Endoso en Garantía de Letra de Cambio
Documento de endoso en garantía de una letra de cambio para respaldar una obligación, conforme al Art. 42 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores.
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ENDOSO EN GARANTÍA DE LETRA DE CAMBIO Conste el presente endoso en garantía que se realiza sobre la letra de cambio que se describe, conforme al Art. 42 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores. I. DATOS DEL TÍTULO ENDOSADO Tipo de título: Letra de cambio Número: [NUMERO_LETRA] Fecha de giro: [FECHA_GIRO] Importe: S/ [MONTO_NUMERO] ([MONTO_LETRAS] soles) Fecha de vencimiento: [FECHA_VENCIMIENTO] Aceptante: [NOMBRE_ACEPTANTE], identificado con [DNI_RUC_ACEPTANTE] II. ENDOSANTE (DEUDOR GARANTE) [NOMBRE_ENDOSANTE], identificado con [DNI_RUC_ENDOSANTE], con domicilio en [DOMICILIO_ENDOSANTE]. III. ENDOSATARIO (ACREEDOR GARANTIZADO) [NOMBRE_ENDOSATARIO], identificado con [DNI_RUC_ENDOSATARIO], con domicilio en [DOMICILIO_ENDOSATARIO]. PRIMERA. OBJETO. El endosante transfiere en GARANTÍA al endosatario la letra de cambio antes descrita, con la cláusula "valor en garantía", para respaldar el cumplimiento de la siguiente obligación: [DESCRIPCION_OBLIGACION_GARANTIZADA], por la suma de S/ [MONTO_OBLIGACION]. SEGUNDA. EFECTOS. Conforme al Art. 42 de la Ley 27287, el endoso en garantía faculta al endosatario a ejercer todos los derechos inherentes a la letra y su cobranza, incluida la facultad de protestarla y demandarla, pero solo para hacer efectiva la garantía. El endosatario no es propietario del título. TERCERA. APLICACIÓN DEL COBRO. Si el endosante cumple la obligación garantizada, el endosatario devolverá la letra. Si el endosante incumple, el endosatario cobrará la letra y aplicará el producto al pago de la obligación garantizada, devolviendo cualquier excedente. CUARTA. ENDOSO POSTERIOR. El endoso que realice a su vez el endosatario solo produce efectos de endoso en procuración, conforme al Art. 42.2 de la Ley 27287. QUINTA. NO LIBERACIÓN. El presente endoso en garantía no libera al endosante de la obligación principal garantizada, que subsiste hasta su íntegra cancelación. En señal de conformidad, las partes firman en [CIUDAD], a los [FECHA_ENDOSO]. EL ENDOSANTE: ____________________ [NOMBRE_ENDOSANTE], [DNI_RUC_ENDOSANTE] EL ENDOSATARIO: ____________________ [NOMBRE_ENDOSATARIO], [DNI_RUC_ENDOSATARIO]
Sobre este modelo de endoso en garantía de letra de cambio
Este modelo pertenece al área de Títulos Valores y Cobranza. Documentos de crédito y cobranza acelerada bajo la Ley 27287 y la Ley 29623: pagarés, letras de cambio, cheques, protesto, proceso único de ejecución y factura negociable o factoring.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de endoso en garantía de letra de cambio
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Acuerdo donde el deudor reconoce la deuda, acepta un cronograma y emite un pagaré como garantía conforme a la Ley 27287 y el Art. 1205 del Código Civil.
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