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Laboral

Demanda de Pago de Vacaciones Truncas al Cese en el Régimen Laboral Privado

Modelo de demanda laboral para reclamar el pago de vacaciones truncas al cese, conforme al Art. 23 del D.Leg. 713 y su reglamento D.S. 012-92-TR, ante el Juzgado de Trabajo.

Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE PAGO DE VACACIONES TRUNCAS AL CESE EN EL RÉGIMEN LABORAL PRIVADO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE TRABAJO DE [CIUDAD]

[NOMBRE DEL DEMANDANTE], identificado con DNI N° [NUMERO DE DNI], con domicilio real en [DIRECCION DEL DEMANDANTE], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO PROCESAL], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Que, al amparo del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 713, Ley de Consolidación de Descansos Remunerados, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-92-TR, interpongo demanda de pago de vacaciones truncas contra [NOMBRE DE LA EMPRESA DEMANDADA], identificada con RUC N° [RUC DE LA EMPRESA], con domicilio en [DIRECCION DE LA EMPRESA], a fin de que cumpla con abonarme la suma de S/ [MONTO EN SOLES] por concepto de récord vacacional trunco generado durante la relación laboral, más intereses legales, costas y costos del proceso.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
2.1. Ingresé a laborar para la demandada el [FECHA DE INICIO DE LABORES], desempeñando el cargo de [CARGO DESEMPEÑADO], bajo el régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Supremo N° 003-97-TR.
2.2. Mi relación laboral concluyó el [FECHA DE CESE], por la causal de [CAUSAL DE CESE], habiendo generado un récord vacacional trunco de [NUMERO DE MESES] meses y [NUMERO DE DIAS] días completos desde el [FECHA DE INICIO DEL RECORD TRUNCO].
2.3. Percibía una remuneración mensual de S/ [MONTO DE REMUNERACION], base de cálculo del beneficio reclamado conforme al artículo 15 del Decreto Legislativo N° 713.
2.4. A la fecha de cese, la demandada no cumplió con abonarme el íntegro de las vacaciones truncas generadas, pese a los requerimientos efectuados mediante [MEDIO DE REQUERIMIENTO].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
3.1. El artículo 23 del Decreto Legislativo N° 713 dispone que el trabajador que cesa antes de cumplir el récord vacacional tiene derecho al abono proporcional a los meses, días y treintavos laborados en el mes de cese.
3.2. El artículo 22 del Decreto Supremo N° 012-92-TR, Reglamento del Decreto Legislativo N° 713, precisa el cálculo del récord trunco vacacional sobre la base de la remuneración vigente a la fecha del cese.
3.3. La Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, atribuye competencia a los juzgados especializados de trabajo para conocer pretensiones referidas al incumplimiento de beneficios sociales derivados de la relación laboral.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
4.1. Boletas de pago correspondientes al periodo [PERIODO DE BOLETAS].
4.2. Contrato de trabajo suscrito con la demandada.
4.3. Comunicación o carta de cese de fecha [FECHA DE CESE].
4.4. Liquidación de beneficios sociales, de existir.

V. ANEXOS
5.A. Copia simple del DNI del demandante.
5.B. Boletas de pago señaladas.
5.C. Contrato de trabajo.
5.D. Comunicación de cese.

POR TANTO:
Solicito a su Despacho admitir la presente demanda, tramitarla conforme a su naturaleza y, en su oportunidad, declararla FUNDADA en todos sus extremos.

[CIUDAD], [FECHA DE PRESENTACION]

_______________________
[NOMBRE DEL DEMANDANTE]
DNI N° [NUMERO DE DNI]

Cuando un trabajador del régimen laboral privado cesa sin haber completado su récord vacacional anual, tiene derecho a que se le pague la parte proporcional de las vacaciones generadas hasta el mes de cese. Este modelo permite reclamar judicialmente ese pago cuando el empleador no lo liquida por su cuenta.

Cuándo usar este modelo

Se usa cuando el trabajador cesó (por renuncia, despido o mutuo disenso) antes de cumplir un año completo de servicios desde su último récord vacacional, y el empleador no incluyó el pago proporcional en su liquidación de beneficios sociales. Aplica exclusivamente al régimen laboral de la actividad privada, distinto del régimen CAS.

Qué datos necesitas

  • Fecha de inicio y fecha de cese de la relación laboral.
  • Cargo desempeñado y remuneración mensual percibida.
  • Causal del cese (renuncia, despido, mutuo disenso, etc.).
  • Boletas de pago de los últimos meses y el contrato de trabajo.
  • Datos completos de la empresa demandada (razón social, RUC, domicilio).

Paso a paso

  1. Calcular el récord vacacional trunco en meses y días completos desde el último periodo vacacional cumplido.
  2. Determinar la remuneración computable vigente a la fecha de cese.
  3. Completar los datos del demandante y de la empresa demandada en el modelo.
  4. Adjuntar los medios probatorios: boletas, contrato y comunicación de cese.
  5. Presentar la demanda ante el Juzgado de Trabajo competente por el domicilio del demandado o el lugar de prestación de servicios.

Errores comunes

  • Confundir vacaciones truncas con vacaciones no gozadas del récord ya cumplido, que tienen un tratamiento distinto.
  • Omitir el sustento documentario de la remuneración vigente al cese.
  • No precisar la fecha exacta de inicio del récord trunco, lo que dificulta el cálculo del proceso.
  • Dirigir la demanda a una razón social o domicilio incorrecto de la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el récord vacacional trunco? Se calcula en dozavos y treintavos: por cada mes completo de labor corresponde un dozavo de la remuneración, y por los días adicionales, un treintavo del dozavo respectivo, según el artículo 22 del D.S. 012-92-TR.

¿Hay plazo de prescripción? Sí, las acciones por beneficios sociales prescriben a los cuatro años desde que resulta exigible el derecho, conforme a la Ley N° 27321.

¿Puedo reclamar esto en la vía administrativa? Puede presentarse una denuncia ante la SUNAFIL, pero el cobro efectivo del monto requiere la vía judicial si el empleador no paga voluntariamente.

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Cómo presentar demanda de pago de vacaciones truncas al cese en el régimen laboral privado: paso a paso

  1. Reúne los documentos. Junta DNI, contrato de trabajo, boletas de pago de los últimos 6 meses, carta de despido o documento del cese, y constancia de la relación laboral.
  2. Calcula tus pretensiones. Determina el monto de beneficios sociales, indemnización por despido (1.5 remuneraciones por año, tope 12) y otros conceptos adeudados. Usa la calculadora de liquidación laboral de Modelo.pe.
  3. Identifica el juzgado competente. Hasta 70 URP va al Juzgado de Paz Letrado Laboral; por encima al Juzgado Especializado de Trabajo. Es competente el juez del lugar de la última prestación de servicios o domicilio del demandado.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con tus datos reales, fechas, montos y hechos específicos.
  5. Presenta la demanda. Adjunta los anexos en el orden citado y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la Mesa de Partes Electrónica del Poder Judicial (MPE).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de pago de vacaciones truncas al cese en el régimen laboral privado

¿El modelo de demanda de pago de vacaciones truncas al cese en el régimen laboral privado es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-pago-de-vacaciones-truncas-al-cese-en-el-regimen-laboral-privado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de pago de vacaciones truncas al cese en el régimen laboral privado sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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