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Civil

Demanda de Saneamiento por Vicios Ocultos (Acción Redhibitoria)

Modelo de demanda contra el transferente por los vicios ocultos del bien que lo hacen inadecuado para su finalidad, conforme al Art. 1503 del Código Civil. Resolución o reducción del precio.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: DEMANDA DE SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en la Casilla Electrónica [CASILLA_ELECTRONICA], a usted respetuosamente digo.

I. PETITORIO. Interpongo demanda de saneamiento por vicios ocultos contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], y solicito como pretensión principal la resolución del contrato y la restitución de lo pagado, o alternativamente la reducción del precio en la suma de S/ [MONTO_REDUCCION], más el pago de daños y perjuicios, costas y costos.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.
1. Con fecha [FECHA_CONTRATO] adquirí del demandado el bien consistente en [DESCRIPCION_BIEN], por el precio de S/ [PRECIO_PAGADO], según consta en [MEDIO_PROBATORIO_CONTRATO].
2. Con posterioridad a la transferencia advertí que el bien presenta el vicio oculto consistente en [DESCRIPCION_VICIO], el cual existía al momento de la transferencia y no era detectable mediante un examen ordinario.
3. Dicho vicio hace que el bien sea inadecuado para la finalidad de [FINALIDAD_BIEN] o disminuye su valor, de modo que de haberlo conocido no lo habría adquirido o habría pagado un precio menor.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
1. El Art. 1503 del Código Civil establece que el transferente está obligado al saneamiento por los vicios ocultos existentes al momento de la transferencia.
2. El Art. 1511 del Código Civil faculta al adquirente a pedir, en razón del saneamiento, la resolución del contrato (acción redhibitoria).
3. El Art. 1513 del Código Civil permite optar por la reducción del precio (acción estimatoria o quanti minoris).

IV. VÍA PROCEDIMENTAL. Proceso de conocimiento, conforme al Art. 475 del Código Procesal Civil.

V. MEDIOS PROBATORIOS.
1. Contrato y comprobante de pago.
2. Pericia técnica que acredita el vicio oculto.

VI. ANEXOS.
1-A. Copia de mi DNI.
1-B. Contrato y comprobantes.
1-C. Informe pericial.

POR TANTO, pido admitir la demanda y declararla fundada.

[CIUDAD], [FECHA].


____________________            ____________________
FIRMA DEL DEMANDANTE            FIRMA DEL ABOGADO
DNI [DNI_DEMANDANTE]            CAL [NUMERO_COLEGIATURA]

La demanda de saneamiento por vicios ocultos (acción redhibitoria) es la acción que ejerce el adquirente de un bien cuando descubre que este tiene un defecto oculto, importante y existente al momento de la transferencia, que lo hace inadecuado para su uso o disminuye su valor, y pide que se resuelva o se deje sin efecto la transferencia con la devolución de lo pagado. Es la opción más fuerte, devolver el bien defectuoso y recuperar el precio, frente a la acción estimatoria, que solo busca una rebaja del precio por lo que el bien vale de menos.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el adquirente (comprador, permutante, donatario en ciertos casos) contra el transferente. La usas cuando el bien que recibiste tiene un vicio que no era visible ni fácilmente detectable al adquirirlo, que ya existía cuando te lo transfirieron y que es lo bastante grave como para que, de haberlo conocido, no habrías comprado o habrías pagado mucho menos, por ejemplo una maquinaria con falla interna, un vehículo con daño estructural disimulado o un inmueble con vicios constructivos ocultos. Eliges la redhibitoria cuando el defecto es tan serio que prefieres deshacer el negocio y recuperar tu dinero, en lugar de quedarte con el bien a cambio de una rebaja.

Base legal vigente 2026

El artículo 1503 del Código Civil establece que el transferente está obligado al saneamiento por los vicios ocultos existentes al momento de la transferencia. El artículo 1505 CC precisa que hay lugar al saneamiento cuando el bien carece de las cualidades prometidas por el transferente que le daban valor o lo hacían apto para su finalidad. El artículo 1511 CC regula la acción redhibitoria, por la que el adquirente puede pedir la resolución del contrato a fin de retrotraer las cosas al estado anterior a la transferencia, como alternativa a la acción estimatoria del artículo 1513 CC. El artículo 1512 CC detalla el contenido de la resolución (devolución del precio, intereses, gastos y mejoras). El artículo 1514 CC fija la caducidad de las acciones redhibitoria y estimatoria en tres meses para bienes muebles y seis meses para inmuebles, contados desde la recepción del bien.

Qué datos y documentos necesitas

  • El contrato de adquisición del bien (compraventa u otro) y el comprobante del pago del precio.
  • La fecha de recepción del bien, porque desde ahí corre el plazo de caducidad.
  • La prueba del vicio oculto y de su gravedad, idealmente una pericia técnica.
  • Elementos que demuestren que el vicio ya existía al momento de la transferencia y que no era detectable a simple vista.
  • El detalle del precio, intereses, tributos, gastos del contrato y mejoras que pretendes recuperar.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Verifica que el defecto es oculto, importante y anterior o contemporáneo a la transferencia (artículos 1503 y 1505 CC).
  2. Decide entre la acción redhibitoria (resolver y devolver) o la estimatoria (rebaja del precio), según la gravedad del vicio.
  3. Respeta el plazo de caducidad de tres meses (muebles) o seis meses (inmuebles) desde la recepción del bien (artículo 1514 CC).
  4. Acompaña la pericia del vicio, el contrato y los comprobantes de pago y gastos.
  5. Presenta la demanda ante el juez civil, pidiendo la resolución y la devolución del precio con intereses, gastos y mejoras (artículo 1512 CC).

Errores comunes a evitar

  • Dejar pasar el plazo de caducidad de tres o seis meses, tras el cual ya no puedes ejercer la acción (artículo 1514 CC).
  • Reclamar por defectos que eran visibles o fácilmente detectables al adquirir, que no constituyen vicio oculto.
  • No acreditar con pericia que el vicio existía al momento de la transferencia.
  • Confundir la acción redhibitoria con la estimatoria, una resuelve el contrato, la otra solo reduce el precio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

La acción caduca a los tres meses si el bien es mueble y a los seis meses si es inmueble, contados desde que recibiste el bien, conforme al artículo 1514 CC.

¿Qué diferencia hay con la acción estimatoria?

La redhibitoria (artículo 1511 CC) resuelve el contrato y devuelve las cosas al estado anterior; la estimatoria (artículo 1513 CC) mantiene el contrato pero pide la rebaja de lo que el bien vale de menos por el vicio.

¿Qué puedo recuperar si gano?

Conforme al artículo 1512 CC, el precio pagado, los intereses, los tributos y gastos del contrato y las mejoras hechas de buena fe, con la consiguiente devolución del bien.

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Cómo presentar demanda de saneamiento por vicios ocultos (acción redhibitoria): paso a paso

  1. Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
  3. Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
  5. Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de saneamiento por vicios ocultos (acción redhibitoria)

¿El modelo de demanda de saneamiento por vicios ocultos (acción redhibitoria) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-saneamiento-por-vicios-ocultos-accion-redhibitoria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de saneamiento por vicios ocultos (acción redhibitoria) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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