Endoso en Garantía de Letra de Cambio
Documento de endoso en garantía de una letra de cambio para respaldar una obligación, conforme al Art. 42 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ENDOSO EN GARANTÍA DE LETRA DE CAMBIO Conste el presente endoso en garantía que se realiza sobre la letra de cambio que se describe, conforme al Art. 42 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores. I. DATOS DEL TÍTULO ENDOSADO Tipo de título: Letra de cambio Número: [NUMERO_LETRA] Fecha de giro: [FECHA_GIRO] Importe: S/ [MONTO_NUMERO] ([MONTO_LETRAS] soles) Fecha de vencimiento: [FECHA_VENCIMIENTO] Aceptante: [NOMBRE_ACEPTANTE], identificado con [DNI_RUC_ACEPTANTE] II. ENDOSANTE (DEUDOR GARANTE) [NOMBRE_ENDOSANTE], identificado con [DNI_RUC_ENDOSANTE], con domicilio en [DOMICILIO_ENDOSANTE]. III. ENDOSATARIO (ACREEDOR GARANTIZADO) [NOMBRE_ENDOSATARIO], identificado con [DNI_RUC_ENDOSATARIO], con domicilio en [DOMICILIO_ENDOSATARIO]. PRIMERA. OBJETO. El endosante transfiere en GARANTÍA al endosatario la letra de cambio antes descrita, con la cláusula "valor en garantía", para respaldar el cumplimiento de la siguiente obligación: [DESCRIPCION_OBLIGACION_GARANTIZADA], por la suma de S/ [MONTO_OBLIGACION]. SEGUNDA. EFECTOS. Conforme al Art. 42 de la Ley 27287, el endoso en garantía faculta al endosatario a ejercer todos los derechos inherentes a la letra y su cobranza, incluida la facultad de protestarla y demandarla, pero solo para hacer efectiva la garantía. El endosatario no es propietario del título. TERCERA. APLICACIÓN DEL COBRO. Si el endosante cumple la obligación garantizada, el endosatario devolverá la letra. Si el endosante incumple, el endosatario cobrará la letra y aplicará el producto al pago de la obligación garantizada, devolviendo cualquier excedente. CUARTA. ENDOSO POSTERIOR. El endoso que realice a su vez el endosatario solo produce efectos de endoso en procuración, conforme al Art. 42.2 de la Ley 27287. QUINTA. NO LIBERACIÓN. El presente endoso en garantía no libera al endosante de la obligación principal garantizada, que subsiste hasta su íntegra cancelación. En señal de conformidad, las partes firman en [CIUDAD], a los [FECHA_ENDOSO]. EL ENDOSANTE: ____________________ [NOMBRE_ENDOSANTE], [DNI_RUC_ENDOSANTE] EL ENDOSATARIO: ____________________ [NOMBRE_ENDOSATARIO], [DNI_RUC_ENDOSATARIO]
El endoso en garantía de una letra de cambio es el acto por el cual el tenedor de la letra la transfiere a otra persona no para que se quede con ella en propiedad, sino para que la conserve como respaldo de una obligación. Funciona como una prenda sobre el título valor: el endosatario en garantía recibe la letra para asegurar el cumplimiento de una deuda que el endosante tiene con él, y solo podrá cobrarla y aplicar su importe a esa deuda si el endosante no cumple. Es una herramienta muy práctica para garantizar préstamos o líneas de crédito usando títulos valores que el deudor tiene a su favor.
Quién lo realiza y cuándo conviene usarlo
Lo realiza el tenedor de la letra (endosante en garantía) a favor de su acreedor (endosatario en garantía). Conviene usarlo cuando necesitas obtener un crédito o respaldar una obligación y dispones de letras de cambio a tu favor que aún no han vencido. En lugar de transferir la propiedad del título, lo entregas en garantía: el acreedor queda protegido porque puede ejercer los derechos de la letra si no le pagas, pero el título vuelve a ti cuando cumples. Es habitual entre empresas que usan su cartera de letras como colateral de financiamiento.
Base legal vigente 2026
El endoso en garantía está expresamente regulado en el artículo 42 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores. Esta norma establece que el endoso con la cláusula en garantía, en prenda u otra equivalente, faculta al endosatario a ejercer todos los derechos inherentes al título y a su calidad de acreedor garantizado, incluido el cobro. El endosatario en garantía no puede endosar el título en propiedad; si lo hace, ese endoso vale como endoso en procuración. El régimen general del endoso se regula en los artículos 34 a 40 de la Ley 27287, y la letra de cambio en los artículos 119 y siguientes. La ejecución del título, en caso de incumplimiento, se realiza en proceso único de ejecución conforme a los artículos 688 y siguientes del Código Procesal Civil.
Qué datos y documentos necesitas
- La letra de cambio original que vas a endosar en garantía, debidamente emitida y, de ser el caso, aceptada.
- Tus datos completos como endosante y los del endosatario en garantía.
- La descripción de la obligación principal que se garantiza: monto, plazo y origen de la deuda.
- La cláusula expresa en garantía, en prenda o equivalente, que se inserta en el reverso del título.
- La fecha y lugar del endoso, requisitos del endoso conforme a la Ley 27287.
- Los datos del girado y del obligado principal de la letra, para conocer contra quién se cobrará.
Cómo realizarlo paso a paso
- Identifica la obligación que vas a garantizar y verifica que la letra esté vigente y sea cobrable.
- Anota en el reverso de la letra la cláusula en garantía con los datos del endosatario.
- Firma el endoso como endosante y consigna la fecha y el lugar.
- Entrega físicamente la letra al endosatario en garantía, pues la posesión es esencial.
- Documenta en un acuerdo escrito la obligación garantizada y la devolución del título al cumplir.
- Al pagar la obligación, recupera la letra; si no pagas, el endosatario podrá cobrarla y aplicar el importe.
Errores comunes a evitar
- Endosar en propiedad cuando solo quieres dar en garantía, lo que transfiere el título por completo.
- No describir la obligación garantizada, dejando ambiguo el alcance de la prenda sobre el título.
- Omitir la entrega física de la letra, que es indispensable para que el endoso en garantía sea oponible.
- Olvidar pactar por escrito la devolución del título una vez cumplida la obligación.
Preguntas frecuentes
¿El endosatario en garantía puede quedarse con la letra si no le pago?
No se queda automáticamente con la propiedad. Conforme al artículo 42 de la Ley 27287, ejerce los derechos del título como acreedor garantizado, cobra la letra y aplica el importe a la deuda, devolviéndote el excedente si lo hubiera.
¿Puede el endosatario en garantía transferir la letra a otra persona?
No en propiedad. El artículo 42 de la Ley 27287 precisa que si el endosatario en garantía endosa el título, ese endoso vale solo como endoso en procuración, sin transmitir la propiedad ni los derechos plenos.
¿Qué diferencia hay con el endoso en procuración?
El endoso en procuración del artículo 41 de la Ley 27287 solo autoriza al endosatario a cobrar la letra por cuenta del endosante, sin garantizar deuda alguna. El endoso en garantía del artículo 42 respalda una obligación propia del endosante frente al endosatario.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de endoso en garantía de letra de cambio
¿El modelo de endoso en garantía de letra de cambio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/endoso-en-garantia-de-letra-de-cambio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de endoso en garantía de letra de cambio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Letra de Cambio (Formato Llenable)
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Constancia de Protesto por Falta de Aceptación de Letra de Cambio
Constancia de protesto por falta de aceptación de letra de cambio levantada ante notario o fedatario, conforme a los Arts. 70, 72 y 147 de la Ley 27287 (LTV).
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