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Extranjero

Poder Especial para Tramitar Divorcio en Perú desde el Extranjero

Poder por escritura pública para que un apoderado trámite el divorcio del otorgante residente en el exterior. Facultades expresas conforme a los Arts. 155 y 156 del Código Civil y a la Ley 29227 (divorcio rápido).

Actualizado al 11 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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PODER ESPECIAL PARA TRAMITAR DIVORCIO EN EL PERÚ
(Otorgado desde el extranjero)

SEÑOR NOTARIO O CÓNSUL DEL PERÚ:

Sírvase extender un PODER ESPECIAL que otorga:

EL PODERDANTE: [NOMBRE_PODERDANTE], de nacionalidad peruana, identificado con DNI N° [DNI_PODERDANTE] y/o pasaporte N° [PASAPORTE_PODERDANTE], estado civil casado(a), con domicilio en [DIRECCION_EXTRANJERO], ciudad de [CIUDAD_EXTRANJERO], país de [PAIS_RESIDENCIA].

A favor de:

EL APODERADO: [NOMBRE_APODERADO], identificado con DNI N° [DNI_APODERADO], con domicilio en [DIRECCION_APODERADO], distrito de [DISTRITO], Perú.

En los términos siguientes:

PRIMERA: El poderdante OTORGA PODER ESPECIAL al apoderado para que, en su nombre y representación, trámite y obtenga el divorcio respecto del matrimonio celebrado con [NOMBRE_CONYUGE], identificado con [DOC_CONYUGE] N° [NUM_DOC_CONYUGE], inscrito en la partida de matrimonio N° [PARTIDA_MATRIMONIO] de la Municipalidad o RENIEC de [LUGAR_MATRIMONIO].

SEGUNDA: FACULTADES EXPRESAS. El apoderado queda facultado para:
a) Iniciar y seguir el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior al amparo de la Ley 29227 y su Reglamento D.S. 009-2008-JUS, ante notario, municipalidad o el Poder Judicial.
b) Suscribir la solicitud, el convenio regulador y la propuesta sobre régimen de bienes, tenencia, alimentos y régimen de visitas.
c) Presentar, firmar y retirar escritos y documentos públicos y privados.
d) Asistir a las audiencias y ratificar la voluntad de divorciarse.
e) Recoger la resolución, acta o escritura de divorcio y solicitar su inscripción en RENIEC y SUNARP.

TERCERA: Estas facultades se otorgan de manera expresa, conforme al Art. 155 del Código Civil, que exige que el poder se confiera por escritura pública y con expresa indicación de los actos para los que se otorga cuando se trate de actos de disposición, en concordancia con el Art. 156 del mismo Código.

CUARTA: El presente poder tiene vigencia de [VIGENCIA] y solo podrá ser usado para el fin indicado. Si es otorgado ante notario extranjero, contará con la Apostilla de La Haya y traducción oficial. Si es otorgado ante el Consulado del Perú, se rige por el Reglamento Consular D.S. 076-2005-RE.

Agregue usted, señor notario o cónsul, lo que fuere de ley.

[CIUDAD_EXTRANJERO], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_PODERDANTE]
DNI N° [DNI_PODERDANTE]

El poder especial para tramitar divorcio en Perú desde el extranjero es el documento con el que una persona que vive fuera del país nombra a un abogado o apoderado para que la represente en su proceso de divorcio en el Perú. Sirve para que, sin necesidad de viajar, tu apoderado pueda iniciar la demanda, firmar escritos, asistir a audiencias y, en el caso del divorcio por mutuo acuerdo en notaría o municipalidad, presentar la solicitud en tu nombre.

Quién lo otorga y cuándo conviene usarlo

Lo otorga el cónyuge que reside en el exterior y quiere divorciarse en el Perú, sea de mutuo acuerdo o por causal. Conviene usarlo cuando no puedes o no quieres viajar para cada diligencia: el apoderado lleva el proceso por ti. Recuerda que para actos como interponer o contestar una demanda, conciliar, allanarse o desistirse se necesita un poder especial con facultades expresas; un poder general no alcanza.

Base legal

La representación procesal y las facultades especiales se rigen por el artículo 75 del Código Procesal Civil, que exige que actos como demandar, conciliar o desistirse consten en poder especial. El otorgamiento de poder se ampara en los artículos 145, 155 y 156 del Código Civil, que exigen poder por escritura pública y de manera expresa para actos de disposición. El divorcio por causal se rige por los artículos 333 y 349 del Código Civil; el divorcio rápido por mutuo acuerdo, en municipalidad o notaría, por la Ley 29227 y su Reglamento, el Decreto Supremo 009-2008-JUS.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombres, nacionalidad y documento del cónyuge que otorga el poder.
  • Nombres y documento del abogado o apoderado en el Perú.
  • Tipo de divorcio que buscas: mutuo acuerdo o por causal.
  • Lista de facultades que delegas: demandar, conciliar, firmar acuerdos, desistirse, cobrar.
  • Datos del matrimonio: partida y, si hay, convenio sobre hijos y bienes.
  • Domicilio del otorgante en el extranjero y del apoderado en el Perú.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Completa el poder detallando las facultades especiales que delegas a tu apoderado.
  2. Otórgalo por escritura pública ante el Consulado del Perú o ante notario del país donde resides.
  3. Si lo firmas ante notario extranjero, gestiona la Apostilla de La Haya y, de estar en otro idioma, traducción oficial.
  4. Envía el poder al Perú e inscríbelo en el Registro de Mandatos y Poderes de la SUNARP cuando el juzgado o la notaría lo exijan.
  5. Tu apoderado presenta el poder junto con la demanda o la solicitud de divorcio.
  6. El proceso avanza con tu apoderado; tú firmas solo lo que la ley reserva al titular.

Errores comunes a evitar

  • Otorgar un poder general cuando el divorcio exige facultades especiales expresas.
  • No apostillar el poder firmado ante notario extranjero.
  • Olvidar facultar a tu apoderado para conciliar o desistirse, lo que traba el proceso.
  • No precisar si el divorcio es por mutuo acuerdo o por causal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo divorciarme en el Perú sin viajar?

Sí. Con este poder especial tu apoderado actúa por ti en todo el proceso, salvo los actos personalísimos que la ley reserve al cónyuge. Las facultades de demandar y conciliar deben constar de modo expreso (artículo 75 del Código Procesal Civil).

¿Sirve para el divorcio rápido en notaría o municipalidad?

Sí, para el divorcio por mutuo acuerdo de la Ley 29227 puedes ser representado, siempre que el poder incluya la facultad de suscribir la solicitud y el acta. Igual ambos cónyuges deben estar de acuerdo.

¿Por qué necesito escritura pública?

Porque el otorgamiento de poder para actos de disposición y para representación procesal debe constar por escritura pública, conforme a los artículos 156 del Código Civil y 75 del Código Procesal Civil.

¿Tengo que inscribir el poder en SUNARP?

En muchos casos sí. Varios juzgados y notarías exigen la inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes para acreditar la vigencia del poder antes de actuar.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder especial para tramitar divorcio en perú desde el extranjero

¿El modelo de poder especial para tramitar divorcio en perú desde el extranjero es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-especial-para-tramitar-divorcio-en-peru-desde-el-extranjero/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de poder especial para tramitar divorcio en perú desde el extranjero sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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