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Salud Mental

Oposición a la Entrega de Información de Salud Mental a Terceros

Carta al establecimiento para oponerse a que se entregue información de salud mental a familiares, empleador u otros terceros, reconociendo las excepciones legales que subsisten.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTA DE OPOSICIÓN A LA COMUNICACIÓN DE INFORMACIÓN CLÍNICA DE SALUD MENTAL A TERCEROS

LEE ESTO ANTES DE FIRMAR
Esta carta bloquea la entrega de tu información de salud mental a familiares, allegados, empleador y cualquier tercero que tú no autorices. Ese bloqueo funciona.
Lo que esta carta no puede hacer es cerrar las excepciones que la propia Ley General de Salud mantiene abiertas: el requerimiento de una autoridad judicial competente, la notificación obligatoria de ciertas enfermedades a la Autoridad de Salud, la entrega a tu aseguradora para reembolso, pago de beneficios, fiscalización o auditoría, y lo necesario para mantener la continuidad de tu atención médica. Si crees que con esta carta le cierras la puerta a tu seguro, te quedas sin reembolso de tu propio tratamiento. Por eso el punto quinto reconoce esas excepciones de forma expresa.

[CIUDAD], [FECHA_DE_LA_CARTA]

Señor(a)
[NOMBRE_DEL_DIRECTOR_DEL_ESTABLECIMIENTO]
Director(a) del [NOMBRE_DEL_ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD]
[DIRECCION_DEL_ESTABLECIMIENTO], distrito de [DISTRITO_DEL_ESTABLECIMIENTO]
Atención: Unidad de Archivo de Historias Clínicas, Jefatura del Servicio de Salud Mental y responsable de protección de datos personales

REFERENCIA: Historia clínica N.° [NUMERO_DE_HISTORIA_CLINICA]. Oposición a la entrega de información clínica de salud mental a terceros no autorizados.

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], con domicilio en [DIRECCION_DEL_TITULAR], distrito de [DISTRITO_DEL_TITULAR], titular de la información clínica antes referida, me dirijo a usted para comunicar lo siguiente.

PRIMERO. INFORMACIÓN COMPRENDIDA. Toda la información contenida en mi historia clínica relativa a mi salud mental, incluidos el diagnóstico, las notas de evolución psiquiátricas y psicológicas, las prescripciones de psicofármacos, los informes de psicoterapia y los antecedentes de internamiento u hospitalización, constituye dato personal sensible y se encuentra amparada por el carácter reservado de la información relativa al acto médico.

SEGUNDO. OPOSICIÓN NOMINATIVA. El artículo 25, literal d), de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, permite entregar información sobre el estado de salud a los familiares o allegados de la persona usuaria con el propósito de beneficiarla, siempre que esta no lo prohíba expresamente. Ejerzo esa prohibición expresa y me opongo a la entrega, exhibición, lectura, copia o comunicación verbal de la información descrita en el punto primero a las siguientes personas y entidades:
1. [NOMBRE_COMPLETO_Y_DOCUMENTO_DEL_TERCERO_1], en calidad de [VINCULO_O_CALIDAD_1].
2. [NOMBRE_COMPLETO_Y_DOCUMENTO_DEL_TERCERO_2], en calidad de [VINCULO_O_CALIDAD_2].
3. [NOMBRE_COMPLETO_Y_DOCUMENTO_DEL_TERCERO_3], en calidad de [VINCULO_O_CALIDAD_3].
4. Mi empleador, [RAZON_SOCIAL_DEL_EMPLEADOR], con RUC N.° [RUC_DEL_EMPLEADOR], y cualquier persona que actúe por su encargo.
5. [CENTRO_DE_ESTUDIOS_U_OTRA_ENTIDAD], y cualquier tercero no comprendido en el punto tercero.
La oposición alcanza la información brindada de manera presencial, telefónica, electrónica o en mesa de partes.

TERCERO. PERSONAS SÍ AUTORIZADAS. Autorizo el acceso únicamente a las siguientes personas, con el alcance que indico en cada caso:
1. [NOMBRE_COMPLETO_Y_DOCUMENTO_DE_LA_PERSONA_AUTORIZADA_1], alcance: [ALCANCE_1].
2. [NOMBRE_COMPLETO_Y_DOCUMENTO_DE_LA_PERSONA_AUTORIZADA_2], alcance: [ALCANCE_2].
Cualquier autorización anterior distinta de esta queda revocada desde la recepción de la presente carta.

CUARTO. MEDIDAS VERIFICABLES QUE SOLICITO.
1. Que la oposición se anote en la carátula de mi historia clínica y en el sistema informático del establecimiento, de modo que aparezca antes de cualquier consulta del expediente.
2. Que se comunique la restricción al personal asistencial, administrativo y de archivo que interviene en mi atención, y que se me informe la fecha de esa comunicación.
3. Que se lleve REGISTRO DE ACCESOS a mi historia clínica y que se me entregue copia de ese registro cuando lo solicite.
4. Que se me informe si en los últimos [NUMERO_DE_MESES] meses se entregó información sobre mi salud mental a algún tercero, precisando la fecha, el destinatario, el contenido entregado y la base legal invocada.
5. Que se identifique al funcionario responsable de ejecutar estas medidas.

QUINTO. EXCEPCIONES QUE RECONOZCO Y QUE ESTA CARTA NO LEVANTA. El artículo 25 de la Ley N.° 26842 exceptúa de la reserva algunos supuestos que subsisten pese a mi oposición, y los reconozco de forma expresa:
1. El requerimiento formulado por la autoridad judicial competente.
2. La comunicación de las enfermedades de declaración y notificación obligatorias a la Autoridad de Salud.
3. La entrega a la entidad aseguradora o administradora de financiamiento vinculada con la atención, con la finalidad de reembolso, pago de beneficios, fiscalización o auditoría. Esta entrega procede solo para esas finalidades, y me opongo a cualquier uso distinto, en particular a su empleo para negarme cobertura futura o para fines comerciales.
4. La información necesaria para mantener la continuidad de mi atención médica, incluida la atención de una emergencia.
Fuera de estos supuestos, no existe base legal para entregar mi información a los terceros del punto segundo.

SEXTO. FUNDAMENTO.
1. El artículo 25 de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, establece que toda información relativa al acto médico tiene carácter reservado, y que quien la divulga fuera de los supuestos exceptuados incurre en responsabilidad civil o penal, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
2. El artículo 15 de la misma ley reconoce el derecho de la persona usuaria a exigir la reserva de la información relacionada con el acto médico y con su historia clínica.
3. El artículo 3 de la Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental, consagra la confidencialidad como principio de la atención en salud mental.
4. La Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento vigente califican los datos de salud como datos sensibles, sujetan su tratamiento a los principios de finalidad y proporcionalidad, exigen medidas de seguridad reforzadas y reconocen los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación del titular.
5. La Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, aprobada por el Ministerio de Salud, y sus modificatorias, regulan la custodia y el acceso a la historia clínica.

SÉPTIMO. PLAZO. Agradeceré responder por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción, al correo [CORREO_ELECTRONICO_DEL_TITULAR] o al domicilio indicado. Vencido ese plazo sin respuesta, acudiré a la Superintendencia Nacional de Salud y a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.

Atentamente,

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
Teléfono: [TELEFONO_DE_CONTACTO]

BASE LEGAL
1. Constitución Política del Perú, artículo 2, numerales 5, 6 y 7.
2. Ley N.° 26842, Ley General de Salud, artículos 15, 25 y 29.
3. Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental, artículos 3 y 9.
4. Ley N.° 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, y su reglamento vigente.
5. Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento vigente.
6. Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, aprobada por el Ministerio de Salud, y sus modificatorias.
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Para qué sirve

Tu tía llama al establecimiento, dice que es familiar directa y le cuentan en qué anda tu tratamiento. O peor, alguien de la empresa pregunta y recibe respuesta. Esta carta corta ese acceso. Identifica a quiénes no se les puede entregar información de tu salud mental, familiares, allegados, empleador y cualquier tercero que tú no autorices, y pide que la oposición quede anotada en tu historia clínica y comunicada a la unidad de archivo, a la jefatura del servicio y al responsable de protección de datos. Ese bloqueo funciona. Lo que la carta no puede hacer es cerrar las excepciones que la propia Ley General de Salud mantiene abiertas, y por eso el modelo las reconoce de manera expresa: el requerimiento de una autoridad judicial competente, la notificación obligatoria de ciertas enfermedades a la Autoridad de Salud, la entrega a tu aseguradora para reembolso, pago de beneficios, fiscalización o auditoría, y lo necesario para mantener la continuidad de tu atención médica. Si borras esa parte creyendo que ganas privacidad, puedes quedarte sin el reembolso de tu propio tratamiento.

Cuándo conviene usarlo

  • Un familiar pide información sobre tu atención y prefieres que no se la den.
  • Tu empleador o el área de recursos humanos intenta acceder a tu historia clínica.
  • Estás en un proceso de separación o de tenencia y temes que tu historia se use en tu contra.
  • Cambias de establecimiento y quieres fijar desde el inicio quién puede acceder.

Cómo llenarlo

  1. Nombra a las personas excluidas con nombre y documento cuando sea posible. Una oposición genérica es más fácil de esquivar en ventanilla.
  2. Indica también a quién sí autorizas, si hay alguien. Ese detalle evita que el establecimiento termine bloqueando a tu apoyo designado.
  3. Conserva el párrafo de excepciones. Es el que hace creíble el resto de la carta y el que protege tu reembolso.
  4. Pide constancia escrita de que la oposición quedó registrada en la historia clínica y en el sistema del establecimiento.
  5. Entrega copia a la unidad de archivo, a la jefatura del servicio y al responsable de protección de datos, con cargo en cada una.

Base legal

La Ley N.° 26842, Ley General de Salud, protege la reserva de la información de salud y define las excepciones que la carta reconoce. La Ley N.° 29733, de Protección de Datos Personales, trata los datos de salud como información sensible y ampara el derecho de oposición. La Ley N.° 30947 y la Ley N.° 29414 refuerzan la confidencialidad en la atención de salud mental y los derechos de la persona usuaria. La Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, aprobada por el Ministerio de Salud, regula la custodia y el acceso al documento.

¿Mi familia puede pedir mi historia clínica?

Sin tu autorización, no. La titularidad de la información es tuya y el establecimiento responde por su custodia. Con esta carta anotada en el archivo, la respuesta en ventanilla deja de depender del criterio de quien atienda ese día.

¿Y si igual entregan la información?

Registra el hecho en el Libro de Reclamaciones en Salud, pide por escrito el detalle de quién accedió y lleva el caso a la Superintendencia Nacional de Salud. La entrega indebida de datos sensibles además se puede reclamar ante la autoridad de protección de datos personales.

¿Puedo oponerme también frente a mi seguro?

Ahí está el límite. La entrega a la aseguradora para reembolso, pago de beneficios, fiscalización o auditoría es una de las excepciones que la ley mantiene. Bloquearla equivale a renunciar a que te cubran la atención.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de oposición a la entrega de información de salud mental a terceros

¿El modelo de oposición a la entrega de información de salud mental a terceros es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/oposicion-a-la-entrega-de-informacion-de-salud-mental-a-terceros/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de oposición a la entrega de información de salud mental a terceros sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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