Reclamo por Viáticos Fijos y Permanentes que Constituyen Remuneración Encubierta
Carta de reclamo y requerimiento de reintegro dirigida al empleador cuando los viáticos se pagan de forma fija, permanente y de libre disposición, por lo que constituyen remuneración computable conforme al Art. 6 del D.S. 003-97-TR y a los Arts. 19 y 20 del D.S. 001-97-TR, con incidencia en CTS, gratificaciones y vacaciones.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CARTA DE RECLAMO Y REQUERIMIENTO DE REINTEGRO POR VIÁTICOS FIJOS QUE CONSTITUYEN REMUNERACIÓN [CIUDAD], [FECHA] Señores [NOMBRE_EMPRESA] RUC N.° [RUC_EMPRESA] Atención: Área de Recursos Humanos / Gerencia General Presente.- De mi consideración: Yo, [NOMBRE_TRABAJADOR], identificado con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DOMICILIO], trabajador de su representada en el cargo de [CARGO] desde el [FECHA_INGRESO], me dirijo a usted para formular reclamo y requerir el reintegro de beneficios sociales, conforme a los fundamentos siguientes: I. HECHOS 1.1. Percibo una remuneración mensual de S/ [MONTO_REMUNERACION] y, de manera adicional, la empresa me abona la suma fija de S/ [MONTO_VIATICOS] mensuales bajo la denominación de viáticos. 1.2. Dicho monto se entrega de forma fija, permanente y regular, todos los meses, con independencia de que realice o no comisiones de servicio, sin obligación de sustentar gastos con comprobantes y sin devolución de saldos. 1.3. En los hechos, se trata de un importe de mi libre disposición que integra mi ingreso ordinario y del cual dependo para mi manutención, y no de un reembolso de gastos efectivamente incurridos por encargo del empleador. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO 2.1. El artículo 6 del D.S. 003-97-TR (LPCL) define como remuneración todo lo que el trabajador recibe por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea su denominación, siempre que sea de su libre disposición. 2.2. Los artículos 19 y 20 del D.S. 001-97-TR (TUO de la Ley de CTS) enumeran los conceptos no remunerativos y precisan que los viáticos solo tienen tal carácter cuando son razonables, están condicionados a la comisión de servicios y no son de libre disposición del trabajador. 2.3. Un pago fijo, permanente y de libre disposición, aunque se rotule viáticos, constituye remuneración computable, por primar la realidad de los hechos sobre la denominación asignada (principio de primacía de la realidad). 2.4. En tal condición, dicho monto debe integrar la base de cálculo de la compensación por tiempo de servicios (D.S. 001-97-TR), de las gratificaciones legales (Ley 27735) y de la remuneración vacacional (D.Leg. 713). III. PETITORIO Solicito que su representada: a) reconozca el carácter remunerativo del monto abonado como viáticos fijos; b) recalcule e integre dicho concepto a la base de cálculo de mis beneficios sociales; y c) me abone el reintegro de CTS, gratificaciones, vacaciones y demás beneficios dejados de percibir desde [FECHA_INICIO_RECLAMO], más los intereses legales. Otorgo a su representada el plazo de [NUMERO_DIAS] días para dar respuesta a este requerimiento. De no atenderse, me reservo el derecho de acudir a la Autoridad Administrativa de Trabajo (SUNAFIL) y al Poder Judicial en la vía del proceso laboral. Atentamente, _____________________________ [NOMBRE_TRABAJADOR] DNI N.° [NUMERO_DNI] Cargo de recepción: Recibido por: ____________________ Fecha y hora: ____________________
Cuándo usar este modelo
Usa esta carta cuando tu empleador te paga todos los meses una suma fija bajo el nombre de viáticos, sin pedirte comprobantes de gasto ni exigirte devolver saldos, de modo que en la práctica es un ingreso más de tu bolsillo. El artículo 6 del D.S. 003-97-TR define como remuneración todo lo que percibes por tus servicios y que es de tu libre disposición, mientras que los artículos 19 y 20 del D.S. 001-97-TR precisan que los viáticos solo son concepto no remunerativo cuando son razonables y están condicionados a una comisión de servicios. Si el pago es fijo y permanente, prima la realidad y ese monto debe integrar tu CTS, gratificaciones y vacaciones.
Qué datos necesitas
- Tus datos, cargo y fecha de ingreso a la empresa.
- Tu remuneración mensual y el monto fijo pagado como viáticos.
- La periodicidad del pago y la ausencia de rendición de gastos.
- La fecha desde la cual reclamas el reintegro de beneficios.
- Las boletas de pago que evidencian el pago regular del concepto.
Paso a paso
- Reúne tus boletas y verifica que el monto de viáticos se repite mes a mes sin sustento de gastos.
- Calcula de forma preliminar la incidencia del concepto en tu CTS, gratificaciones y vacaciones.
- Completa la carta con tus datos, los hechos y la base legal de los artículos 6 LPCL, 19 y 20 del D.S. 001-97-TR.
- Presenta la carta por mesa de partes o notarialmente y conserva el cargo de recepción con fecha.
- Si no responden en el plazo, evalúa acudir a SUNAFIL o al Poder Judicial en la vía laboral.
Errores comunes
- Aceptar la denominación de viáticos sin analizar si realmente reembolsan un gasto.
- No conservar las boletas que prueban el pago fijo y permanente.
- Reclamar solo el mes en curso y no el reintegro desde que empezó el pago.
- Presentar la carta sin cargo de recepción, perdiendo la prueba del requerimiento.
Preguntas frecuentes
¿Todo viático es remuneración? No. El viático que reembolsa gastos reales de una comisión de servicios y exige rendición no es remuneración; solo lo es cuando se paga fijo y de libre disposición.
¿Puedo reclamar años anteriores? Sí, dentro de los plazos de prescripción de los beneficios sociales; por eso conviene indicar la fecha de inicio del reclamo.
¿Necesito abogado para la carta? No es obligatorio para el requerimiento previo, pero conviene asesoría si el caso pasa a SUNAFIL o al Poder Judicial.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de reclamo por viáticos fijos y permanentes que constituyen remuneración encubierta
¿El modelo de reclamo por viáticos fijos y permanentes que constituyen remuneración encubierta es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reclamo-por-viaticos-fijos-y-permanentes-que-constituyen-remuneracion-encubierta/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de reclamo por viáticos fijos y permanentes que constituyen remuneración encubierta sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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