Poder Notarial para Endoso y Transferencia de Tarjeta de Propiedad Vehicular
Poder especial con facultad de disposición para endosar y transferir la tarjeta de propiedad de un vehículo, conforme al Art. 156 del Código Civil, el D.Leg. 1049 y el Reglamento de SUNARP.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE PODER ESPECIAL CON FACULTAD DE DISPOSICIÓN VEHICULAR SEÑOR NOTARIO: Sírvase extender en su registro de escrituras públicas una de PODER ESPECIAL que otorgo yo, [NOMBRE_PODERDANTE], identificado con DNI N° [DNI_PODERDANTE], con domicilio en [DOMICILIO_PODERDANTE], a favor de [NOMBRE_APODERADO], identificado con DNI N° [DNI_APODERADO], en los términos siguientes: PRIMERA: EL PODERDANTE declara ser propietario del vehículo de placa N° [PLACA_VEHICULO], marca [MARCA], modelo [MODELO], año [ANIO], inscrito en la Partida N° [PARTIDA_VEHICULAR] del Registro de Propiedad Vehicular de SUNARP. SEGUNDA: De conformidad con el artículo 156 del Código Civil, que exige poder por escritura pública con facultad expresa para disponer de la propiedad, EL PODERDANTE confiere a EL APODERADO poder especial para: a) Vender y transferir el vehículo descrito a favor de la persona y por el precio que el APODERADO determine, o por el precio mínimo de S/ [PRECIO_MINIMO]. b) Suscribir el acta de transferencia, el contrato de compraventa y el formulario de endoso de la tarjeta de propiedad. c) Recibir el precio de la transferencia y otorgar el recibo correspondiente. d) Realizar la inscripción de la transferencia ante el Registro de Propiedad Vehicular de SUNARP, suscribiendo los formularios registrales necesarios. TERCERA: El presente poder comprende facultad expresa de disposición conforme al artículo 156 del Código Civil, limitada al vehículo individualizado en la cláusula primera. CUARTA: El presente poder es revocable conforme al artículo 149 del Código Civil. Curse los partes al Registro de Mandatos y Poderes de SUNARP. Agregue usted, señor Notario, la introducción y conclusión de ley. [CIUDAD], [FECHA]. ____________________________ EL PODERDANTE [NOMBRE_PODERDANTE] DNI N° [DNI_PODERDANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa este poder especial cuando el propietario de un vehículo no puede acudir personalmente a la notaría a firmar la transferencia y necesita que un tercero venda, endose la tarjeta de propiedad e inscriba el traspaso ante la SUNARP en su nombre. La venta de un vehículo es un acto de disposición, y el Art. 156 del Código Civil exige que la facultad para disponer se otorgue por escritura pública y conste de forma indubitable: un poder genérico no habilita a vender.
Es el documento típico cuando el dueño vive en el extranjero, en otra región del país, está delicado de salud o simplemente quiere delegar el trámite de transferencia vehicular en un familiar o gestor de confianza.
Qué datos necesitas
- Nombres completos, DNI y domicilio del poderdante (propietario) y del apoderado.
- Datos del vehículo: número de placa, marca, modelo, año de fabricación, número de motor, número de serie (VIN) y color.
- Partida registral del vehículo en el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP.
- Facultades expresas: vender, fijar el precio, endosar la tarjeta de identificación vehicular, suscribir la minuta y escritura, cobrar el precio y firmar el formulario de transferencia.
- Plazo de vigencia del poder, si se desea limitarlo.
Paso a paso
- Redacta la minuta de poder especial detallando la facultad de disposición conforme al Art. 156 del Código Civil.
- Acude a la notaría con tu DNI vigente para que el notario eleve la minuta a escritura pública, según el Decreto Legislativo 1049, Ley del Notariado.
- El notario inscribe el poder en el Registro de Mandatos y Poderes de la SUNARP para que sea oponible a terceros.
- Con el parte inscrito, el apoderado celebra la transferencia y firma el acta de transferencia vehicular ante notario.
- Se inscribe el nuevo propietario en el Registro de Propiedad Vehicular y se realiza el cambio de tarjeta.
Errores comunes
- Otorgar un poder general creyendo que alcanza para vender: el Art. 156 exige facultad expresa de disposición.
- Omitir el número de motor o de serie, lo que impide identificar el bien y traba la inscripción registral.
- No revisar cargas, embargos o papeletas pendientes: se transfieren junto con el vehículo.
- Dejar el poder sin plazo ni causal de extinción cuando el interés era una operación puntual.
Preguntas frecuentes
¿Sirve un poder simple por carta? No. La transferencia vehicular es acto de disposición y requiere escritura pública inscrita, conforme al Art. 156 del Código Civil y el D.Leg. 1049.
¿Cuánto cuesta? Depende del arancel notarial y registral; la inscripción del poder en la SUNARP se calcula sobre la UIT vigente de S/ 5,500 para 2026.
¿Puedo revocar el poder? Sí, salvo que sea irrevocable. La revocación debe comunicarse al apoderado e inscribirse en la SUNARP para surtir efecto frente a terceros.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder notarial para endoso y transferencia de tarjeta de propiedad vehicular
¿El modelo de poder notarial para endoso y transferencia de tarjeta de propiedad vehicular es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-notarial-para-endoso-y-transferencia-de-tarjeta-de-propiedad-vehicular/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de poder notarial para endoso y transferencia de tarjeta de propiedad vehicular sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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