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 1132 del Código Civil establece que el acreedor de bien cierto no puede ser obligado a recibir otro, aunque este sea de mayor valor, lo que sustenta mi derecho a exigir la entrega del bien exacto materia del petitorio. 2. El Art. 1135 del Código Civil regula la concurrencia de acreedores de un mismo bien inmueble y, por extensión interpretativa de la prioridad de la obligación, sustenta la preferencia de mi derecho a la entrega frente a terceros, conforme a la buena fe y al título de fecha cierta. 3. El Art. 1219 inciso 1 del Código Civil faculta al acreedor a emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que está obligado, lo que ampara la pretensión de entrega forzada del bien. IV. MONTO DEL PETITORIO El petitorio principal es la entrega del bien. La pretensión accesoria de indemnización asciende a S/ [MONTO_INDEMNIZACION], más costas y costos. V. VÍA PROCEDIMENTAL La presente demanda se tramita en la vía del proceso sumarísimo o abreviado, según la cuantía y la naturaleza de la pretensión. VI. MEDIOS PROBATORIOS 1. [FUENTE_OBLIGACION] de fecha [FECHA_FUENTE]. 2. Documentos que identifican el bien: [DOCUMENTOS_BIEN]. 3. Requerimiento de entrega de fecha [FECHA_REQUERIMIENTO]. VII. ANEXOS 1.A Copia del DNI del demandante. 1.B Documento fuente de la obligación. 1.C Documentos de identificación del bien. 1.D Cargo del requerimiento. POR TANTO: Pido al juzgado admitir la demanda y declararla fundada en su oportunidad. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La demanda de cumplimiento de obligación de dar bien mueble determinado es la acción con la que exiges que una persona te entregue un bien mueble específico e identificado que se obligó a darte y no entregó: un vehículo, una maquinaria, un equipo, una obra de arte o cualquier bien individualizado. A diferencia del dinero, aquí reclamas la entrega de una cosa concreta (no de cualquier bien del mismo tipo, sino justamente ese). Si el deudor no la entrega voluntariamente, pides al juez que ordene su entrega forzosa y, de no ser posible, el pago de su valor más la indemnización por los daños causados.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el acreedor que tiene derecho a recibir el bien (el comprador, el donatario, quien lo recibe por permuta o por un contrato) contra el deudor obligado a entregarlo. Conviene usarla cuando pactaste la entrega de un bien mueble determinado, cumpliste con tu parte (por ejemplo, pagaste el precio) y el deudor se niega, demora o pretende entregarte otra cosa. Es común en compraventas de vehículos donde el vendedor recibió el pago pero no entrega el auto, en ventas de maquinaria o equipos, y en cualquier contrato donde el bien está perfectamente individualizado. Permite forzar la entrega de ese bien específico, no un sustituto.
Base legal
Las obligaciones de dar bien cierto se regulan en los artículos 1132 al 1147 del Código Civil. El artículo 1132 CC establece que el acreedor de un bien cierto no puede ser obligado a recibir otro, aunque sea de mayor valor. El artículo 1135 CC resuelve la concurrencia de acreedores sobre un mismo bien mueble. El artículo 1138 CC regula la pérdida o deterioro del bien antes de la entrega. Ante el incumplimiento, el acreedor puede exigir la entrega forzada o la indemnización conforme a las reglas de responsabilidad de los artículos 1219 y 1321 CC. Procesalmente, si existe un título ejecutivo, se tramita como ejecución de obligación de dar bien mueble; en caso contrario, por la vía de conocimiento o abreviada según la cuantía.
Qué datos y documentos necesitas
- El contrato o documento que acredita la obligación de entregar el bien.
- La descripción precisa del bien mueble determinado: marca, modelo, serie, placa o rasgos que lo individualicen.
- La prueba de que cumpliste tu parte (por ejemplo, el comprobante de pago del precio).
- Identificación del demandante y del demandado: nombres, DNI o RUC y domicilios.
- El requerimiento de entrega previo y la negativa o silencio del deudor.
- Una estimación del valor del bien para el caso de que la entrega ya no sea posible.
Cómo presentarla paso a paso
- Verifica que el bien esté plenamente individualizado y que tu derecho a recibirlo sea exigible.
- Requiere la entrega por escrito (carta notarial), fijando un plazo y dejando constancia.
- Si la cuantía lo exige, acude a conciliación extrajudicial antes de demandar.
- Presenta la demanda ante el Juez de Paz Letrado o Juez Civil según el monto, en el domicilio del demandado.
- Pide la entrega forzada del bien y, en subsidio, el pago de su valor más la indemnización por daños.
- Obtenida la sentencia, ejecuta la entrega con auxilio de la fuerza pública si fuera necesario.
Errores comunes a evitar
- Describir el bien de forma genérica: debe estar individualizado para exigir ese bien específico.
- No acreditar que cumpliste tu contraprestación (por ejemplo, el pago del precio).
- Aceptar un bien distinto cuando tienes derecho al bien cierto pactado.
- No prever en la demanda el pedido subsidiario del valor del bien por si la entrega ya no es posible.
Preguntas frecuentes
¿Pueden entregarme otro bien parecido en lugar del que pacté?
No, salvo que tú lo aceptes. El artículo 1132 del Código Civil dispone que el acreedor de un bien cierto no puede ser obligado a recibir otro, aunque sea de mayor valor. Tienes derecho exactamente al bien determinado que se pactó.
¿Qué pasa si el bien se perdió o se dañó antes de la entrega?
Depende de quién tuvo la culpa. El artículo 1138 del Código Civil regula la pérdida o deterioro del bien antes de entregarlo: si fue por culpa del deudor, este responde por el valor y la indemnización; si fue sin su culpa, la obligación puede extinguirse según las reglas de ese artículo. Por eso conviene pedir, de forma subsidiaria, el pago del valor.
Pagué el auto y no me lo entregan, ¿qué hago?
Puedes demandar el cumplimiento de la obligación de dar ese bien determinado. Acreditas el pago y exiges la entrega forzada del vehículo individualizado por su placa y serie. Si la entrega ya no fuera posible, reclamas su valor más la indemnización conforme a los artículos 1219 y 1321 del Código Civil.
¿Por qué vía se tramita?
Si tienes un título con mérito ejecutivo, va por el proceso de ejecución de obligación de dar bien mueble (artículo 688 del Código Procesal Civil). Si no cuentas con ese título, se tramita por la vía abreviada o de conocimiento según la cuantía del bien.
Cómo presentar demanda de cumplimiento de obligación de dar bien mueble determinado: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de cumplimiento de obligación de dar bien mueble determinado
¿El modelo de demanda de cumplimiento de obligación de dar bien mueble determinado es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-cumplimiento-de-obligacion-de-dar-bien-mueble-determinado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de cumplimiento de obligación de dar bien mueble determinado sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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