Ir al contenido principal
Títulos Valores y Cobranza

Demanda de Ejecución de Garantía Mobiliaria por Pagaré Impago

Demanda de ejecución de garantía mobiliaria que respalda un pagaré incumplido, en proceso único de ejecución conforme al Art. 690-A del CPC y el D. Leg. 1400.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Publicidad
Compartir

El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.

DEMANDA DE EJECUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA

SUMILLA: Demanda de ejecución de garantía mobiliaria por incumplimiento de obligación contenida en pagaré.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con [DNI_RUC_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], casilla electrónica [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO. Interpongo demanda de ejecución de garantía mobiliaria contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], a fin de que se ordene el remate del bien mueble afectado en garantía y, con su producto, se me pague la suma de S/ [MONTO_NUMERO] ([MONTO_LETRAS] soles), más intereses, costas y costos.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.
1. El demandado me adeuda la suma de S/ [MONTO_NUMERO], obligación contenida en el pagaré número [NUMERO_PAGARE] emitido el [FECHA_EMISION], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO], el cual no ha sido pagado.
2. Para garantizar dicha obligación, el demandado constituyó garantía mobiliaria sobre el bien [DESCRIPCION_BIEN], inscrita en el Registro Mobiliario de Contratos con asiento [ASIENTO_REGISTRAL].
3. El demandado ha incumplido el pago, configurándose la causal de ejecución de la garantía.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
1. La garantía mobiliaria y su ejecución se rigen por el Decreto Legislativo 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.
2. La vía de ejecución de garantías está regulada en el Art. 690-A y siguientes del Código Procesal Civil.
3. El pagaré es título ejecutivo conforme al Art. 688 del Código Procesal Civil y al Art. 158 de la Ley 27287.
4. La obligación es cierta, expresa, líquida y exigible conforme al Art. 689 del Código Procesal Civil.

IV. MONTO DEL PETITORIO: S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_TOTAL_LETRAS] soles).

V. VÍA PROCEDIMENTAL: Proceso único de ejecución de garantías.

VI. MEDIOS PROBATORIOS:
1. Pagaré original número [NUMERO_PAGARE].
2. Documento constitutivo de garantía mobiliaria y su inscripción registral.
3. Liquidación del saldo deudor.

POR TANTO: Solicito admitir la demanda, dictar mandato de ejecución y ordenar el remate del bien afectado bajo apercibimiento de ley.

[CIUDAD], [FECHA_DEMANDA]

Firma del demandante: ____________________
Firma y sello del abogado: ____________________
[NOMBRE_ABOGADO], CAL [NUMERO_COLEGIATURA]

La demanda de ejecución de garantía mobiliaria por pagaré impago es el escrito con el que el acreedor pide al juez que ordene el remate del bien mueble dado en garantía para cobrarse la deuda que respaldaba un pagaré incumplido. A diferencia de la simple ejecución del pagaré, aquí el cobro se dirige directamente contra un bien afectado (un vehículo, maquinaria, inventario u otro mueble inscrito), lo que asegura un activo concreto del que cobrarse.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el acreedor garantizado (el tenedor del pagaré a cuyo favor se constituyó la garantía mobiliaria) contra el deudor que constituyó la garantía. Conviene usarla cuando el pagaré venció impago y existe una garantía mobiliaria inscrita que respalda esa misma obligación. Es la vía preferida cuando el deudor tiene pocos activos pero hay un bien específico afectado, porque el remate recae sobre ese bien con preferencia.

Base legal

La garantía mobiliaria y su ejecución se rigen por el Decreto Legislativo 1400, que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria. La vía judicial de ejecución de garantías está regulada en el artículo 690-A y siguientes del Código Procesal Civil. El pagaré que origina la deuda es título ejecutivo conforme al artículo 688 del Código Procesal Civil y al artículo 158 de la Ley 27287. La obligación debe ser cierta, expresa, líquida y exigible según el artículo 689 del Código Procesal Civil.

Qué datos y documentos necesitas

  • El pagaré original que contiene la obligación incumplida.
  • El acto constitutivo de garantía mobiliaria y su constancia de inscripción en el Registro Mobiliario de Contratos (SUNARP).
  • La descripción exacta del bien afectado y su número de asiento o partida registral.
  • La liquidación del saldo deudor (capital más intereses) a la fecha de la demanda.
  • El valor del bien para fijar la base del remate, según lo pactado o tasación.
  • Los datos completos del demandado y tu domicilio procesal y casilla electrónica.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Reúne el pagaré, el contrato de garantía mobiliaria y la constancia de inscripción registral.
  2. Liquida el saldo deudor con intereses y verifica la base del remate (valor pactado o tasación).
  3. Redacta la demanda de ejecución de garantías ante el juzgado civil del lugar pactado o del domicilio del demandado.
  4. Preséntala por Mesa de Partes Electrónica y paga las tasas judiciales correspondientes.
  5. Admitida, el juez dicta mandato de ejecución para que el deudor pague en tres días bajo apercibimiento de remate (artículo 690-D del Código Procesal Civil).
  6. Sin pago ni contradicción fundada, el juez ordena el remate del bien y, con su producto, te paga el crédito.

Errores comunes a evitar

  • Demandar sin la inscripción registral de la garantía: sin ella la garantía no es oponible ni ejecutable.
  • Describir mal el bien afectado, lo que puede frustrar el remate.
  • No acompañar el pagaré original que sustenta la obligación garantizada.
  • Omitir la liquidación del saldo o reclamar más de lo que cubre la garantía.
  • Confundir la ejecución de garantía mobiliaria con la simple ejecución del pagaré.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ejecutar la garantía y el pagaré a la vez?

La garantía mobiliaria se ejecuta para realizar el bien afectado; si su producto no alcanza, puedes perseguir el saldo con la acción cambiaria del pagaré. La ley permite acumular o seguir sucesivamente las vías hasta cobrar íntegramente, conforme al Decreto Legislativo 1400 y a la Ley 27287.

¿Existe ejecución extrajudicial de la garantía?

Sí. El Decreto Legislativo 1400 admite el pacto de venta extrajudicial del bien. Esta demanda es la vía judicial, recomendable cuando no hay pacto extrajudicial o cuando el deudor se opone a la entrega del bien.

¿Qué pasa si el bien ya no existe o fue vendido?

La garantía mobiliaria inscrita es oponible a terceros y persigue al bien (Decreto Legislativo 1400). Si el deudor lo enajenó indebidamente, puedes perseguir el bien en manos del tercero o exigir el saldo por la acción del pagaré, e incluso evaluar responsabilidad penal por la disposición del bien gravado.

¿Ante qué juez se presenta?

Ante el juez civil competente por la cuantía, en el lugar pactado o en el del domicilio del demandado, tramitándose como proceso único de ejecución de garantías del artículo 690-A del Código Procesal Civil.

Publicidad

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de ejecución de garantía mobiliaria por pagaré impago

¿El modelo de demanda de ejecución de garantía mobiliaria por pagaré impago es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-ejecucion-de-garantia-mobiliaria-por-pagare-impago/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de ejecución de garantía mobiliaria por pagaré impago sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Publicidad

Modelos relacionados

Ver los 55 modelos de Títulos Valores y Cobranza →

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras