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Poderes

Poder General y Especial

Poder por escritura pública con facultades generales (Art. 74 CPC) y especiales (Art. 75 CPC) para representación procesal.

Actualizado al 28 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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PODER POR ESCRITURA PÚBLICA

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SEÑOR NOTARIO:
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Sirvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una en la que conste el PODER GENERAL Y ESPECIAL que otorga:

EL OTORGANTE:
  Nombre completo     : [NOMBRE_OTORGANTE]
  DNI                 : [DNI_OTORGANTE]
  Estado civil        : [ESTADO_CIVIL]
  Ocupación           : [OCUPACIÓN_OTORGANTE]
  Domicilio           : [DOMICILIO_OTORGANTE]
  Distrito            : [DISTRITO], Lima

A FAVOR DE (EL APODERADO):
  Nombre completo     : [NOMBRE_APODERADO]
  DNI                 : [DNI_APODERADO]
  Domicilio           : [DOMICILIO_APODERADO]

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PRIMERO.- FACULTADES GENERALES (Art. 74 CPC)
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a) Interponer demandas y contestarlas ante cualquier jurisdicción.
b) Reconvenir, intervenir como tercero, formular denuncias civiles.
c) Ofrecer medios probatorios, solicitar medidas cautelares.
d) Formular recursos impugnatorios: apelación, casación, queja.
e) Intervenir en audiencias de conciliación, pruebas y sentencia.
f) solicitar la ejecución de resoluciones judiciales.

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SEGUNDO.- FACULTADES ESPECIALES (Art. 75 CPC)
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a) Demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones.
b) Desistirse del proceso y/o de la pretensión.
c) Allanarse y/o reconocer la demanda.
d) Conciliar judicial y extrajudicialmente.
e) Transigir.
f) Someter a arbitraje las pretensiones controvertidas.
g) Sustituir o delegar la representación procesal.
h) Disponer del derecho materia del litigio.
i) Cobrar y percibir sumas de dinero a favor del otorgante.
j) Prestar declaración de parte.
k) solicitar medidas cautelares dentro o fuera de proceso.

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TERCERO.- FACULTADES ADMINISTRATIVAS
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a) Representar al otorgante ante: SUNAT, SUNARP, Municipalidades, INDECOPI, Ministerio de Trabajo, SBS, entre otras.
b) Firmar solicitudes, recursos y escritos administrativos.
c) Interponer recursos de reconsideración, apelación y revisión.
d) Recoger documentos, certificados y resoluciones.

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CUARTO.- VIGENCIA
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Vigencia de [PLAZO_VIGENCIA] desde la fecha de otorgamiento, salvo revocación expresa mediante escritura pública.

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QUINTO.- CLÁUSULA DE IRREVOCABILIDAD (OPCIONAL)
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[El presente poder será IRREVOCABLE conforme al Art. 153 del Código Civil, por un plazo de [PLAZO_IRREVOCABILIDAD].]

Insertese Ud. Señor Notario, las cláusulas de ley y pase los partes al Registro de Mandatos y Poderes de Lima.

Lima, [DÍA] de [MES] de [AÑO].


_________________________
   EL OTORGANTE
   [NOMBRE_OTORGANTE]
   DNI: [DNI_OTORGANTE]


Base legal: Art. 145, 153, 155 Código Civil; Art. 74 y 75 CPC.

Sobre este modelo de poder general y especial

Este modelo pertenece al área de Poderes. Modelos de poder por escritura pública, poder fuera de registro, poder consular y revocatorias para representación legal en Perú (Art. 145 y ss. CC, D.Leg. 1049).

Descárgalo gratis en formato Word (.docx), personalízalo con tus datos y úsalo como base para tu caso. Todos los modelos de Modelo.pe son gratuitos, sin registro ni límite de descargas.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder general y especial

¿Qué diferencia hay entre poder por escritura pública y poder fuera de registro?

El poder por escritura pública se otorga ante notario, se inscribe en SUNARP y faculta para actos de disposición de bienes (vender inmueble, constituir hipoteca, gravámenes). El poder fuera de registro se otorga por escritura pública o documento privado con firma legalizada y solo sirve para actos de administración (cobrar, representar, gestionar trámites). Para vender un inmueble necesitas el primero.

¿Cómo revoco un poder otorgado en Perú?

La revocatoria se hace ante el mismo notario que otorgó el poder (o cualquier otro) por escritura pública, e inmediatamente se notifica al apoderado por carta notarial para que cesen sus facultades (Art. 151 CC). Si el poder estaba inscrito en SUNARP, también debes inscribir la revocatoria; mientras no esté inscrita, los actos del apoderado frente a terceros de buena fe siguen siendo válidos.

¿El modelo de poder general y especial es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-general-y-especial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de poder general y especial sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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