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Consumidor

Descargo ante Fiscalización por Vender Productos sin Etiquetado Reglamentario

Este descargo te permite responder al acta de fiscalización por productos con etiquetado incompleto. Presenta tu versión, adjunta las facturas del proveedor y pide un plazo para subsanar las observaciones ante INDECOPI.

Edición registrada el 25 de septiembre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos

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DESCARGO ANTE FISCALIZACIÓN POR COMERCIALIZAR PRODUCTOS SIN ETIQUETADO REGLAMENTARIO

[CIUDAD], [FECHA]

SEÑORES
INDECOPI
Presente.-

REFERENCIA: Acta de Fiscalización N.° [NÚMERO_ACTA], de fecha [FECHA_ACTA]
EXPEDIENTE: [NÚMERO_EXPEDIENTE]

[NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI N.° [DNI] y RUC N.° [RUC], en mi calidad de [CARGO] del establecimiento [NOMBRE_DEL_NEGOCIO], con domicilio real en [DOMICILIO], domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], casilla electrónica [CASILLA_ELECTRÓNICA] y correo electrónico [CORREO_ELECTRÓNICO], ante ustedes me presento y digo:

I. HECHOS

1. Con fecha [FECHA_ACTA], personal fiscalizador de su institución se constituyó en mi establecimiento comercial ubicado en [DIRECCIÓN_ESTABLECIMIENTO] y levantó el Acta de Fiscalización N.° [NÚMERO_ACTA], dejando constancia de la presunta comercialización de [CANTIDAD_PRODUCTOS] unidades del producto [DESCRIPCIÓN_PRODUCTO], sin el etiquetado que exige la normativa.

2. Los productos materia de la observación fueron adquiridos a [NOMBRE_PROVEEDOR], con RUC N.° [RUC_PROVEEDOR], según la factura N.° [NÚMERO_FACTURA] de fecha [FECHA_FACTURA], que adjunto al presente escrito.

3. Al momento de la diligencia no contaba con la documentación completa a la mano, razón por la cual formulo el presente descargo dentro del plazo otorgado.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

4. El artículo 4 del Decreto Legislativo N.° 1304 atribuye al INDECOPI, en todo el territorio de la República, la supervisión, fiscalización y sanción del cumplimiento del etiquetado, así como de las disposiciones específicas que sobre la materia contienen los reglamentos técnicos. Esta entidad es, por tanto, la autoridad competente para conocer el presente descargo.

5. Solicito que al momento de resolver se valoren las circunstancias del caso, la ausencia de antecedentes sancionadores y el origen lícito de la mercadería.

6. El presente procedimiento se tramita conforme al Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

7. Los documentos que adjunto acreditan el origen lícito de la mercadería fiscalizada y la identidad del proveedor. Solicito que sean valorados en la etapa resolutiva.

8. Sin reconocer responsabilidad alguna y sin perjuicio de lo señalado, solicito que, de considerarse procedente la observación, se me otorgue un plazo de [PLAZO_PARA_SUBSANAR] para regularizar el etiquetado o retirar del anaquel los productos observados.

III. PETITORIO

Por lo expuesto, solicito a ustedes:

a) Tener por presentado el descargo dentro del plazo otorgado.
b) Valorar la documentación que acredita el origen de los productos fiscalizados.
c) Otorgar, de ser el caso, el plazo de [PLAZO_PARA_SUBSANAR] para subsanar las observaciones formuladas.
d) Resolver el procedimiento conforme a ley, valorando los medios probatorios ofrecidos.

Adjunto:
- Copia del Acta de Fiscalización N.° [NÚMERO_ACTA].
- Copia simple del DNI del suscrito.
- Copia del RUC del establecimiento.
- Factura de compra N.° [NÚMERO_FACTURA] emitida por [NOMBRE_PROVEEDOR], con RUC N.° [RUC_PROVEEDOR].
- Registro de proveedores del establecimiento.
- Otros documentos que acrediten el origen de la mercadería.

Firma: [NOMBRE_COMPLETO] - DNI N.° [DNI]
¿Encontraste algo mal en este modelo?

Para qué sirve

Si personal de fiscalización entró a tu bodega, levantó un acta y te observó productos con etiquetado incompleto, este descargo por etiquetado reglamentario es tu oportunidad para responder antes de que la autoridad decida si te sanciona. Presentas tu versión de los hechos, muestras las facturas del proveedor y pides un plazo para corregir lo observado.

Este modelo sirve cuando te notificó INDECOPI, que según el Decreto Legislativo N.° 1304 es la autoridad competente sobre etiquetado. Si el acta la levantó PRODUCE o la municipalidad, revisa primero el documento y confirma ante qué entidad corresponde responder, porque el órgano competente depende de la materia observada.

Cuándo conviene usarlo

  • Te levantaron un acta por productos sin etiqueta, con etiqueta en otro idioma o sin los datos del importador.
  • En la diligencia no pudiste mostrar las facturas del proveedor y te dejaron un plazo para presentarlas.
  • Quieres pedir una ampliación del plazo para retirar del anaquel los productos observados.
  • Recibiste la notificación de inicio del procedimiento sancionador y necesitas contestar por escrito.
  • Tu proveedor te entregó mercadería sin la información mínima y quieres dejar constancia de ello.

Cómo llenarlo

  1. Primero, descargar en Word la plantilla y completar el encabezado: tu nombre, DNI, RUC y la dirección del establecimiento tal como figura en el acta.
  2. Copia el número del acta y la fecha de la diligencia. Verifica que coincidan con el documento que te dejaron los fiscalizadores.
  3. En los hechos describe qué productos observaron, cuántas unidades y en qué anaquel estaban. No afirmes que el proveedor es responsable si no tienes la factura a la mano.
  4. Adjunta la factura de compra, el RUC del proveedor y cualquier correo o pedido de reposición. Sin estos documentos el descargo pierde fuerza.
  5. Revisa el formato completo, fírmalo y preséntalo en la mesa de partes de la oficina que te notificó. Pide el sello de recepción con fecha y hora.
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Base legal

El artículo 4 del Decreto Legislativo N.° 1304 asigna a INDECOPI, en todo el territorio de la República, la supervisión, fiscalización y sanción del cumplimiento del etiquetado, además de lo que regulen los reglamentos técnicos específicos. Por eso tu descargo se dirige a esa entidad y no a otro organismo.

La materia de etiquetado se desarrolla en el Decreto Supremo N.° 007-2024-PRODUCE. El presente descargo se presenta dentro de un procedimiento administrativo, por lo que resulta aplicable el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. La decisión final corresponde a la autoridad, que evalúa los hechos y las pruebas ofrecidas antes de emitir su pronunciamiento.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el descargo?

El plazo corre desde el día siguiente a la notificación del acta o del inicio del procedimiento sancionador. Ese plazo consta en el documento que recibiste y debes confirmarlo en la mesa de partes de la oficina que te notificó. Si no ubicas el plazo, pide copia del expediente antes de que venza.

¿Qué pasa si no presento el descargo?

La autoridad puede resolver con la información del acta y las pruebas recogidas. Según el artículo 4 del Decreto Legislativo N.° 1304, INDECOPI tiene la potestad sancionadora en etiquetado, y sin tu descargo pierdes la oportunidad de mostrar las facturas del proveedor. Presentar el escrito te permite alegar lo que consideres, sin que eso signifique que el procedimiento se archive.

¿Necesito abogado para presentarlo?

No es obligatorio. Puedes presentarlo tú mismo, firmándolo como titular del negocio o como representante con poder vigente. Si el procedimiento escala o la posible sanción es alta, conviene revisar el caso con un abogado especializado en competencia y propiedad intelectual.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de descargo ante fiscalización por vender productos sin etiquetado reglamentario

¿El modelo de descargo ante fiscalización por vender productos sin etiquetado reglamentario es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/descargo-ante-fiscalizacion-por-vender-productos-sin-etiquetado-reglamentario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de descargo ante fiscalización por vender productos sin etiquetado reglamentario sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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